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Ence cae en bolsa después de que el TS confirme que seguirá en la fábrica de Pontevedra
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Seguirá hasta 2073

Ence cae en bolsa después de que el TS confirme que seguirá en la fábrica de Pontevedra

El Supremo ha acordado que "no ha lugar" a la nulidad de la sentencia que el pasado mes de febrero avaló la legalidad de la prórroga

Foto: La fábrica de Ence en Pontevedra. (EFE/Salvador Sas)
La fábrica de Ence en Pontevedra. (EFE/Salvador Sas)

El Tribunal Supremo ha rechazado los dos incidentes de nulidad presentados por el Ayuntamiento de Pontevedra y la Abogacía del Estado contra la sentencia que avaló la continuidad de la fábrica de Ence en Pontevedra. Tras conocerse esta decisión, las acciones de la compañía llegaron a subir alrededor de un 3,2% en bolsa, pero se atasca en bolsa al cierre y pierde 0,07%.

La sección quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha acordado que "no ha lugar" a la nulidad de la sentencia que el pasado mes de febrero avaló la legalidad de la prórroga otorgada a la empresa pastera para ocupar terrenos de dominio público marítimo-terrestre hasta 2073.

Tanto el Estado como el Ayuntamiento pretendían con estos incidentes de nulidad que la sentencia regresase a la Audiencia Nacional, que anuló la prórroga, para que examinase, "con total libertad de criterio", el resto de los motivos de impugnación aducidos en sus demandas.

Entendían que el Alto Tribunal solo examinó el primero de ellos, que la prórroga concedida en 2016 por el Gobierno en funciones de Mariano Rajoy incumplía la Ley de Costas y que el resto de los argumentos esgrimidos por los recurrentes "quedaron imprejuzgados".

Esto, según añadían, vulneraba el artículo 24.1. de la Constitución, que establece que "todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión".

Foto: Fábrica de Ence en Pontevedra. (EFE/Salvador Sas)

El Supremo admitió a trámite los incidentes de nulidad presentados, pero, tras revisarlos, los ha desestimado, según consta en la resolución. El tribunal recuerda que no cabe acudir al incidente de nulidad para prolongar el debate procesal, "a modo de una tercera instancia", sino que es un incidente extraordinario que pretende corregir una vulneración de derechos fundamentales sin necesidad de acudir al recurso de amparo.

En este caso en concreto, señalan los magistrados, se pide la nulidad de la sentencia centrándose en el allanamiento de la Administración y que esta no examina la legalidad de la resolución impugnada a la vista de lo establecido en el derecho comunitario. Pero el Supremo ha rechazado ambos argumentos y, además, les impone a los recurrentes las costas de este procedimiento, valoradas en unos 300 euros para cada uno.

El Tribunal Supremo ha rechazado los dos incidentes de nulidad presentados por el Ayuntamiento de Pontevedra y la Abogacía del Estado contra la sentencia que avaló la continuidad de la fábrica de Ence en Pontevedra. Tras conocerse esta decisión, las acciones de la compañía llegaron a subir alrededor de un 3,2% en bolsa, pero se atasca en bolsa al cierre y pierde 0,07%.

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