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Indemnización por despido personalizada e incentivos no deseados: la puerta que abre Estrasburgo
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Un vuelco en los derechos laborales

Indemnización por despido personalizada e incentivos no deseados: la puerta que abre Estrasburgo

El Consejo de Derechos Sociales insta a España a fijar una indemnización reparadora, pero el daño sufrido por perder el empleo no es homogéneo para todos los trabajadores

Foto: El secretario general de UGT, Pepe Álvarez. (Europa Press/Mateo Lanzuela)
El secretario general de UGT, Pepe Álvarez. (Europa Press/Mateo Lanzuela)
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El Consejo Europeo de Derechos Sociales ha dado un vuelco total a la indemnización por despido improcedente. En respuesta a la reclamación elevada por UGT, el organismo advierte que la reparación que existe actualmente en España no cumple los objetivos de reponer al trabajador del daño sufrido ni de disuadir a la empresa para evitar el despido improcedente. Pero hay una cuestión adicional que podría tener una gran repercusión a futuro: los despidos individualizados.

El punto en cuestión es el que señala que las indemnizaciones tienen que tener un "nivel lo suficientemente elevado como para disuadir al empleador y reparar el daño sufrido por la víctima", señala UGT. El matiz del "daño sufrido por la víctima" es clave, porque no todos los trabajadores sufren el mismo daño al ser despedidos.

Por ejemplo, en el caso de personas que tengan hijos a su cargo, un despido puede suponer un impacto muy superior al de quienes no tienen cargas familiares. También es muy diferente si el despido afecta a una persona joven que a otra mayor de 55 años, ya que esta segunda tendría muchas más dificultades para encontrar otro trabajo.

El sindicato concluye que la resolución del CEDS mandata a España a establecer despidos individualizados en función de las circunstancias sociales, personales y laborales del trabajador. Serían los tribunales los encargados de determinar la cuantía de la indemnización que tendría que pagar la empresa por cada despido. Esto implica, por ejemplo, que dos compañeros de trabajo que lleven el mismo tiempo contratados, con el mismo sueldo y el mismo despido, tuviesen indemnizaciones diferentes en función de sus circunstancias.

Foto: Manifestación por la reducción de jornada en Pamplona. (EFE)

De hecho, el sindicato considera que el despido no disuade a las empresas si éstas pueden calcular el coste que les supondrá el despido de antemano. El desconocimiento del gasto que vayan a tener que realizar las empresas para asumir ese despido improcedente forma parte de las medidas desincentivadoras, considera el sindicato.

UGT señala varias cuestiones susceptibles de "agravar la cuantía de la indemnización": si un trabajador tendrá dificultades para encontrar otro empleo (oportunidades laborales allí donde vive, edad, formación...), si tiene personas a su cargo, si vive de alquiler o está hipotecado, si tiene una situación económica vulnerable, si tiene discapacidad o si ha sido víctima de violencia machista. El sindicato ha explicado que pueden incorporarse otras causas adicionales a tener en cuenta en una hipotética negociación con el Gobierno y la CEOE para reformar el despido improcedente en España.

Protección o discriminación

Esta reclamación abre la puerta a un cambio radical en el mercado laboral por la diferente protección que tendrían unos trabajadores respecto de otros. Este sistema fijaría, por ley, una desigualdad de partida entre los distintos trabajadores según el criterio del legislador. Esta medida, que tendría el objetivo de proteger a los más vulnerables, podría generar resultados contraproducentes.

Las empresas podrían optar por aquellos trabajadores que fuesen más baratos de despedir, penalizando así a los que están más cubiertos por la ley. Por ejemplo, una empresa podría optar por un trabajador o trabajadora sin hijos a su cargo, o evitar a los candidatos cuya situación económica sea más delicada o aquellos que vivan de alquiler. Esto es, los colectivos en una situación más delicada podrían tener mayores dificultades para encontrar un empleo.

Es más, las empresas podrían tener un desincentivo a situarse en zonas deprimidas o con altas tasas de paro si posteriormente los despidos les pueden salir más caros.

Foto: Las vicepresidentas segunda, Yolanda Diaz (i) y tercera, Teresa Ribera (d), durante la primera jornada del debate de totalidad del proyecto de Presupuestos. (EFE/Javier Lizon)

El mejor ejemplo del impacto que generan las diferencias por colectivos fijadas por ley está en los permisos de maternidad y paternidad. El hecho de que las mujeres tuvieran permisos más largos suponía una penalización para encontrar un empleo o para mejorar su sueldo. Para evitar esta situación se igualaron los permisos y así se evitó esta fuente de discriminación que emanaba directamente de la normativa laboral.

UGT ya ha lanzado un llamamiento al Ministerio de Trabajo para que abra una mesa de diálogo sobre el despido improcedente. En su opinión, la resolución del Consejo Europeo de Derechos Sociales es vinculante porque España se comprometió a adoptar el contenido de la Carta Social Europea, texto en el que se apoya el fallo. En concreto, en su artículo 24.b señala que los trabajadores despedidos sin razón válida tendrán "derecho a una indemnización adecuada o a otra reparación apropiada". Todavía no se conoce el texto completo de la resolución del CESD, que se publicará el próximo lunes, lo que está claro es que considera que la indemnización actual de España no es adecuada.

Además de la reforma legal para modificar el despido, también existe la duda de cómo aplicarán los tribunales el contenido de la resolución del CESD. UGT informó el lunes de que dos sentencias ya publicadas se han apoyado en el contenido de la denuncia de UGT para fijar las indemnizaciones por despido. Los abogados laboralistas consultados por este medio concluyen que lo más probable es que surja un amplio abanico de interpretaciones en las instancias inferiores y que tendrá que ser el Tribunal Supremo quien unifique doctrinas y siente jurisprudencia al respecto. Esto es, aunque el Gobierno quiera dejar pasar esta resolución, podría aplicarse con plena efectividad si los tribunales se apoyan en la misma para establecer indemnizaciones superiores a la fijada actualmente en la ley, de 33 días por año trabajado hasta un máximo de 24 meses. Este camino no ha hecho más que empezar.

El Consejo Europeo de Derechos Sociales ha dado un vuelco total a la indemnización por despido improcedente. En respuesta a la reclamación elevada por UGT, el organismo advierte que la reparación que existe actualmente en España no cumple los objetivos de reponer al trabajador del daño sufrido ni de disuadir a la empresa para evitar el despido improcedente. Pero hay una cuestión adicional que podría tener una gran repercusión a futuro: los despidos individualizados.

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