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Los expertos dudan de la legalidad de hacer fijos a los interinos de más de 10 años
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Ven probable su impugnación

Los expertos dudan de la legalidad de hacer fijos a los interinos de más de 10 años

La reforma hecha in extremis por el Gobierno como concesión a ERC ha suscitado las dudas de muchos juristas, que consideran que podría ser contrario a la Constitución Española

Foto: La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, durante el pleno para votar el decreto ley sobre los interinos.
La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, durante el pleno para votar el decreto ley sobre los interinos.

El Gobierno de coalición aprobó este miércoles el decreto ley para reducir la temporalidad en la Administración Pública. La norma pasó el visto bueno del Congreso por un margen muy apretado después de que ERC cambiara su voto en la segunda ronda de votaciones. A cambio, María Jesús Montero, que acaba de sumar la cartera de Función Pública a la de Hacienda, ofreció modificar el texto para que los interinos puedan adjudicarse la plaza si acumulan diez años de antigüedad, sin necesidad de pasar por oposición.

La reforma hecha in extremis como concesión al partido catalán, no obstante, ha suscitado las dudas de muchos expertos. La opinión mayoritaria es que garantizar una plaza a los trabajadores temporales que llevan en su plaza una década es contraria a la Constitución Española, por lo que el decreto podría ser impugnado ante los tribunales. En concreto, y como señala Juan Ignacio Navas, socio director de Navas & Cusí, la solución va en contra de los principios de igualdad, mérito y capacidad que deben de regir las contrataciones de personal en la administración. "Vienen recogidos en el artículo 103.3 de la CE", concreta el abogado.

Foto: La ministra de Hacienda, María Jesús Montero. (EFE)

De la misma opinión es Marcos Peña, letrado jefe de la Administración Local en excedencia y Consejero de Montero Aramburu Abogados. "El Congreso no puede aprobar una norma que hace fijos a los temporales de forma automática", asevera. Y argumenta que vulnera el precepto 23.2 de la Carta Magna, que establece la igualdad a la hora de acceder a un cargo público.

El precedente vasco

La posibilidad de que la concesión de hacer fijos a los interinos de 10 años sea finalmente impugnada por el Tribunal Constitucional es, según el letrado, muy elevada. Sobre todo teniendo en cuenta que ya se ha pronunciado al respecto en un caso muy similar. Fue en febrero de este año, cuando los magistrados echaron por tierra una disposición de la Ley vasca de Policía.

La reforma podría vulnerar los principios de igualdad, mérito y capacidad que deben de regir en las contrataciones públicas

Este precepto permitía incorporar a los procesos de consolidación de empleo de los puestos donde hubiera un porcentaje de interinidad superior al 40% un turno diferenciado de acceso para quienes tuvieran un mínimo de ocho años de antigüedad. Es decir, creaba un concurso aparte para los interinos de la policía local de más de ocho años de duración. La ley reservaba para ese turno hasta el 60% de las plazas ofertadas. El Constitucional, no obstante, tumbó esta disposición principalmente porque la materia tratada en la norma estaba fuera de las competencias del Ejecutivo vasco. Esa medida debía haber sido llevada a cabo desde el Gobierno central, que fue, precisamente, quien planteó el recurso ante el tribunal.

Derecho europeo vs. interno

Frente a los que opinan que hacer fijos a los interinos desde hace diez años es inconstitucional se encuentra el abogado Javier Arauz. A su juicio, el Derecho comunitario establece que las relaciones temporales abusivas deben convertirse en fijas. Del mismo modo, rechaza la legalidad de los procesos selectivos y de estabilización abiertos a todos candidatos, incluidos aquellos que no han sido víctimas de abuso, porque no resarcen el daño sufrido por estos trabajadores. En este sentido, recuerda que las normas europeas están por encima de cualquier ley interna, "incluida la Constitución", por lo que no se podría invocar una infracción del ordenamiento nacional si la medida es acorde a la legislación europea.

Foto: El ministro de Política Territorial y Función Pública, Miquel Iceta. (EFE)

Por su parte, Peña desmiente este extremo y recuerda que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ya ha repetido en varias ocasiones (la última, hace apenas un mes) que la solución al abuso de la temporalidad no es la fijeza. Se ha inclinado, en su lugar, por convertir a los interinos en indefinidos no fijos. Del mismo modo, el letrado indica que muy pocos tribunales en España han concedido esta opción a los trabajadores públicos. "Han sido principalmente dos juzgados, y sus sentencias han sido revocadas posteriormente con mucha dureza", asevera.

En la misma línea, Navas recuerda que una de las insistencias principales de la Corte de Luxemburgo es que las administraciones establezcan sistemas para prevenir y sancionar el abuso. Sin embargo, el real decreto convalidado el pasado miércoles no prevé nada al respecto, lamenta el abogado, "por lo que pervive el riesgo de perpetuar la abusividad".

Las oposiciones, un medio y no un fin

Otro de los motivos de Arauz para descartar la inconstitucionalidad es que las oposiciones no son un fin en sí mismas, "sino solo un medio para acreditar que la tarea pública se va a desarrollar por personas en principio preparadas para ello", explica. Es decir, que su objetivo es que la tarea pública se desarrolle por quienes la desempeñen de una manera más correcta, "y esto puede suceder con funcionarios que han superado una oposición, pero también con los que accedieron al empleo público por otras vías", subraya. Por ese motivo descarta que eliminar las pruebas para acceder a ciertas plazas vaya en contra de la Constitución.

Foto: Tribunal Supremo.

Por último, el letrado argumenta que es la Administración la que "burla el derecho de los interinos y de todos los ciudadanos al acceso al empleo público" al no convocar procesos selectivos todos los años por los procedimientos legalmente establecidos. En su opinión, los organismos públicos no pueden invocar los derechos de terceros para eximirse de responsabilidad y justificar sus incumplimientos.

El Gobierno de coalición aprobó este miércoles el decreto ley para reducir la temporalidad en la Administración Pública. La norma pasó el visto bueno del Congreso por un margen muy apretado después de que ERC cambiara su voto en la segunda ronda de votaciones. A cambio, María Jesús Montero, que acaba de sumar la cartera de Función Pública a la de Hacienda, ofreció modificar el texto para que los interinos puedan adjudicarse la plaza si acumulan diez años de antigüedad, sin necesidad de pasar por oposición.

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