Es noticia
Garzón impide la suspensión de actividades de ANV porque “perturbaría gravemente la investigación”
  1. España

Garzón impide la suspensión de actividades de ANV porque “perturbaría gravemente la investigación”

Pelea por los informes policiales del partido Acción Nacionalista Vasca (ANV). En la mañana de ayer, la sección cuarta de la Sala de lo Penal de

Foto: Garzón impide la suspensión de actividades de ANV porque “perturbaría gravemente la investigación”
Garzón impide la suspensión de actividades de ANV porque “perturbaría gravemente la investigación”

Pelea por los informes policiales del partido Acción Nacionalista Vasca (ANV). En la mañana de ayer, la sección cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional recriminó al juzgado de Instrucción número 5, regentado por Baltasar Garzón, que rechazara el pasado 28 de abril la suspensión de actividades de ANV sin haber celebrado la correspondiente vista oral para decidirlo ni haber trasladado a las partes los informes policiales sobre la presunta relación entre esta formación y Batasuna-ETA. Horas después, Garzón se despachaba con un Auto negando la necesidad de dicha vista oral y escudándose en que celebrar ahora una vista para decidir si suspender o no las actividades de ANV “perturbaría gravísimamente el resultado de la investigación”.

Según el Auto de la sección cuarta de la Sala de lo Penal, presidida por Fernando Bermúdez de la Fuente, Garzón se negó a suspender las actividades de ANV en contestación a un escrito del 13 de abril de 2007 de la Asociación Dignidad y Justicia y la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT). Sin embargo, esta respuesta no se correspondía con lo solicitado, ya que dichas agrupaciones lo que pedían entonces era simplemente la apertura de una investigación policial sobre esta partido político por su posible relación con la ilegalizada Batasuna.

Esta actitud incongruente se conoce con la fórmula de extra petitum y, según la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, incurre en la denegación de tutela judicial. Por ello, Bermúdez de la Fuente insta a Garzón a resolver esta cuestión paralizando sus actuaciones y dando cuenta a las partes (Fiscalía, AVT y Asociación Dignidad y Justicia) de los informes policiales y demás pruebas existentes sobre ANV para que puedan efectuar las alegaciones pertinentes.

Fuentes cercanas a Garzón, citadas por la agencia Efe, señalaron por su parte que el 30 de abril, dos días después de que se emitiera el auto recurrido, los informes policiales se pusieron a disposición de las partes y desde entonces y hasta el 25 de junio, fecha en la que la AVT y Dignidad y Justicia recurrieron ante la Sala, estas asociaciones no pidieron ninguna diligencia con respecto a los mismos. Por su parte, La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha recurrido en súplica la resolución de la sección cuarta solicitando que ésta quede sin efecto, al entender que el juez instructor actuó debidamente.

Las explicaciones de Garzón

Baltasar Garzón entiende que si en el momento en que se dictaron los autos recurridos no procedía celebrar la vista para dar cuenta a las partes, “en este momento debe mantenerse esta afirmación, por cuanto las diligencias acordadas y que están pendientes, son precisamente las que determinan si procede o no convocar una comparecencia entonces extemporánea como la propia petición”. Explica además que la celebración de la vista resulta “imprescindible” en el caso que deba adoptarse alguna de las medidas que prevé el Código Penal -la suspensión de actividades-, pero “no lo es en el caso contrario, como aquí acontece”.

Sobre todo “cuando existen múltiples diligencias acordadas para determinar la realidad que hoy día no se ha logrado demostrar”, esto es, la vinculación de ANV con ETA. Todo ello, dice Garzón, a pesar de que las partes examinaron “prácticamente a diario” los informes policiales que solicitaron sobre ANV, que se incorporaron a la causa el 27 de abril, hasta que se decretó el secreto de la causa, el pasado 25 de junio.

El juez, que anuncia que cuando se alce el secreto dará traslado de los últimos informes recabados, considera que entonces la AVT y Dignidad y Justicia pudieron pedir alguna ampliación de esos informes, pero no lo hicieron, “lo cual demuestra la aquiescencia con el contenido de los mismos”.

Pelea por los informes policiales del partido Acción Nacionalista Vasca (ANV). En la mañana de ayer, la sección cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional recriminó al juzgado de Instrucción número 5, regentado por Baltasar Garzón, que rechazara el pasado 28 de abril la suspensión de actividades de ANV sin haber celebrado la correspondiente vista oral para decidirlo ni haber trasladado a las partes los informes policiales sobre la presunta relación entre esta formación y Batasuna-ETA. Horas después, Garzón se despachaba con un Auto negando la necesidad de dicha vista oral y escudándose en que celebrar ahora una vista para decidir si suspender o no las actividades de ANV “perturbaría gravísimamente el resultado de la investigación”.

Baltasar Garzón