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Sánchez va al choque con la JEC y recurre la multa por hacer campaña en Moncloa
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CELAÁ TAMBIÉN PONE UN CONTENCIOSO

Sánchez va al choque con la JEC y recurre la multa por hacer campaña en Moncloa

Los partidos están en plena renovación del organismo y el lunes tienen su comparecencia ante el Congreso los catedráticos propuestos por los partidos

Foto: Pedro Sánchez, durante la entrevista en cuestión. (Moncloa)
Pedro Sánchez, durante la entrevista en cuestión. (Moncloa)

El Tribunal Supremo va a tener que dirimir un contencioso sin precedentes entre dos instituciones del Estado. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y la ministra Isabel Celaá han recurrido la multa que les impuso la Junta Electoral Central (JEC) por usar Moncloa para hacer campaña electoral. Según fuentes conocedoras del procedimiento, la JEC, compuesta en su mayoría por magistrados del propio Supremo, ya se ha personado en la causa. Sánchez usa como precedente a su favor un caso de una entrevista a Inés Arrimadas en el 'ABC' que está pendiente de sentencia del Constitucional.

El pasado mes de enero, la JEC sancionó a Sánchez con 500 euros y a Celaá con 2.200. Consideraba probado que, como denunció el PP, el presidente había usado el Palacio de la Moncloa en campaña electoral al conceder desde allí una entrevista a La Sexta. La ley electoral prohíbe, "desde la convocatoria de las elecciones hasta la celebración de las mismas, cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos por las autoridades públicas".

Foto: Pedro Sánchez, durante su entrevista en 'Al rojo vivo' el pasado 19 de septiembre. (Borja Puig de la Bellacasa | Moncloa)

La JEC consideró que Sánchez, "en el ejercicio de sus responsabilidades como presidente del Gobierno en funciones, incurrió en la infracción tipificada en el artículo 153.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, por la realización y difusión de la entrevista de referencia, aprovechando los medios públicos de que disponía, en su condición de presidente del Gobierno en funciones" y que con eso provocó "el consiguiente quebrantamiento del principio de neutralidad que todo poder público debe respetar durante el proceso electoral". La ley prevé multas de entre 300 y 3.000 euros para estos casos. Aunque el instructor proponía 2.800 euros, en el tramo más alto, esta quedó rebajada al tramo inferior tras la discusión entre los vocales.

Moncloa alegó que no solo Sánchez participó en la gestación de la entrevista y que otros presidentes habían hecho lo mismo, pero la JEC no atendió a sus razones. Lo hizo dividida, porque los vocales propuestos por PSOE y Podemos se opusieron. Pero la mayoría tomó en consideración que el organismo encargado de velar por las elecciones había apercibido a Sánchez y a todos sus ministros de que dejaran de usar Moncloa para lanzar consignas electorales y esa fue la gota que colmó el vaso.

placeholder Isabel Celaá y Pedro Sánchez. (EFE)
Isabel Celaá y Pedro Sánchez. (EFE)

Además, sancionó por unanimidad a la entonces portavoz del Gobierno, Isabel Celaá, con 2.200 euros por valorar los datos del paro desde la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros con un tinte electoralista. "Vamos a seguir trabajando para conseguir que este país tenga el Gobierno fuerte que se merece, un Gobierno que sabe trabajar en equipo y que aspira a conseguir la estabilidad que el país necesita". La JEC está compuesta por ocho magistrados del Supremo elegidos por sorteo y cinco catedráticos propuestos por los partidos.

La multa la tienen que pagar los afectados de su bolsillo, pero ambos han planteado un contencioso ante el Supremo. La decisión ya fue muy criticada por los socialistas y ahora su máximo dirigente va a título personal contra la decisión de la JEC. Alegan, entre otras cosas, que el propio Supremo dudó el pasado mes de mayo de la constitucionalidad de la ley electoral usada para sancionar a Sánchez.

El caso que tiene que revisar el Constitucional es el de una entrevista con Inés Arrimadas en 'ABC' en una jornada de reflexión. El diario de Vocento fue sancionado con 1.000 euros por la publicación un día antes de las elecciones catalanas y recurrió. Al llegar el caso al Supremo, el propio tribunal consultó al TC antes de tomar una decisión. Si finalmente ese artículo de la ley electoral es declarado inconstitucional, la JEC se quedaría 'de facto' sin capacidad para sancionar.

Con el multipartidismo y el último ciclo electoral, la JEC cobró un protagonismo sin precedentes. Marcó la campaña de las generales de abril de 2019 al vetar el debate con Vox que quería Pedro Sánchez y denunció a Quim Torra por desobediencia en un caso que está a punto de costarle el cargo. Ahora, quien carga contra sus decisiones es el presidente del Gobierno.

Los partidos están en plena renovación del organismo y el lunes tienen su comparecencia ante el Congreso los catedráticos propuestos por los partidos. Como se hace según la relación de fuerzas en el Congreso, en esta ocasión entra uno designado por Vox y sale el de Ciudadanos.

El Tribunal Supremo va a tener que dirimir un contencioso sin precedentes entre dos instituciones del Estado. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y la ministra Isabel Celaá han recurrido la multa que les impuso la Junta Electoral Central (JEC) por usar Moncloa para hacer campaña electoral. Según fuentes conocedoras del procedimiento, la JEC, compuesta en su mayoría por magistrados del propio Supremo, ya se ha personado en la causa. Sánchez usa como precedente a su favor un caso de una entrevista a Inés Arrimadas en el 'ABC' que está pendiente de sentencia del Constitucional.

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