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ERTE, teletrabajo, vacaciones forzadas... 10 preguntas clave en tiempos del Covid-19
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DESPONDEN RAÍZ ABOGADOS

ERTE, teletrabajo, vacaciones forzadas... 10 preguntas clave en tiempos del Covid-19

La rápida expansión a nivel mundial del coronavirus ha provocado que Gobiernos de todo el mundo hayan tomado medidas para frenar el avance de la enfermedad

Foto: Las 10 preguntas que se hacen los trabajadores antes la crisis laboral del Covid-19. (Foto: Efe)
Las 10 preguntas que se hacen los trabajadores antes la crisis laboral del Covid-19. (Foto: Efe)

La rápida expansión a nivel mundial del coronavirus ha provocado que Gobiernos de todo el mundo hayan tomado medidas para frenar el avance de la enfermedad que va tener un efecto devastador para las economías, las empresas y los ciudadanos. La UE ya habla abiertamente de que la enfermedad va a arrastrar al viejo continente a la recesión este año, mientras que a nivel mundial y también en España, ha comenzado la ola de ERTES buena parte de los sectores económicos. Ante la oleada de despidos, cuáles son las 10 cuestiones que más preocupan a los trabajadores y estas son las respuestas de Juan Carlos Vázquez y Cristina Redondo de Raíz Abogados.

1.- ¿Me pueden despedir temporalmente?

No. El despido no puede ser temporal pues supone la extinción del vínculo laboral. Puede suspenderse el contrato temporalmente, cesando las recíprocas obligaciones de prestación de servicios y pago de salario.

2.- Trabajando desde casa, ¿se modifica el salario y el resto de los derechos del trabajador?

No, se gozan de los mismos derechos y se tienen las mismas obligaciones. Podrían verse afectados pluses que suponen una indemnización al trabajador por los gastos que asume al acudir al centro de trabajo. Por ejemplo, plus de transporte.

3.- ¿Mi empresa me da a elegir entre ERTE o 15 días de Vacaciones?

Las vacaciones se consumen, pero te garantizan cobrar el salario al 100% y evitar los trámites de alta en prestaciones por desempleo. Sin embargo, si la medida supera los 15 días previstos, los trabajadores que se encuentren de vacaciones tendrán la nueva contingencia de elegir o ir al ERTE de manera imperativa. En cambio, en el ERTE se percibiría, quien tuviera derecho a ello, prestaciones calculadas al 70% de la base reguladora, incorporándose a la empresa en las
circunstancias anteriores una vez superada la situación.

4.- ¿Qué implica un ERTE? ¿Qué garantías tengo como trabajador?

Un ERTE es una suspensión temporal de empleo que obedece a una causa justificada. Ello implica que, estando viva la relación laboral (ya que solo está en suspenso), permite acudir al desempleo (si reúnes los requisitos para percibir dichas prestaciones), por lo que pasarás a cobrar el 70% de la base reguladora y te garantiza el mantener el 100% de la cotización por la empresa.

5.- ¿Tengo que teletrabajar si estoy en cuarentena?

No. Es evidente que, si estás en cuarentena, percibirías prestaciones por incapacidad temporal por contingencias profesionales, por lo que cobrarás el 100% de tu base reguladora. No te paga la empresa, te paga la Tesorería de la Seguridad Social. Además, hasta ahora el teletrabajo es voluntario por lo que puedes aceptar o negarte a efectuarlo.

6.- ¿Tiene el trabajador derecho a desempleo? ¿desde cuándo? ¿ERES, ERTE, FUERZA MAYOR?

En los EREs y ERTEs por causa económica, organizativa o productiva, desde que se concluye el expediente, el empresario adopta la medida y lo notifica al trabajador, momento en el que se da la situación legal de desempleo. En los casos de fuerza mayor, cuando se constata por la autoridad laboral y el empresario decide con fecha de efectos retroactivos, desde esa fecha.

7.- ¿Qué tengo que hacer para solicitar prestaciones por desempleo por un ERTE?

Por las circunstancias sobrevenidas, será tramitada de oficio la inscripción como demandante de empleo a todas las personas que la Dirección General de Trabajo informen que se encuentran en un ERTE. De todo ello serás informado por correo electrónico.

8.- ¿Puedo negarme a asistir al puesto de trabajo si tengo miedo al contagio?

De ninguna manera. Si un trabajador no asiste al puesto de trabajo sin causa justificada (siendo que el miedo no se considera como tal), puede ser considerado como “falta de asistencia” y ello ser objeto de que la empresa haga uso de su potestad disciplinaria, a través de sanciones, suspensión de empleo y sueldo, despido…

9.- ¿Se consume paro mientras dure el ERTE?

Sí, hasta el momento el paro se consume por cada día de suspensión. No obstante, las organizaciones empresariales y sindicales, dentro de las medidas socio económicas propuestas al Gobierno para hacer frente a la situación del coronavirus, plantean que los periodos de desempleo consumidos durante esta suspensión no se tengan en cuenta respecto de futuras prestaciones por desempleo: “contador a cero”.

10.- ¿Es causa suficiente la crisis del coronavirus para justificar un despido?

No, por ahora. Han pasado dos días desde la declaración del estado de alarma por Decreto. Por ahora, es causa clara de suspensión de contratos por fuerza mayor para las actividades y negocios determinados claramente por el Decreto que declara el estado de alarma, y que cesan o se cierran. Si la situación se alarga y entramos en una crisis económica que empiece a ser estructural, será causa no solo para suspender los contratos, sino también para extinguirlos.

La rápida expansión a nivel mundial del coronavirus ha provocado que Gobiernos de todo el mundo hayan tomado medidas para frenar el avance de la enfermedad que va tener un efecto devastador para las economías, las empresas y los ciudadanos. La UE ya habla abiertamente de que la enfermedad va a arrastrar al viejo continente a la recesión este año, mientras que a nivel mundial y también en España, ha comenzado la ola de ERTES buena parte de los sectores económicos. Ante la oleada de despidos, cuáles son las 10 cuestiones que más preocupan a los trabajadores y estas son las respuestas de Juan Carlos Vázquez y Cristina Redondo de Raíz Abogados.

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