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El TJUE reconoce el abuso con los interinos pero no concede la conversión en indefinidos
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Era la principal demanda de los afectados

El TJUE reconoce el abuso con los interinos pero no concede la conversión en indefinidos

La Justicia Europea deja en manos de los tribunales españoles la decisión sobre la sanción a las administraciones públicas españolas y la compensación a los interinos por el abuso de la temporalidad

Foto: Acceso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Luxemburgoista general del acceso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Luxemburgo. (Efe)
Acceso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Luxemburgoista general del acceso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Luxemburgo. (Efe)

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha reconocido que las administraciones públicas españolas hicieron abuso de la temporalidad con la figura de los interinos, que han encadenado años de contratos temporales cubriendo puestos de trabajo estructurales. La sentencia, muy esperada por casi un millón de interinos, reconoce que fueron afectados y que nadie, ni siquiera las administraciones públicas, pueden abusar de contratos temporales. Sin embargo, el TJUE cierra la puerta a convertir a estos trabajadores en funcionarios y tampoco garantiza la conversión de los contratos en indefinidos no fijos.

Aunque el tribunal reconoce que estos trabajadores deben ser compensados por el abuso sufrido, y que las administraciones causantes también deben ser penalizadas, no determina que la fijeza sea la solución única ni la preferente. Lo que hace es que deja a decisión de los tribunales españoles cuál es la compensación apropiada ("incumbe al órgano jurisdiccional nacional", señala). Eso sí, hace una consideración importante, la transformación de los contratos interinos en indefinidos no fijos tampoco garantiza los mismos derechos que sus compañeros indefinidos que accedieron al puesto superando la oposición, lo que supone un obstáculo para que los jueces españoles contemplen esta vía. [Consulte aquí la sentencia íntegra del TJUE]

Foto: Edificio del Tribunal de Justicia de la UE en Luxemburgo (Efe).

En concreto, la sentencia europea señala que la transformación de los contratos interinos en indefinidos no fijos no impide que el empleador pueda despedirlos ya sea "amortizando la plaza o cesando al empleado público [...] cuando la plaza se cubra por reingreso del funcionario sustituido". También indica que el Acuerdo Marco "no impone a los Estados miembros una obligación general de transformar en contratos por tiempo indefinido los contratos de trabajo de duración determinada", sino que se limita a prohibir el abuso de la temporalidad. Por último, apunta que los interinos podrán presentarse a las oposiciones como el resto de candidatos, por lo que podrán mantener su puesto si logran superar la prueba. Todas estas consideraciones que realiza el TJUE complican más que la justicia española opte por esta vía de la fijeza como fórmula para compensar a los interinos por el abuso de la temporalidad y sancionar al sector público.

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Es importante señalar que en todos los recursos presentados hasta la fecha, los tribunales españoles no han concedido la conversión de los interinos en indefinidos, situación que puede complicarse ahora con la sentencia europea. Esto supone un jarro de agua fría para casi un millón de interinos que confiaban en que la Justicia Europea garantizase su fijeza ante la imposibilidad de conseguirla por parte de los tribunales nacionales. En los últimos meses, muchas administraciones han empezado a sacar oposiciones para cubrir todas estas plazas, algo que los interinos criticaron porque demandaban esperar a la sentencia del TJUE para ver si concedía la fijeza. Ahora también se puede complicar que estos procesos se vayan a paralizar.

El Acuerdo Marco no impone a los Estados miembros una obligación general de transformar los contratos temporales en indefinidos

La alternativa sigue siendo que estos trabajadores reciban una compensación económica que también sirva como sanción a las administraciones. El tribunal europeo expresa claramente que "es necesario que la indemnización concedida no solo sea proporcionada, sino también lo bastante efectiva y disuasoria". Lo que tiene claro el TJUE es que las administraciones españolas no pueden volver a hacer abuso de la temporalidad en ningún caso, todas las plazas que sean estructurales tienen que cubrirlas con personal fijo. La figura del interino solo puede servir para cubrir bajas temporales o para completar plantillas mientras se realiza el proceso ordinario de selección, habitualmente una oposición.

Foto: Policías paramilitares chinos, en la plaza de Tiananmén. (EFE)

La sentencia señala que las administraciones públicas no pueden escudarse en la congelación de las oposiciones para justificar el encadenamiento de estos contratos de manera abusiva. Además, tampoco se puede privar al trabajador temporal de sus derechos en base al Acuerdo Marco sobre el Trabajo de Duración de Determinada cuando dicho encadenamiento de contratos temporales se deba al incumplimiento de la administración en su obligación de organizar un proceso de selección.

El tribunal europeo también apunta que el "el hecho de que un empleado público haya consentido el establecimiento de relaciones de servicio de duración determinada no le priva de la protección que le confiere el Acuerdo Marco sobre el Trabajo de Duración Determinada". Esto es, aunque el interino haya aceptado esa situación de abuso por estar en situación de debilidad frente al empleado, no significa que renuncie a los derechos que tiene cualquier trabajador.

Existe un problema estructural en la sanidad pública española que se traduce en un elevado porcentaje de empleados públicos temporales

Por último, deja un importante recado a la sanidad española, que justo en estas semanas está mostrando sus carencias como consecuencia de la pandemia del coronavirus. El TJUE alerta de que "existe un problema estructural en la sanidad pública española que se traduce en un elevado porcentaje de empleados públicos temporales y en el incumplimiento de la obligación legal de proveer de manera permanente las plazas ocupadas por dicho personal". "En la práctica, los sucesivos nombramientos de los empleados públicos afectados no respondían a meras necesidades provisionales de la Comunidad de Madrid, sino que tenían por objeto atender necesidades permanentes y estables en materia de personal sel Servicio de Salud de esta comunidad", señala el texto publicado este jueves.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha reconocido que las administraciones públicas españolas hicieron abuso de la temporalidad con la figura de los interinos, que han encadenado años de contratos temporales cubriendo puestos de trabajo estructurales. La sentencia, muy esperada por casi un millón de interinos, reconoce que fueron afectados y que nadie, ni siquiera las administraciones públicas, pueden abusar de contratos temporales. Sin embargo, el TJUE cierra la puerta a convertir a estos trabajadores en funcionarios y tampoco garantiza la conversión de los contratos en indefinidos no fijos.

Trabajo Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)
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