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El Gobierno ignora la sentencia del TJUE y avanza en la sustitución de los interinos
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El Gobierno ignora la sentencia del TJUE y avanza en la sustitución de los interinos

La Justicia europea ha señalado que el proceso de estabilización del empleo público (Ley 20/2021) no incorpora compensación suficiente para los trabajadores afectados y abre una nueva vía de litigio

Foto: El ministro de la Función Pública, José Luis Escrivá. (Europa Press/María José López)
El ministro de la Función Pública, José Luis Escrivá. (Europa Press/María José López)
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) volvió a sentenciar el jueves que la sanción adecuada para sancionar a las Administraciones y compensar a los trabajadores afectados por el abuso de la temporalidad puede ser la concesión de la fijeza. Hasta ahora, el Tribunal Supremo se ha negado a esta opción, pero la Justicia europea está cerrando cada vez más vías de escape.

Mientras los tribunales terminan de dirimir en qué situación deberían encontrarse los interinos, ya sea con su contrato convertido en indefinido o con una mayor compensación monetaria, el Gobierno pretende seguir implementando su plan para estabilizar las plazas ocupadas ahora por personal temporal. El Ejecutivo confía en terminar el año con el 75% de las plazas ya estabilizadas, lo que habrá supuesto la incorporación de 300.000 funcionarios.

Pero ahora el TJUE también ha señalado que la solución diseñada por el Gobierno no cumple con la directiva europea ni el Acuerdo Marco. El motivo es que la norma que determina la estabilización del empleo (la Ley 20/2021) no resarce a los afectados por este abuso de la temporalidad: los trabajadores temporales.

El TJUE señala que son ellos los verdaderos afectados, pero la norma no busca darles una compensación acorde al perjuicio causado. En primer lugar, porque los interinos tienen que seguir en su puesto de trabajo hasta que sea ocupado por un trabajador indefinido, prolongando así la situación de abuso. Y, en segundo lugar, porque cuando pierdan la plaza tendrán una indemnización que cuenta con una doble limitación: 20 días de salario por año trabajado hasta un máximo de 12 mensualidades.

Foto: Cartel de una oficina de empleo. (EP/Eduardo Parra)

Eso significa que los trabajadores que lleven más de 18 años encadenando contratos temporales no tendrán indemnización por ese tiempo. Y hay casos, como los que ha juzgado el TJUE, que suman casi 40 años de temporalidad, en este caso, en la Generalitat de Cataluña. Esta indemnización es la propia de un contrato que se extingue, pero no supone una compensación por el abuso de la temporalidad.

Estos son los dos motivos que apunta el TJUE para determinar que la solución ideada por el Gobierno no es válida por no tener en cuenta la protección del eslabón más débil de la relación laboral: el trabajador. El Ejecutivo se concentró en diseñar unas oposiciones en las que puntuaran de forma elevada los años de experiencia, para que así los interinos tuvieran una ventaja respecto del resto de candidatos. Sin embargo, no todos han conseguido superar el examen, lo que implica la pérdida de la plaza en la mayoría de los casos.

"Ni la convocatoria de oposiciones ni la compensación resultan adecuadas"

El TJUE no solo señala los problemas de la Ley 20/2021, sino también la jurisprudencia del Tribunal Supremo negando la concesión de la fijeza a los trabajadores afectados. En suma, se trata de una solución que no respeta la normativa comunitaria. El TJUE lo explica así: "Ni la convocatoria de procesos selectivos ni la compensación resultan adecuadas para prevenir o sancionar los abusos, pues son independientes de cualquier consideración relativa al carácter abusivo de la utilización de contratos o relaciones laborales de duración determinada".

Pero el Gobierno seguirá adelante con las oposiciones ya convocadas y con las que están pendientes para estabilizar al 25% restante, unos 100.000 empleos. Así lo avanzó el ministro de Función Pública, José Luis Escrivá, tras conocer el fallo del TJUE. "La sentencia atañe fundamentalmente a los tribunales y cómo tienen que resolver esos conflictos. Más allá de estos casos históricos, lo más importante es, mirando hacia adelante, todo lo que hemos hecho y lo que seguimos haciendo", explicó el ministro el jueves ante los medios de comunicación.

Sin embargo, la sentencia del TJUE no solo se refiere a los casos históricos, sino también a la solución ideada por el Gobierno en la ley para la estabilización del empleo. El tribunal europeo señala inequívocamente que esta solución no está completa en tanto no establezca una compensación suficiente para los trabajadores afectados y una sanción a las Administraciones. En concreto, señala que la Ley "no permite ni la reparación proporcionada y efectiva en las situaciones de abuso que superen una determinada duración en años, ni la reparación adecuada e íntegra de los daños derivados de dichos abusos".

Suspender las oposiciones

Para uno de los abogados que han conseguido esta sentencia del TJUE, Javier Araúz, su cumplimiento supondría "paralizar inmediatamente los procesos de estabilización convocados al amparo de la Ley 20/2021". Es posible que esta reclamación de los interinos abra un nuevo frente judicial, en este caso, contra las oposiciones diseñadas por el Gobierno. Estas plazas serían estabilizadas por la vía de conceder la fijeza a los trabajadores temporales que lleven más de dos años sin que su plaza haya salido a concurso.

El encaje del problema de los interinos no tiene solución sencilla porque hay tres partes concernidas. De un lado, las Administraciones Públicas que han abusado durante décadas de los contratos temporales, pero que son reacias a aceptar sanciones. De otro, los trabajadores que han encadenado contratos de interinos durante todo este periodo sin que su plaza se estabilizase, pero que tampoco han conseguido superar una oposición. Y, tercero, los candidatos que están preparando sus oposiciones para ocupar estos puestos de trabajo.

En el caso de que los tribunales finalmente concedan la fijeza, se creará otro grupo social perjudicado por este abuso de la temporalidad, el de los candidatos a las oposiciones que se están preparando para las siguientes convocatorias. Y si los tribunales determinan que tiene que existir una sanción económica de mayor cuantía que la indemnización, quienes saldrán perdiendo serán los contribuyentes, que verán cómo la mala praxis política vuelve a costar una millonada a las arcas públicas.

Foto: Imagen de un comedor social de Sevilla. (EFE/David Arjona)

En medio de todo este proceso, los sindicatos mayoritarios se han puesto del lado de los funcionarios y, por extensión, de los candidatos a las oposiciones y rechazan la concesión de la fijeza. De hecho, ellos negociaron con el Gobierno la Ley 20/2021 que ahora el TJUE ha dejado señalada. Este ha sido un asunto que ha generado incomodidad en las centrales sindicales, porque han abandonado la defensa de decenas de miles de trabajadores a los que la Justicia europea ha reconocido que se encontraban en una situación de abuso por parte de la Administración.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) volvió a sentenciar el jueves que la sanción adecuada para sancionar a las Administraciones y compensar a los trabajadores afectados por el abuso de la temporalidad puede ser la concesión de la fijeza. Hasta ahora, el Tribunal Supremo se ha negado a esta opción, pero la Justicia europea está cerrando cada vez más vías de escape.

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