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Moncloa, a los Franco: no tienen "derecho absoluto" a decir dónde se queda el dictador
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LA FAMILIA SÍ PODRÁ PRESENCIAR LA EXHUMACIÓN

Moncloa, a los Franco: no tienen "derecho absoluto" a decir dónde se queda el dictador

El Gobierno argumenta en su acuerdo de exhumación por qué puede disponer de los restos del general, vetar el lugar de reinhumación y acceder a la basílica aún sin el constentimiento del prior

Foto: Flores en la tumba de Francisco Franco en el Valle de los Caídos, en el 43 aniversario de su muerte, el pasado 20 de noviembre. (Reuters)
Flores en la tumba de Francisco Franco en el Valle de los Caídos, en el 43 aniversario de su muerte, el pasado 20 de noviembre. (Reuters)

56 páginas para intentar rebatir las tesis de la familia de Francisco Franco y de la comunidad benedictina que custodia el Valle de los Caídos. Y también para convencer al Tribunal Supremo, cuando le toque pronunciarse. El Gobierno busca salvar su medida más simbólica, la exhumación del dictador, aunque no tiene garantizado que pueda ejecutarla antes de las elecciones generales del 28 de abril. El pasado viernes, el Consejo de Ministros aprobó el acuerdo motivado por el que ordena la salida del general de Cuelgamuros y da 15 días hábiles a los nietos para que determinen un lugar alternativo de inhumación, siempre que no sea la cripta de la catedral de la Almudena. Y ese texto, de esas 56 páginas, persigue rebatir los argumentos contrarios. Así, el Ejecutivo recalca que los Franco no gozan de un "derecho absoluto" ni para exigir la permanencia de su abuelo en la basílica del Valle de los Caídos ni para decidir dónde deben ir ahora sus restos, les garantiza que podrán estar presentes en el momento del desenterramiento y avisa a la Iglesia de que entrará en el templo con o sin su autorización, porque la "inviolabilidad" de un lugar sagrado no es sinónimo de "inmunidad" ante la ley.

El acuerdo del Consejo de Ministros, que fue explicado sucintamente por la ministra de Justicia, Dolores Delgado, fue notificado a las partes esta misma semana, así que los plazos empiezan a correr. La resolución hace primero un repaso detallado de todas las alegaciones, recursos y recusaciones presentadas por los siete nietos del dictador, la Fundación Nacional Francisco Franco, la Asociación para la Defensa del Valle de los Caídos y Santiago Cantera, el prior administrador de la abadía benedictina de la Santa Cruz del Valle de los Caídos.

Tras ese resumen, que ilustra el "complicado" procedimiento al que ha tenido que hacer frente el Ejecutivo desde que aprobó el real decreto ley que permitió la exhumación de Franco, hace acopio de los fundamentos jurídicos que servirían de base para desestimar todas las alegaciones presentadas por las partes y de sustento ante el anunciado recurso judicial ante el Tribunal Supremo. El Ejecutivo insiste en que todo el expediente, instruido por la subsecretaria del Ministerio de Justicia, Cristina Latorre (recusada hasta en 12 ocasiones), se ha conducido en todo momento con las máximas "garantías". En definitiva, que ha ido lento pero seguro.

"No asiste a los familiares de Francisco Franco Bahamonde un derecho a exigir que su pariente permanezca en el lugar de enterramiento que le fue originariamente asignado al ser tal lugar de enterramiento un espacio de titularidad pública y corresponder, por consiguiente, a los propios poderes públicos decidir libremente el uso que haya de dársele", señala el documento.

