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El Gobierno utiliza el Constitucional para vetar una ley que desarrolla el Estatuto de Valencia
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El Gobierno utiliza el Constitucional para vetar una ley que desarrolla el Estatuto de Valencia

 Serafín Castellano / Efe.El Gobierno veta y la ley queda suspendida. Una facultad recogida en la Constitución Española, concretamente en el artículo 162, tal y como

El Gobierno veta y la ley queda suspendida. Una facultad recogida en la Constitución Española, concretamente en el artículo 162, tal y como recuerda minuciosamente el Tribunal Constitucional en la nota informativa en la que se comunica la suspensión de la Ley de Régimen Económico Matrimonial de la Comunidad Valenciana tras la admisión a trámite del recurso de inconstitucionalidad presentado por el Ejecutivo. La impugnación de la norma valenciana ya se anunció en un Consejo de Ministros en diciembre de 2007, pero no ha sido hasta esta mañana cuando el Alto Tribunal lo ha hecho efectivo, justo una semana antes de la entrada en vigor de la citada ley.

La ley de Camps fue aprobada por las Cortes Valencianas con los votos a favor del PP y de EU-Entesa, y en contra del PSPV-PSOE. El Gobierno entiende que algunos de sus aspectos son inconstitucionales porque las instituciones reguladas en materia de régimen económico matrimonial carecen de antecedentes en el ámbito de la legislación autonómica civil de Valencia, algo que la comunidad levantina niega amparándose en el nuevo Estatuto autonómico que recupera fueros que datan de 1707.

Los artículos sobre los que el Gobierno ha manifestado sus discrepancias se refieren a distintos aspectos relacionados con el régimen legal de separación de bienes, un régimen que recupera la ley valenciana para los matrimonios de esta autonomía, y con la carta de nupcias o capitulaciones matrimoniales. Asimismo, el Gobierno cuestiona algunos apartados relacionados con la germanía (figura foral que implica que los cónyuges pueden pactar que determinados bienes sean gananciales) y con las reglas para la compensación del trabajo doméstico y asimilados.

Incongruencias

Ante la inminencia de la suspensión de la Ley, el conseller de Gobernación, Serafín Castellano ya había anunciado que lucharía ante la revalidada ministra de Administraciones Públicas Elena Salgado la retirada del recursos de inconstitucionalidad contra la ley de Régimen Económico Matrimonial Valenciano. En opinión de Castellano, el recurso contra una ley que desarrolla un aspecto contenido en el nuevo Estatuto de Autonomía valenciano y que debía entrar en vigor el próximo 25 de abril, responde más a "una cuestión política que jurídica".

Castellano ha recordado además que ésta es la segunda vez que un Gobierno socialista recurre la legislación foral valenciano, pues ya lo hizo así en 1985 con la norma referida a los arrendamientos históricos valencianos. Además, calificó de "despropósito" y "sinsentido" que los socialistas apoyaran la reforma estatutaria, que da a esta Comunidad "la competencia exclusiva para defender al cien por cien el Derecho foral", y luego a la hora de desarrollarlo lo recurran.

El Gobierno veta y la ley queda suspendida. Una facultad recogida en la Constitución Española, concretamente en el artículo 162, tal y como recuerda minuciosamente el Tribunal Constitucional en la nota informativa en la que se comunica la suspensión de la Ley de Régimen Económico Matrimonial de la Comunidad Valenciana tras la admisión a trámite del recurso de inconstitucionalidad presentado por el Ejecutivo. La impugnación de la norma valenciana ya se anunció en un Consejo de Ministros en diciembre de 2007, pero no ha sido hasta esta mañana cuando el Alto Tribunal lo ha hecho efectivo, justo una semana antes de la entrada en vigor de la citada ley.