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Nueva victoria de los interinos: el TJUE insiste en la fijeza y rechaza las compensaciones fijadas
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Choca con la opinión del Supremo

Nueva victoria de los interinos: el TJUE insiste en la fijeza y rechaza las compensaciones fijadas

La Justicia europea señala que el sistema diseñado por el Gobierno para estabilizar el empleo en el sector público no es suficiente porque no supone una sanción proporcionada ni preventiva contra el abuso de la temporalidad

Foto: Tribunal de Justicia de la Unión Europea. (iStock)
Tribunal de Justicia de la Unión Europea. (iStock)
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha vuelto a dar la razón a los trabajadores temporales de las Administraciones Públicas que han sufrido abuso de la temporalidad en su lucha por quedarse en su plaza. Tras el jarro de agua fría del fallo del Tribunal Supremo de hace unas semanas, el TJUE insiste en su interpretación de que no existen actualmente mecanismos sancionadores contra las Administraciones Públicas por el abuso de la temporalidad y que la fijeza es una opción aceptable. Es más, el fallo del TJUE señala que la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que rechaza la conversión en fijos de estos trabajadores, sería contraria al Acuerdo Marco y la Directiva europeos.

En un fallo conocido este jueves, el TJUE señala que la Ley 20/2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público no es suficiente para resolver el problema que se plantea. El motivo es que la sanción contra las Administraciones Públicas no es ni proporcionada ni efectiva para resarcir a los trabajadores afectados y para prevenir que las AAPP vuelvan a repetirlo. Esa norma establece una compensación para los trabajadores en abuso de temporalidad de 20 días de retribución por año trabajado con un máximo de doce meses cuando pierdan su trabajo. Esto es, cuando su plaza sea definitivamente ocupada por un funcionario. El TJUE considera que el establecimiento de un doble límite máximo a esta sanción (20 días por año trabajado y 12 meses de compensación máxima) impide que cada trabajador sea compensado de forma proporcional al perjuicio sufrido.

En definitiva, el TJUE señala que no existen "medidas adecuadas en el Derecho nacional" para sancionar a las Administraciones por este abuso que, en uno de los casos que juzga, superó los 30 años (estuvo 37 años de interina en la Administración de Justicia de Cataluña). Por ello, vuelve a señalar, como ya hizo hace unos meses, que la fijeza constituye una reparación adecuada para los trabajadores temporales en abuso de temporalidad. En concreto, señala que "la conversión de estos contratos o relaciones en una relación de empleo por tiempo indefinido puede constituir una medida de ese tipo".

Foto: Cartel de una oficina de empleo. (EP/Eduardo Parra)

El TJUE va más lejos, al cuestionar la jurisprudencia del Supremo, que rechaza la concesión automática de la fijeza a los interinos sin que hayan superado una oposición. El tribunal de Estrasburgo señala que "la convocatoria de los procesos selectivos que se contempla en la jurisprudencia nacional o en la Ley 20/2021 no resulta adecuada para sancionar debidamente los abusos", señala en su sentencia. El Supremo ha rechazado, hasta ahora, todos los recursos de los interinos para lograr su conversión en trabajadores indefinidos. Sin embargo, esta reiteración del TJUE y su pronunciamiento sobre la jurisprudencia nacional podría dar un vuelco a la situación de miles de trabajadores.

Eso sí, la fijeza no supone la conversión en funcionarios. Estos trabajdores serían indefinidos, pero no tendrían los derechos de los funcionarios, para los que se reserva la entrada a través de oposiciones. Esto es, conseguirían que su plaza fuese fija y estarían sujetos a "las mismas causas de cese y de despido que aquellas que rigen para los funcionarios de carrera".

"La convocatoria de oposiciones no resulta adecuada para sancionar debidamente los abusos"

El TJUE responde así a una cuestión prejudicial de un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Barcelona por abuso de la temporalidad de dos departamentos de la Generalitat (Presidencia y Justicia), con interinos que llevaban más de diez años, y hasta casi cuarenta años, encadenando contratos temporales.

Esta sentencia también deja en entredicho la vía diseñada por el Gobierno para acabar con el abuso de la temporalidad, que era el proceso de estabilización del empleo amparado por la Ley 20/2021. El TJUE no se opone a que las plazas ocupadas por interinos salgan a oposición, pero sí considera que no supone una sanción reparadora para los trabajadores que van a perder su puesto, ni tampoco es una sanción suficiente para prevenir que las distintas Administraciones vuelvan a tener la tentación de utilizar interinos en el futuro. En definitiva, la solución elaborada por el Gobierno no transpone correctamente el Acuerdo Marco europeo.

Aunque este fallo del TJUE es muy favorable para los interinos, no es definitivo. Como suele ser habitual, la Justicia europea marca el camino, pero deja distintas vías a los tribunales nacionales. En concreto, apunta que la fijeza "puede constituir una medida adecuada", pero no señala que sea la única posibilidad. Eso sí, apunta que el Supremo tiene que interpretar la normativa teniendo en cuenta la directiva comunitaria, que determina que la parte débil de la relación laboral es el trabajador que ha sufrido el abuso y, por tanto, hay que velar por sus derechos.

Ahora es la Justicia española quien tiene que mover ficha, ya sea aplicando la solución que plantea el TJUE o buscando otra vía. Lo que queda claro es que la solución planteada hasta la fecha no es suficiente para reparar el daño causado ni para prevenir que se repita en el futuro. La legislación española no contempla otra sanción, por lo que será el Supremo quien tenga que determinar qué sanción se aplica. Y, si esta fuese económica, se arriesgaría a un nuevo varapalo del TJUE.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha vuelto a dar la razón a los trabajadores temporales de las Administraciones Públicas que han sufrido abuso de la temporalidad en su lucha por quedarse en su plaza. Tras el jarro de agua fría del fallo del Tribunal Supremo de hace unas semanas, el TJUE insiste en su interpretación de que no existen actualmente mecanismos sancionadores contra las Administraciones Públicas por el abuso de la temporalidad y que la fijeza es una opción aceptable. Es más, el fallo del TJUE señala que la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que rechaza la conversión en fijos de estos trabajadores, sería contraria al Acuerdo Marco y la Directiva europeos.

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