El Ejecutivo aduce que "no asiste" a la familia "un derecho a exigir que su pariente permanezca" en Cuelgamuros, que además es de titularidad pública


Es decir, que los nietos del dictador, alega el Ejecutivo, no tienen esa facultad de reclamar que siga descansando en el Valle de los Caídos. Para empezar porque el sepulcro "se encuentra ubicado en un conjunto monumental cuya administración corresponde al Consejo de Administración de Patrimonio Nacional". La abadía benedictina ejerce esa labor de administración solo "por delegación", en su condición de "beneficiaria de la Fundación de la Santa Cruz", entidad creada durante la dictadura, en 1957. Al ser un recinto de titularidad pública, "no hay, por tanto, impedimento jurídico alguno para que el Consejo de Ministros" decida sobre la exhumación y el traslado de los restos mortales de Franco. El Gobierno se apoya, por cierto, en la reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que avaló la decisión del Ayuntamiento de Pamplona de sacar el cuerpo del general José Sanjurjo de la cripta del Monumento a los Caídos de la capital foral.

Foto: Vista del Valle de los Caídos, el pasado 20 de noviembre. (Reuters)

No pertenecía a la abadía

Así, "lo obligado es" recabar el parecer de la familia no para exhumar los restos, pero sí para que decidan sobre su destino futuro. El Ejecutivo también cita jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos —al que los familiares podrían intentar recurrir en última instancia—, aparte de la Constitución y el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, para incidir en que la ausencia de consentimiento de los parientes no es un "impedimento absoluto" para que las autoridades dispongan de los restos ni produce "ilegalidad de la decisión". Además, Franco "no era miembro de la abadía" benedictina, por lo que esta "no puede arrogarse los derechos del fallecido, ajeno a dicha abadía". La exhumación, siempre según los argumentos esgrimidos por el Gobierno, tampoco es "contraria a la libertad religiosa", ya que la salida de un cadáver de una tumba está permitida por la Iglesia y "no es en sí misma un acto de culto".

La "facultad" para elegir lugar de inhumación no quiere decir que el Estado no haya de velar por la protección de la seguridad, asevera el acuerdo

Por tanto, la familia, a juicio del Ejecutivo, no puede "exigir" que Franco se quede en Cuelgamuros... pero tampoco goza del "derecho absoluto" para decidir dónde es enterrado de nuevo. La instructora del expediente demandó en diciembre un informe al delegado del Gobierno en Madrid, que concluyó que inhumar al dictador en la cripta de la catedral de la Almudena, en pleno centro de la capital, donde la familia compró una sepultura a perpetuidad, "plantearía serios riesgos de perturbación grave de la seguridad ciudadana y del orden público, bienes jurídicos ambos de rango constitucional" y que debe proteger el Estado.

El Gobierno decidirá sobre el entierro de Franco si la familia no dice dónde

Los Franco Martínez-Bordiú señalaron que ese riesgo subrayado por el delegado en Madrid era exagerado, pero esas apreciaciones, sustentadas por "diversos analistas expertos en seguridad que no se identifican", son débiles para el Gobierno. Ellos indicaban también que el real decreto ley de agosto apuntaba que la familia tenía que consignar el lugar de reinhumación, y lo hicieron: la Almudena, donde yacen la hija del dictador, Carmen Franco, y su esposo, Cristóbal Martínez-Bordiú. El Gobierno razona que esa "facultad" que se otorgó a los Franco no puede entenderse como un "derecho incondicionado a que el Consejo de Ministros traslade los restos mortales a cualquier lugar que plantee la familia", sin tener en cuenta las consecuencias de su decisión o sin ponderar los riesgos de seguridad.

Foto: Asistentes a la misa franquista oficiada en el Valle de los Caídos el pasado 20 de noviembre. (EFE)

Contravendría la Ley de Memoria

Además, la cripta de la Almudena, sigue el acuerdo, no es un lugar aislado ni privado de culto, sino que es accesible al público. Así, se puede "convertir una tumba particular en un símbolo de la sublevación militar, la Guerra Civil y la represión de la dictadura", que no casa con los principios formulados en la Ley de Memoria Histórica. Es decir, que hay que "evitar" que un lugar de culto acabe siendo un espacio de "exaltación" del franquismo. "El Derecho positivo —aduce el Ejecutivo— no reconoce ningún derecho fundamental a elegir el lugar de enterramiento concreto de un pariente". No hay ningún derecho "absoluto", ilimitado.

