Defensa rebaja la altura mínima: las mujeres que midan 1,55 podrán entrar en el ejército
Con esta decisión se evita la discriminación que suponía fijar las mismas alturas para mujeres y hombres al ser diferente la estatura media, por sexo, de la población española
El Ministerio de Defensa ha acabado con la discriminación existente en el acceso a las diferentes Escalas y Cuerpos de las Fuerzas Armadas al modificar la altura mínima requerida en las convocatorias. Hasta ahora estaba fijada en 160 centímetros tanto para hombres como para mujeres, aunque desde hoy esa cifra se reduce hasta los 155 centímetros en el caso de las aspirantes femeninas.
Esta medida es producto de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 18 de octubre de 2017, en contra de que se estableciera una estatura mínima común para ambos sexos, lo que bloqueaba el acceso a las Fuerzas Armadas al 45 por ciento de las mujeres españolas.
Con esta decisión se igualan los requisitos de talla mínima en todos los procesos de selección, con independencia de si se accede a las escalas de oficiales, suboficiales o a la de tropa y marinería. También se evita que puedan existir requisitos distintos de estatura dependiendo si se ingresa mediante acceso directo o por promoción.
Defensa quiere mantener unas tallas mínimas que son similares a las de los países de nuestro entorno que permitan obtener la calidad física necesaria, compatible con las exigencias operativas de las Fuerzas Armadas españolas.
La decisión recoge una petición de la Comisión de Defensa del Congreso. El diputado Félix Alonso asegura que con esta medida se responde a la idea de que hay que suprimir este tipo de barreras porque "necesitamos mucho cerebro y poco músculo".
También se unifican los tatuajes
Defensa también unificará los criterios en cuanto a los tatuajes, incluyendo en las convocatorias este texto: "Tampoco son permitidos los tatuajes, argollas, espigas e inserciones, automutilaciones o similares, que sean visibles vistiendo las prendas comunes para el personal masculino y femenino de los diferentes tipos de uniformes de las Fuerzas Armadas, en sus distintas modalidades".
Esta precisión supone que las mujeres podrán tener tatuajes que no sean visibles con el uniforme con pantalón (de uso común para hombres y mujeres), aunque lo sean con el de falda.
Se evitan así casos como el de una participante en unas pruebas de selección para un cuerpo militar, que fue rechazada por lucir un tatuaje en el empeine, que solo era visible cuando utilizaba el uniforme en su versión femenina, con falda.
El Ministerio de Defensa ha acabado con la discriminación existente en el acceso a las diferentes Escalas y Cuerpos de las Fuerzas Armadas al modificar la altura mínima requerida en las convocatorias. Hasta ahora estaba fijada en 160 centímetros tanto para hombres como para mujeres, aunque desde hoy esa cifra se reduce hasta los 155 centímetros en el caso de las aspirantes femeninas.