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Soy abogada y estos son los nombres prohibidos en España por el Registro Civil
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Soy abogada y estos son los nombres prohibidos en España por el Registro Civil

Aunque son los padres quienes deciden qué nombres poner a sus hijos, existen una serie de limitaciones que deben conocer antes de tomar esta decisión que será crucial en sus vidas

Foto: La abogada en su vídeo de TikTok (@yourtrustedlawyer)
La abogada en su vídeo de TikTok (@yourtrustedlawyer)

Seleccionar el nombre de un recién nacido constituye una de las primeras decisiones trascendentales que afrontan los padres. No obstante, el Registro Civil de España impone ciertas restricciones para garantizar que esta elección no repercuta negativamente en el bienestar del menor a lo largo de su vida. Una abogada, a través de TikTok, ha querido compartir con sus seguidores una explicación detallada sobre las limitaciones vigentes.

En primer lugar, si se contemplaba la idea de asignar a los hijos idénticos nombres en distintos idiomas, es momento de reconsiderarlo. Dicha práctica se encuentra expresamente vetada. "No puedes poner a tus hijos el mismo nombre, ni aunque lo traduzcas a otro idioma", señala la especialista, subrayando la importancia de la singularidad en la identidad de cada individuo.

Restricciones en la elección de nombres

Otro aspecto crucial es la prohibición de nombres que evoquen connotaciones adversas. Está terminantemente prohibido el uso de denominaciones asociadas con figuras históricas de connotación negativa, tales como Hitler o, más recientemente, Damer. Estos individuos, vinculados con episodios deplorables de la historia, no deben inspirar la elección del nombre de nuevos ciudadanos.

Asimismo, se excluye cualquier nombre que pudiera menoscabar la dignidad del menor. "Como, por ejemplo, podría ser el hecho de que lo llamáramos loco", indica la abogada, destacando la primacía de la dignidad y el respeto hacia el niño, evitando denominaciones que puedan ser fuente de escarnio o discriminación.

Limitaciones adicionales

En lo que respecta a los nombres compuestos, la normativa actual restringe su composición a un máximo de dos. Aquellas combinaciones que incluyan tres o más nombres, comunes en el pasado, ya no son admitidas. Esta medida busca simplificar la identificación y registro del menor.

Finalmente, es menester evitar nombres que correspondan a marcas comerciales, apellidos o incluso frutas como "manzana". Este criterio se orienta a preservar la identidad y singularidad del individuo, alejándolo de potenciales conflictos o ambigüedades identitarias.

La selección del nombre de un hijo abre un abanico de posibilidades, pero conlleva una serie de responsabilidades. Las normas establecidas por el Registro Civil buscan un equilibrio entre la creatividad de los progenitores y el respeto a la integridad y dignidad de los menores. Por ello, antes de tomar una decisión, es recomendable revisar estas restricciones para asegurar que el nombre elegido contribuya positivamente al desarrollo de la identidad del niño.

Seleccionar el nombre de un recién nacido constituye una de las primeras decisiones trascendentales que afrontan los padres. No obstante, el Registro Civil de España impone ciertas restricciones para garantizar que esta elección no repercuta negativamente en el bienestar del menor a lo largo de su vida. Una abogada, a través de TikTok, ha querido compartir con sus seguidores una explicación detallada sobre las limitaciones vigentes.

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