El Ejecutivo avisa de que los lugares de culto también están sujetos a la autoridad civil, y por tanto podría entrar aún sin permiso del prior

La resolución cita una sentencia del TEDH de 2018 invocada por los nietos, en la que se dio la razón a una familia porque Polonia había exhumado un cadáver contra su voluntad. El Gobierno recuerda que el tribunal concluyó que la salida de los restos no estaba justificada no porque contraviniese los deseos de los parientes, sino porque no había "garantías" para evitar la arbitrariedad. Y en el caso de Franco, esgrime, no se da esa circunstancia, ya que los descendientes han podido presentar sus alegaciones durante la tramitación del expediente y podrán acudir a la Justicia para impugnar la resolución ejecutiva. Además, se les permite a los nietos señalar otro lugar de inhumación, "siempre que no plantee problemas de seguridad ciudadana y orden público" y respete el espíritu de la Ley de Memoria.

Otra complicación añadida para el Ejecutivo es que el prior administrador, Santiago Cantera —del que en la Moncloa recordaban que había sido candidato en las generales de 1993 y en las europeas de 1994 por el partido Falange Española Independiente— se negó a autorizar el acceso al templo. La resolución se remite primero a lo que dice el canon 1213 del Código de Derecho Canónico (CIC) de 25 de enero de 1983, que dice que "la autoridad eclesiástica ejerce libremente sus poderes y funciones en los lugares sagrados", pero no contiene una aseveración similar a la que figuraba en el canon 1160 CIC de 1917, ya derogado, que decía que los lugares sagrados estaban exentos de jurisdicción civil. También el Gobierno se agarra a que los Acuerdos con la Santa Sede de 1979 simplemente dicen que "los lugares de culto tienen garantizada su inviolabilidad con arreglo a las leyes".

placeholder Vista de la fachada de la catedral de la Almudena de Madrid, el pasado 14 de noviembre. (Reuters)
Vista de la fachada de la catedral de la Almudena de Madrid, el pasado 14 de noviembre. (Reuters)

Dicho de otro modo, para el Gabinete socialista, los templos no son lugares "al margen de la competencia de la autoridad civil". Es decir, que una cosa es garantizar la "inviolabilidad" de los lugares de culto, que significa respetar el ejercicio de la libertad religiosa y otra la "pretendida inmunidad de jurisdicción de tales lugares entendida como la afirmación de un ámbito o esfera completamente exenta de toda intervención del poder civil". Todo esto lo afirma el Gobierno para advertir de que no haber obtenido durante la instrucción del expediente el consentimiento eclesiástico del prior "no impide acordar la exhumación". Solo supone posponer a la fase de ejecución la "habilitación correspondiente para la entrada" a la basílica. Es decir, que si el administrador del templo se sigue negando, el Ejecutivo procederá a procurarse la entrada por un método que aún no explica.

"Inviolabilidad" no es "inmunidad ante la ley o una decisión legal". "La entrada a la basílica no puede negarse" cuando se trata de cumplir un acuerdo

"Inviolabilidad" no equivale a "inmunidad ante la ley o una decisión legal", ni tampoco una jurisdicción eclesiástica ajena al ordenamiento jurídico. "En otras palabras", precisa el Gabinete de Sánchez, "la entrada a la basílica no puede negarse cuando se refiere al cumplimiento y ejecución de un acuerdo legal como el adoptado", tal y como aparece expresado en el texto de elementos fundamentales del acuerdo al que tuvo acceso El Confidencial.

Foto: La imagen del dictador que protagoniza el cartel del carnaval (Foto: Coordinadora Cultural 9 Barris)

Carta del Vaticano a Calvo

Por si acaso, y para presionar a Cantera, el Gobierno dio a conocer este miércoles la carta que remitió el número dos del Vaticano, el cardenal Pietro Parolin, a la vicepresidenta, Carmen Calvo, el pasado 14 de febrero, en el que insiste en que Roma "no se opone" a la exhumación, y en que ya ha recordado y seguirá recordando a la comunidad benedictina que tiene el "deber cívico" de observar el "ordenamiento" jurídico y de "respetar a las autoridades civiles".

