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El decreto de estado de alarma permite a Madrid seguir con su plan por zonas de salud
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solo el toque de queda está ya en vigor

El decreto de estado de alarma permite a Madrid seguir con su plan por zonas de salud

Además del toque de queda, el estado de alarma recoge la posibilidad de aplicar confinamientos perimetrales cuyo ámbito territorial dependerá de lo que decidan las comunidades

Foto: Imagen de la Puerta del Sol minutos antes de la medianoche del sábado. (EFE)
Imagen de la Puerta del Sol minutos antes de la medianoche del sábado. (EFE)

Por segunda vez desde el comienzo de la pandemia, el Gobierno ha decretado el estado de alarma para todo el país. Tendrá una duración inicial de 15 días, pero la intención es prorrogarlo seis meses y que llegue al 9 de mayo. El Gobierno no centraliza la gestión de la crisis sanitaria, que seguirá estando en manos de las comunidades autónomas. Las medidas adoptadas durante los últimos meses en cada territorio seguirán en vigor si no entran en conflicto con lo recogido en el texto. Es el caso del confinamiento perimetral en 32 zonas básicas de salud que Madrid recupera desde este lunes.

A diferencia del decreto de marzo, esta vez no hay un mando único y los presidentes de las comunidades y ciudades autónomas serán las autoridades competentes delegadas. A ellos les corresponde, previa comunicación al Ministerio de Sanidad en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, tomar las decisiones. Podrán "modular, flexibilizar y suspender" la aplicación de las medidas previstas con "el alcance y ámbito territorial" que determinen, pero siempre por un periodo mínimo de siete días.

placeholder Pinche para leer el decreto de estado de alarma.
Pinche para leer el decreto de estado de alarma.

Esto permite que los confinamientos perimetrales ya en vigor puedan mantenerse, independientemente de que el ámbito territorial sea la comunidad, como en Navarra, el municipio, como en Aragón y Castilla y León, o la zona básica de salud, unidad elegida por Madrid. El decreto aprobado por el Gobierno no afecta al plan del Ejecutivo que preside Isabel Díaz Ayuso y lo faculta para seguir adelante con él sin necesidad del visto bueno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Como el aprobado hace unas semanas para decretar el confinamiento perimetral en nueve ciudades madrileñas, este decreto es más corto que el de marzo. Solo incluye cuatro medidas y solo una de ellas, el toque de queda, es de aplicación inminente y generalizada. El resto solo entrará en vigor si así lo deciden las comunidades autónomas.

El artículo 5 establece un toque de queda entre las 23:00 y las 6:00 que afecta a todo el país excepto a Canarias, la región con mejor situación. La justificación de esa medida, que algunas comunidades ya habían aplicado sin esperar al Gobierno, es que "buena parte de los encuentros de riesgo se produce en horario nocturno, de acuerdo con la información facilitada por las comunidades autónomas, lo que reduce sustancialmente la eficacia de otras medidas de control implementadas", explica el preámbulo. Cada Gobierno autonómico podrá adelantar o retrasar una hora el comienzo y el final del toque de queda. Entre las comunidades que habían adoptado esa medida, ya había diferencias: en Castilla y León, comenzaba a las 22:00, y en Madrid, a las 00:00.

Las otras tres medidas están recogidas en los artículos 6, 7 y 8. Son la limitación de entradas y salidas (confinamiento perimetral), la limitación de las reuniones a un máximo de seis personas y la reducción de aforos en los lugares de culto, restricciones que las comunidades han ido adoptando durante los últimos meses. El estado de alarma les da la cobertura legal necesaria para aplicarlas sin necesidad de aval judicial.

Foto: Pedro Sánchez, en rueda de prensa. (EFE)

"Las autoridades competentes delegadas quedan habilitadas para dictar, por delegación del Gobierno de la nación, las órdenes, resoluciones y disposiciones para la aplicación de lo previsto en los artículos 5 a 11. Para ello, no será precisa la tramitación de procedimiento administrativo alguno ni será de aplicación lo previsto en el segundo párrafo del artículo 8.6 y en el artículo 10.8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa", dice el artículo 3.

El Gobierno prevé aprobar el decreto de prórroga en el Consejo de Ministros de este martes para que el Congreso de los Diputados lo apruebe esta misma semana. Ya tiene los apoyos necesarios, pero espera aún que se sume el Partido Popular. El preámbulo del decreto de estado de alarma justifica la necesidad de una prórroga tan larga. "Resulta por ello preciso ofrecer una respuesta inmediata, ajustada y proporcional, en un marco de cogobernanza, que permita afrontar la gravedad de la situación con las máximas garantías constitucionales durante un periodo que necesariamente deberá ser superior al plazo de quince días establecido para la vigencia de este real decreto, por lo que resultará imprescindible prorrogar esta norma por un periodo estimado de seis meses", dice.

Por segunda vez desde el comienzo de la pandemia, el Gobierno ha decretado el estado de alarma para todo el país. Tendrá una duración inicial de 15 días, pero la intención es prorrogarlo seis meses y que llegue al 9 de mayo. El Gobierno no centraliza la gestión de la crisis sanitaria, que seguirá estando en manos de las comunidades autónomas. Las medidas adoptadas durante los últimos meses en cada territorio seguirán en vigor si no entran en conflicto con lo recogido en el texto. Es el caso del confinamiento perimetral en 32 zonas básicas de salud que Madrid recupera desde este lunes.

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