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La Justicia anula la indemnización de 70.000 euros a Irene Montero por un poema satírico
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Considera que prima la libertad de expresión

La Justicia anula la indemnización de 70.000 euros a Irene Montero por un poema satírico

Irene Montero consideraba que el autor del poema se había entrometido en su intimidad al escribir sobre su vida sentimental pero la Audiencia de Madrid revoca la condena

Foto: Irene Montero y Pablo Iglesias, en un mitin de Unidas Podemos. (Reuters)
Irene Montero y Pablo Iglesias, en un mitin de Unidas Podemos. (Reuters)

La Audiencia Provincial de Madrid ha revocado la sentencia contra el juez jubilado que, bajo el seudónimo de Guardabosques de Valsain, escribió un poemilla burlesco sobre Pablo Iglesias, Tania Sánchez e Irene Montero y lo publicó en la revista de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria. La indemnización de 70.000 euros (50.000 apara el juez y 20.000 para la revista) que logró Irene Montero después de denunciarlos se ha evaporado.

El poema, 'De monjas a diputadas', decía lo siguiente: “Cuentan que en España un rey / de apetitos inconstantes / cuyo capricho era ley / enviaba a sus amantes / hacer de un convento grey. / Hoy los tiempos han cambiado / y el amado timonel / en cuanto las ha dejado / no van a un convento cruel / sino a un escaño elevado. / La diputada Montero / ex pareja del 'Coleta' / ya no está en el candelero / por una inquieta bragueta / va con Tania al gallinero”.

Foto: La portavoz de Podemos en el Congreso, Irene Montero. (EFE) Opinión
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Según la sentencia en primera instancia, ahora revocada, el poema constituía “una intolerable burla sexista, reduciendo a la actora a la condición de 'pareja de' por el hecho de ser mujer, haciendo ver que el cargo público que ostenta la demandante depende de los deseos sexuales de un hombre”. Afectaba, por tanto, al derecho al honor de Irene Montero.

Los demandados alegaron en su defensa que el poema “satírico” se refería, “como en otras ocasiones anteriores”, puesto que el Guardabosques era colaborador habitual de la revista, a una persona dedicada a la política. Era, dijeron “un simple divertimento con la intención de provocar una sonrisa en el lector”. En el recurso añadieron que “el poema enjuiciado es un texto de humor que no debía llegar a los tribunales y que la actora, como personaje público, debe asumir cierta crítica”.

El tribunal les da la razón

Según escribe el magistrado ponente en la sentencia revocatoria, “cuando el derecho al honor se enfrenta a la libertad de expresión” hay que ponderar, y en su ponderación el tribunal ha estimado que, por ser Montero un personaje público, los límites de la crítica aceptable, o incluso de la burla, se amplían. “La libertad de expresión puede hacerse valer a través de escritos de tono burlesco o satírico”, ha escrito.

El tribunal ha estimado que, por ser Montero un personaje público, los límites de la crítica aceptable, o incluso de la burla, se amplían

El tribunal señala que no deben valorarse las “expresiones aisladas” del poema, sino que el texto debe analizarse en su conjunto, “de tal manera que expresiones que aisladamente podrían resultar ofensivas, al ser evaluadas en su contexto y en relación con el conjunto, quedan amparadas por la libertad de expresión, incluso en supuestos en los que las expresiones aisladas pudieran no ser completamente justificables”. Es, según el fallo, lo que ocurre con este poema.

La sentencia considera que esos versos no pretenden mofarse de Montero de forma machista sino que el protagonista es Iglesias, al que comparan con un rey que en vez de mandar al convento a sus amantes las coloca en el Parlamento. “Los referidos versos claramente pretenden hacer una crítica sarcástica de la correlación que, entiende el autor, existe entre las relaciones personales del secretario general del partido político al que pertenece la actora y el trato y posición que reciben en el partido las personas que con él se relacionan sentimentalmente”, dice la sentencia.

"La libertad de expresión no solo ampara expresiones u opiniones inocuas" sino también "expresiones mordaces, molestas o desabridas"

El tribunal entiende que Montero haya podido sentirse ofendida, aunque “el poema está más encaminado a criticar la actuación del secretario general del partido”, pero explica que “la libertad de expresión no solo ampara expresiones u opiniones inocuas” sino también “expresiones mordaces, molestas o desabridas”. En su denuncia, Irene Montero consideraba que el autor del poema se había entrometido en su intimidad al escribir sobre su vida sentimental, pero el juez considera que el que Montero sea “pareja sentimental del secretario general del partido político al que pertenecen ambos es un hecho notorio”.

Por todos estos motivos, los 70.000 euros seguirán en los bolsillos del Guardabosques de Veslain y la revista de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria.

La Audiencia Provincial de Madrid ha revocado la sentencia contra el juez jubilado que, bajo el seudónimo de Guardabosques de Valsain, escribió un poemilla burlesco sobre Pablo Iglesias, Tania Sánchez e Irene Montero y lo publicó en la revista de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria. La indemnización de 70.000 euros (50.000 apara el juez y 20.000 para la revista) que logró Irene Montero después de denunciarlos se ha evaporado.

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