En la ejecución del acuerdo se garantizará "el derecho de los familiares a estar presentes en el momento de la exhumación, traslado e inhumación"

En definitiva, el texto concluye que la familia no tiene un "derecho absoluto e incondicionado" a decidir el destino de los restos mortales de Franco. Ahora tiene en su mano decidir, de manera consensuada, qué lugar de inhumación elige distinto a la Almudena. Si no es así, el Consejo de Ministros señalará de manera subsidiaria dónde dará sepultura al cadaver. "En la ejecución habrá de garantizarse, en todo caso, la dignidad y el respeto en el tratamiento de los restos mortales, así como la intimidad y la libertad religiosa de los afectados, el derecho de los familiares a estar presentes en el momento de la exhumación, traslado e inhumación, así como la seguridad tanto de los restos mortales como del orden público", remacha el acuerdo.

placeholder Carmen Calvo, el pasado 29 de octubre con el secretario de Estado del Vaticano, cardenal Pietro Parolin. (EFE)
Carmen Calvo, el pasado 29 de octubre con el secretario de Estado del Vaticano, cardenal Pietro Parolin. (EFE)

El documento [aquí en PDF] añade más argumentos. Así, considera que no se ha vulnerado el principio de igualdad. Frente a lo que decían, por ejemplo, los benedictinos, de que era una ley de caso único, para sacar a Franco, y no a los demás enterrados en la basílica que no son víctimas de la Guerra Civil, el Gobierno apunta que el decreto no exige a que se tramiten todos los casos de modo "simultáneo". También recuerda que durante la tramitación del expediente se recabó informe favorable del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, competente sobre el proyecto de exhumación (una obra menor, con un coste de 3.738,90 euros). A su vez, la Dirección General de Salud Pública de la Comunidad de Madrid emitió también su dictamen: como habían transcurrido más de cinco años desde la muerte del dictador —han pasado 43—, la exhumación "no está sometida a ningún requisito administrativo" sobre sanidad mortuoria. No influye que el cuerpo esté embalsamado.

El momento delicado para el Gobierno vendrá en tres semanas, aproximadamente. Para entonces habrá vencido el plazo concedido a la familia. Sánchez quiere aprovechar la ventana de oportunidad que podría abrirse entre la decisión del Consejo de Ministros que señale el lugar de enterramiento —es casi seguro que los Franco se enrocarán en la Almudena— y la decisión del Supremo de adoptar o no medidas cautelares. Actuar rápido, bajo la cobertura de la legalidad. Así podría llegar al 28-A con una de sus promesas más simbólicas cumplidas. De no hacerlo, correría el riesgo de que un Ejecutivo de derechas, en caso de que diera la suma, cerrara con llave en un cajón todo el expediente concluido y Franco no saliera más del Valle de los Caídos.

56 páginas para intentar rebatir las tesis de la familia de Francisco Franco y de la comunidad benedictina que custodia el Valle de los Caídos. Y también para convencer al Tribunal Supremo, cuando le toque pronunciarse. El Gobierno busca salvar su medida más simbólica, la exhumación del dictador, aunque no tiene garantizado que pueda ejecutarla antes de las elecciones generales del 28 de abril. El pasado viernes, el Consejo de Ministros aprobó el acuerdo motivado por el que ordena la salida del general de Cuelgamuros y da 15 días hábiles a los nietos para que determinen un lugar alternativo de inhumación, siempre que no sea la cripta de la catedral de la Almudena. Y ese texto, de esas 56 páginas, persigue rebatir los argumentos contrarios. Así, el Ejecutivo recalca que los Franco no gozan de un "derecho absoluto" ni para exigir la permanencia de su abuelo en la basílica del Valle de los Caídos ni para decidir dónde deben ir ahora sus restos, les garantiza que podrán estar presentes en el momento del desenterramiento y avisa a la Iglesia de que entrará en el templo con o sin su autorización, porque la "inviolabilidad" de un lugar sagrado no es sinónimo de "inmunidad" ante la ley.

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