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¿No has cobrado el ERTE? Trabajo publica una guía de errores con posibles causas
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¿No has cobrado el ERTE? Trabajo publica una guía de errores con posibles causas

El organismo explica cómo subsanar los fallos de tramitación para poder recibir lo antes posible la prestación por desempleo

Foto: Oficina de empleo. (Efe)
Oficina de empleo. (Efe)

El Servicio Público de Empleo Estatal, más conocido por sus siglas, SEPE, ha publicado una guía rápida en la que indica cuáles son los errores más comunes en los que han podido incurrir algunos de los 250.000 empleados afectados por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), el 7% del total, que a fecha de 21 de mayo todavía no habían cobrado su prestación por desempleo según los datos del organismo dependiente de Trabajo, una cifra que según algunas organizaciones podría ser considerablemetne mayor, incluso llegando a triplicar lo indicado por la el organismo dependiente de Yolanda Díaz.

Sea cual sea el número de empleados que continúan sin haber recibido su dinero del Estado, el SEPE recomienda revisar si han podido cometer algunos de los errores más frecuentes que están encontrando al analizar los trámites llevados a cabo por la empresa. Así, establecen tres categorías para las que indican tanto las posibles causas del retraso como la solución al problema de cada una de ellas.

Caso 1: ningún empleado de la empresa ha cobrado

En este supuesto el organismo de Trabajo indica tres posibles causas frecuentes que pueden llevar a no recibir el pago: que la empresa no haya remitido la hoja de cálculo necesaria, que el código de cuenta de cotización sea incorrecto y que los trabajadores pertenecen a otro Código de Cuenta de Cotización (CCC). En el primer paso, la solución que plantean es realizar el envío del documento de Excel y en los dos segundos, corregir el código y remitirlo de nuevo.

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Guía del SEPE

Caso 2: solo algunos trabajadores no han cobrado

En este supuesto caso apuntan hacia un error en el DNI, en la entidad de crédito, en el número de cuenta corriente o incluso que el empleado en cuestión no aparezca en el documento remitido por la empresa. En el caso de los errores, el SEPE indica que lo más rápido es subsanarlos y remitir de nuevo el documento y en el supuesto de que no figure e empleado adecuado, se recomienda volver a presentar una nueva hoja de Excel solo con el trabajador afectado.

Caso 3: se ha cobrado sin tener derecho o el importe recibido está mal

El último escenario es el más complejo. En este caso pueden haberse cometido fallos como incluir el nombre de un empleado que sigue trabajando en la documentación para tramitar el ERTE por error, confundir el DNI de un afectado por el de un compañero que no lo está, se han intercambiado números de cuenta, que se trabaje en más de una empresa y que todas hayan hecho ERTE, que exista un error en la base de cotización o lo haya en el porcentaje de reducción de jornada. En estos casos, las soluciones son distintas y pasan desde devolver el dinero en el caso de que se haya cobrado sin estar afectado hasta solucionarse de oficio en caso de que no se hayan tenido en cuenta a los hijos.

Cómo presentar una reclamación administrativa

En caso de que se intenten subsanar los errores y aun así se continúe sin cobrar o no se esté de acuerdo con la cuantía establecida por Trabajo, los abogados de Sanahuaja Miranda recomiendan presentar una reclamación administrativa, eso sí, previa comunicaicón oficial a la empresa. "Se debe distinguir la casuística de cada persona. En primer lugar si se trata de una resolución del SEPE en la que deniegan la prestación al trabajador, o bien no estamos deacuerdo con la cuantía aprobada, debemos presentar una reclamación previa ante el propio SEPE dentro de los 30 días hábiles siguientes a la resolución", explica la abogada especializada en drecho laboral Lucía Gómez Barba.

La experta añade que la reclamación deberá presentarse por vía telemática o por correo certificado e indica que si en un plazo de 45 días hábiles desde la presentación de la reclamación previa el SEPE no da una respuesta, entonces se puede presentar una demanda ante los Juzgados de lo Social en un plazo de 30 días hábiles. El mismo plaoz se aplica en el caso de que se obtenga una resolución expresa desfavorable.

“Un caso distinto es que tengamos reconocida la prestación, pero no nos llega el dinero a nuestra cuenta. En ese caso podremos presentar una reclamación patrimonial ante el SEPE, por la misma vía mencionada anteriormente. Podemos hacerlo desde el día siguiente desde que tenemos derecho a cobrar la prestación, esto es, si la prestación del mes de abril se cobra hasta el día 10 de mayo, podemos presentar reclamación a partir del día 11 de mayo”, especifica la letrada.

En este supuesto la administración, según explica la abogada, cuenta con un plazo de seis meses para resolver, en caso de no hacerlo se entenderá desestimada por silencio administrativo, y a partir de ese momento podremos presentar demanda judicial. En caso de obtener resolución expresa desfavorable, el plazo para presentar una demanda es de dos meses desde la notificación de la resolución.

Los sindicatos han abierto canales

Para facilitar la labor de reclamación a los afectados por los ERTE los sindicatos también han establecido plataformas de ayuda. En concreto UGT ha abierto un formulario 'online' para que los afectados que todavía no han cobrado les faciliten sus datos para que sus equipos se pongan en contacto con el SEPE y además ha habilitado dos líneas de contacto a través de WhatsApp en los números 690 266 948 y 699 986 596 y el correo electrónico erte@cec.ugt.org.

Por su parte, Comisiones Obreras cuenta con un teléfono gratuito de atención laboral y un correo electrónico para atender dudas relacionadas con la crisis del coronavirus. Se trata del teléfono 900 301 000 y el email coronavirus@ccoo.es.

El Servicio Público de Empleo Estatal, más conocido por sus siglas, SEPE, ha publicado una guía rápida en la que indica cuáles son los errores más comunes en los que han podido incurrir algunos de los 250.000 empleados afectados por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), el 7% del total, que a fecha de 21 de mayo todavía no habían cobrado su prestación por desempleo según los datos del organismo dependiente de Trabajo, una cifra que según algunas organizaciones podría ser considerablemetne mayor, incluso llegando a triplicar lo indicado por la el organismo dependiente de Yolanda Díaz.

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