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El Gobierno resta poder a las autonomías en las cajas para dárselo al BdE
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NO TENDRÁN COMPETENCIAS SOBRE LOS SIP NI LAS CUOTAS PARTICIPATIVAS

El Gobierno resta poder a las autonomías en las cajas para dárselo al BdE

El Gobierno parece haber aprendido la lección del excesivo poder que concedió a las comunidades autónomas en el FROB -con todos los problemas que eso ha

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El Gobierno resta poder a las autonomías en las cajas para dárselo al BdE

El Gobierno parece haber aprendido la lección del excesivo poder que concedió a las comunidades autónomas en el FROB -con todos los problemas que eso ha causado- y ha adoptado la actitud contraria en la reforma de la Ley de Cajas de Ahorros (LORCA): el Real Decreto que se publicó ayer en el BOE recorta a la mínima expresión los poderes de las autonomías en beneficio del Banco de España, que sale claramente reforzado. Algo que, según algunos expertos consultados, puede dejar al Gobierno sin apoyos nacionalistas para ratificarlo en el Congreso.

Para empezar, la norma obligará a modificar numerosas leyes de cajas autonómicas, para lo cual las comunidades tienen un plazo de seis meses. Y ante posibles resistencias autonómicas, el Decreto introduce una disposición final en la que justifica esta superioridad sobre las normas autonómicas en el artículo 149 de la Constitución, "que atribuye al Estado la competencia sobre legislación mercantil, bases de la ordenación del crédito, banca y seguros y bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, y sobre Hacienda General y Deuda del Estado".

Además, no se trata de normas generales, sino que entran muy en detalle en aspectos como la composición de los órganos de gobierno, las limitaciones para ser miembro de los mismos, la regulación de las cuotas participativas, el procedimiento para que aquellas cajas que lo deseen se conviertan en bancos o la introducción de los principios de buen gobierno en estas entidades. En todos estos aspectos, las comunidades no podrán dictar normas específicas para las cajas de su territorio.

Y no se queda ahí, sino que resta competencias explícitamente a las autonomías. Por ejemplo, establece que "la emisión de cuotas participativas no requerirá autorización administrativa previa" por parte de las autoridades autonómicas. El decreto prohíbe, como ya era sabido, que los cargos electos y los altos cargos autonómicos sean miembros de las asambleas y consejos de las cajas, y además, obliga a que los representantes de las comunidades sean elegidos por los Parlamentos regionales, no por los Gobiernos. Otra medida contra las autonomías es la supresión de su representante en la comisión de control de las cajas.

Asimismo, limita los derechos de voto de los organismos públicos (comunidades, diputaciones y ayuntamientos) al 40% desde el 50% anterior. Y también obliga a dar entrada en los órganos de gobierno a las comunidades distintas de la de origen de la caja en proporción al porcentaje de depósitos que la entidad tenga en cada una.

La supervisión de los SIP, exclusiva del Banco de España

Pero quizá donde más daño hace esta norma a las autonomías es en las competencias de supervisión. Ahí el punto clave está en los SIP (fusiones virtuales), que deberán ser necesariamente bancos y no agrupaciones de cajas como pretendía el sector. De hecho, es el único punto en el que el Gobierno no ha dado a la CECA lo que le pedía. ¿Por qué? Pues porque los bancos sólo tienen un supervisor, el Banco de España, de forma que las autonomías no tendrán ningún poder sobre estas fusiones virtuales ni sobre las cajas que las forman.

Por otro lado, estas fusiones virtuales tendrán unas condiciones tan duras que prácticamente serán fusiones reales: permanecia mínima de 10 años, preaviso de dos años para abandonarlo, penalizaciones para las cajas que se salgan y necesidad de autorización previa del Banco de España para ello.

Se mantiene el veto autonómico a las fusiones

La única concesión que hace el Decreto a las autonomías se refiere a las fusiones de cajas, donde mantendrán el derecho de veto actual. Ahora bien, establece que "la denegación de la autorización sólo podrá producirse mediante resolución motivada cuando la entidad resultante pudiera incumplir cualquiera de los requisitos objetivos previstos en la normativa autonómica de desarrollo". Es decir, que el veto tendrá que sustentarse objetivamente en artículos de las leyes de cajas autonómicas que, como se ha dicho, no podrán oponerse a este Decreto.

Esta merma de competencias autonómicas a favor del Banco de España hace temer a distintas fuentes que el Gobierno no logre los apoyos necesarios para sacar adelante esta norma, que se tramitará como Proyecto de Ley, en el Congreso. Y si los consigue -podría contar con la abstención del PP-, varias comunidades seguramente recurrirían la norma ante el Constitucional, según estas fuentes.

El Gobierno parece haber aprendido la lección del excesivo poder que concedió a las comunidades autónomas en el FROB -con todos los problemas que eso ha causado- y ha adoptado la actitud contraria en la reforma de la Ley de Cajas de Ahorros (LORCA): el Real Decreto que se publicó ayer en el BOE recorta a la mínima expresión los poderes de las autonomías en beneficio del Banco de España, que sale claramente reforzado. Algo que, según algunos expertos consultados, puede dejar al Gobierno sin apoyos nacionalistas para ratificarlo en el Congreso.

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