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Igualdad corrige su borrador para evitar la bajada de penas en casos como la Manada
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SUBE LA PENA DE 10 A 12 AÑOS

Igualdad corrige su borrador para evitar la bajada de penas en casos como la Manada

También ha solventado la previsión que aparecía en el borrador para acreditar la situación de víctima de violencia sexual y tener así acceso, por ejemplo, a ayudas económicas

Foto: Manifestación del 8-M en Madrid.
Manifestación del 8-M en Madrid.

El Ministerio de Igualdad ha corregido el borrador del anteproyecto de Ley de Libertades Sexuales para elevar las penas en casos de agresión grupal. El texto definitivo [aquí en PDF], publicado este lunes en la web del departamento, cuenta con numerosos cambios con respecto a versiones que se manejaban a finales de febrero y que, según destaca el despartamento, funcionaron como documentos de trabajo que fueron evolucionando en un trabajo diario. Una de las modificaciones más revelantes es la que afecta a los delitos sexuales cometidos por dos o más personas. La anterior redacción propiciaba la revisión a la baja de penas como la impuesta a los miembros de la Manada, como adelantó El Confidencial. En la nueva, se eleva dos años el arco penal, que pasa de un máximo de 10 a un máximo de 12 en un intento de evitarlo.

De este modo, el texto publicado -en el que se han atendido, pese a las críticas e incluso acusaciones de "machismo", advertencias técnicas como las señaladas por Justicia- indica que se castigará con pena de prisión de siete a 12 años "cuando los hechos se cometan por la actuación conjunta de dos o más personas". Incluye además en estas agravantes que la agresión sexual vaya precedida o acompañada de una violencia de extrema gravedad, cuando la víctima sea especialmente vulnerable o cuando sea o haya sido esposa o mujer del agresor, entre otras agravantes. "Si concurrieren dos o más de las anteriores circunstancias, las penas respectivamente previstas" en el apartado "se impondrán en su mitad superior, pudiendo llegarse a la mitad inferior de la pena superior en grado", agrega.

Foto: Juan Carlos Campo, ministro de Justicia, e Irene Montero, ministra de Igualdad. (EFE)

Sin embargo, la redacción cerrada por Igualdad el 26 de febrero no indicaba esto. Incorporaba un término ahora eliminado, "agresión sexual grupal", que se castigaba con penas de siete a 10 años. La redacción propiciaba la revisión de condenas ya dictadas, como la de la violación de una joven en los Sanfermines o la de los futbolistas del Arandina, que ahora trata de solventarse con la corrección.

No se trata del único cambio. Igualdad también ha solventado la previsión que aparecía en el borrador para acreditar la situación de víctima de violencia sexual y tener así acceso, por ejemplo, a ayudas económicas. En la primera redacción, se leía: "Podrán utilizarse como acreditación de la violencia sexual para acceder a los derechos del mencionado, documentos tales como la certificación o informe de servicios sociales o sanitarios, sin que sea necesario un documento de índole judicial. Asimismo, se garantiza el acceso a los derechos a todas las víctimas de violencias sexuales, sin discriminación alguna por motivo de su situación administrativa".

Foto: Las ministras de Hacienda e Igualdad, María Jesús Montero (i) e Irene Montero (d), durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. (EFE)

En el texto publicado, se echa marcha atrás con la acreditación judicial. Ahora indica: "Contempla como títulos habilitantes, además de la orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima, o bien por el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencias sexuales, los informes de los servicios sociales, de los servicios especializados, de los servicios de acogida destinados a víctimas de violencias sexuales de la Administración Pública competentes, de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social, en los casos objeto de actuación inspectora. Asimismo, se garantiza el acceso a los derechos a todas las víctimas de violencias sexuales, sin discriminación alguna por motivo de su situación administrativa".

El consentimiento

Curiosamente, el primero de los textos ahora modificado no incluía esa noción del consentimiento que se vendió incluso desde la denominación de la futura ley, que fue bautizada desde el Ejecutivo como del 'solo sí es sí'. Ahora ha sido cuando se ha introducido con este textual: "Se entenderá que no existe consentimiento cuando la víctima no haya manifestado libremente por actos exteriores, concluyentes e inequívocos conforme a las circunstancias concurrentes, su voluntad expresa de participar en el acto".

Foto: Dirigentes del PSOE, durante la manifestación feminista del pasado 8-M en Madrid. (Eva Ercolanese)

De un borrador de 77 páginas se pasa ahora a un texto de 69 [en PDF] en el que ya no figuran una de las disposiciones transitorias, que pasa a ser única, ni una de las disposiciones finales originales, que se cambian de 23 a 22. La que se ha eliminado afecta a la comunicación audiovisual e indicaba que "nunca podrá incitar al odio o a la discriminación por razón de género o cualquier circunstancia personal o social y debe ser respetuosa con la dignidad humana y los valores constitucionales, con especial atención a la erradicación de conductas favorecedoras de situaciones de desigualdad de las mujeres o que inciten a la violencia sexual o de género".

El Ministerio de Igualdad ha corregido el borrador del anteproyecto de Ley de Libertades Sexuales para elevar las penas en casos de agresión grupal. El texto definitivo [aquí en PDF], publicado este lunes en la web del departamento, cuenta con numerosos cambios con respecto a versiones que se manejaban a finales de febrero y que, según destaca el despartamento, funcionaron como documentos de trabajo que fueron evolucionando en un trabajo diario. Una de las modificaciones más revelantes es la que afecta a los delitos sexuales cometidos por dos o más personas. La anterior redacción propiciaba la revisión a la baja de penas como la impuesta a los miembros de la Manada, como adelantó El Confidencial. En la nueva, se eleva dos años el arco penal, que pasa de un máximo de 10 a un máximo de 12 en un intento de evitarlo.

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