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Revés del TS a Garzón: desestima suspender las actividades del PCTV en virtud del pluralismo político
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Revés del TS a Garzón: desestima suspender las actividades del PCTV en virtud del pluralismo político

La ‘Sala del 61’ del Tribunal Supremo desestimó este lunes suspender las actividades del Partido Comunista de las Tierras Vascas (PCTV), tal y como pedían el

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Revés del TS a Garzón: desestima suspender las actividades del PCTV en virtud del pluralismo político

La ‘Sala del 61’ del Tribunal Supremo desestimó este lunes suspender las actividades del Partido Comunista de las Tierras Vascas (PCTV), tal y como pedían el Ministerio Fiscal y la Abogacía del Estado por su presunta vinculación con la trama Batasuna-ETA. El Alto Tribunal explicó en un auto, en primer lugar, que esta formación ya está suspendida “y por un tiempo considerable” por la causa abierta en la Audiencia Nacional por el juez Baltasar Garzón y, en segundo lugar, porque deber primar el principio constitucional del pluralismo político. No obstante, debido a las pruebas aportadas a la causa, el Supremo sí entiende la necesidad de retirar momentáneamente todo tipo de subvenciones públicas.

Pese a desestimar la suspensión de las actividades del PCTV, así como la del embargo de sus sedes y activos financieros, el Supremo se cuidó de aclarar la legalidad de simultanear las dos vías abiertas para anular a los partidos sospechosos de estar vinculados con ETA, es decir, a través de la Ley de Partidos (Sala del 61) y a través de la vía penal (Garzón).

En cuanto a las pruebas aportadas por la Fiscalía y la Abogacía del Estado, el Supremo considera que tanto la naturaleza política del PCTV como las conexiones económico- financieras apuntan a su relación con Batasuna. Tanto es así que: “Si las conductas descritas quedan definitivamente probadas en el proceso pueden terminar en la ilegalización y disolución del partido demandado”.

Sin embargo, la Sala estima que no es sufidiente para suspender las actividades del partido por “la preponderancia del valor del pluralismo político establecido por la Constitución”. “No sería proporcional ni adecuado” y es innecesario “para asegurar la eficacia de la sentencia que pueda ser dictada en este proceso”. Por idénticas razones, “no se embargarán las cuentas corrientes, depósitos y demás activos financieros como tampoco el cierre de locales ni sedes sociales”.

Financiación pública

La situación es diferente con respecto a la consideración de retirar toda financiación pública “porque el pluralismo político no alcanza a garantizar la financiación pública de partido políticos que, como el PCTV, hayan sido considerados en el trámite de una causa criminal”, como es la vinculación “al complejo terrorista liderado por ETA, a través de Batasuna”. Por otra parte, el Supremo recordó al Ministerio Fiscal que instar a que el PCTV no concurra a las elecciones generales es absurdo puesto que esta formación “no ha presentado candidaturas y ha transcurrido el plazo correspondiente”.

Con respecto a las alegaciones de la parte demandada, el Supremo recordó a los representantes legales del PCTV que el hecho de que el Ministerio Fiscal y la Abogacía del Estado hayan tardado en argumentar la causa de ilegalización no significa que hayan “consentido sus actividades”, justificando así que en la causa abierta por Garzón se estén manejando informes de 2005.

La ‘Sala del 61’ del Tribunal Supremo desestimó este lunes suspender las actividades del Partido Comunista de las Tierras Vascas (PCTV), tal y como pedían el Ministerio Fiscal y la Abogacía del Estado por su presunta vinculación con la trama Batasuna-ETA. El Alto Tribunal explicó en un auto, en primer lugar, que esta formación ya está suspendida “y por un tiempo considerable” por la causa abierta en la Audiencia Nacional por el juez Baltasar Garzón y, en segundo lugar, porque deber primar el principio constitucional del pluralismo político. No obstante, debido a las pruebas aportadas a la causa, el Supremo sí entiende la necesidad de retirar momentáneamente todo tipo de subvenciones públicas.