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Intentó alertar a la enfermera y el timbre no funcionó: recibe 600.000€ por las lesiones
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CONDENA A LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

Intentó alertar a la enfermera y el timbre no funcionó: recibe 600.000€ por las lesiones

La Consejería de Sanidad, condenada a abonar una indemnización a una mujer que, en el hospital, tardó en ser atendida por una parada cardiorrespiratoria y padece graves secuelas

Foto: El llamador de una cama de un hospital. (Pixabay)
El llamador de una cama de un hospital. (Pixabay)

El Tribunal Superior de Castilla y León (TSJCyL) ha condenado a la Consejería de Sanidad de dicha comunidad a indemnizar con 600.000 euros a una paciente del Hospital Río Hortega de Valladolid, que, en julio de 2016, en su habitación, entró en parada cardiorrespiratoria y el timbre con el que su cuidadora trató de avisar a las enfermeras del centro sanitario no funcionó.

La paciente, de 62 años entonces, sufrió este paro a raíz de un tapón mucoso que bloqueó su cánula de traqueotomía. Desasistida durante unos 40 minutos y solo acompañada por una mujer contratada por su familia que la cuidaba de noche y que trató de localizar a algún responsable médico, acabó sufriendo lesiones neurológicas y hoy es altamente dependiente y necesita una silla de ruedas con sujeción.

La demandante, asistida por el abogado Santiago Díez, de la asociación Defensor del Paciente, pedía más de 1,6 millones de euros por los "gravísimos daños", al incluir las obras de adecuación de su vivienda y los gastos de rehabilitación, pero la Sala de lo Contencioso del TSJCyL solo ha estimado parte de su petición. Tras los hechos, la paciente tuvo que permanecer en una unidad de cuidados intensivos hasta el día 27 y, posteriormente, sufrió "trastornos de equilibrio", que le impedían ponerse en pie, según detalla un informe médico. Secuelas, además de movimientos involuntarios de las extremidades, que aún mantiene.

Foto: Una mujer, llevando la mascarilla por debajo de la nariz. (iStock)

De acuerdo con el relato de los hechos, fue la acompañante de la enferma quien, de madrugada, al no encontrar ningún sanitario en el mostrador de la planta —área a la que sí llegan los avisos luminosos de los enfermos—, alertó al 112 desde dentro del propio hospital, lo que para los jueces demuestra "su grado de desesperación ante su búsqueda infructuosa de auxilio", tras haber salido "hasta 14 veces" de la habitación. "Está acreditado —recoge la sentencia— que no había personal del hospital en el puesto de control [mostrador]" y recalca que la luz de aviso "solo es visible desde este punto y desde los pasillos, no en la sala de descanso [donde se encontraban el personal médico]", donde sí se reciben las señales acústicas que también genera el llamador.

Es por ello que el tribunal apunta a un "fallo técnico" del aparato. "Existen fundadas sospechas de que no funcionó" y no emitió el ruido que sí habrían escuchado los enfermeros.

Una "temprana" asistencia habría "eliminado o disminuido" las secuelas

Una "temprana" asistencia habría, a juicio del TSJCyL, "eliminado o disminuido" las secuelas que sufrió la mujer. Sobre la retirada de un aerosol a la paciente, algo que hizo su cuidadora, el tribunal dictamina que sí influyó en la creación del tapón, pero las lesiones por las que ha condenado a la Consejería se deben enteramente a la tardanza en auxiliar a la enferma.

Además, la Sala reprocha que la administración del centro sanitario no tuviera una "mayor diligencia" para asistir a los hospitalizados, ya que "constaban" errores previos en los botones de aviso de algunas habitaciones. Del mismo modo, desestima el argumento de las partes demandadas —la Consejería de Sanidad de Castilla y León y la aseguradora del Río Hortega—, que aludían al historial médico de la paciente como agravante de sus heridas. Considera el tribunal que estos antecedentes, además de ser difíciles de cuantificar, "carecen de relevancia" y da por probada, para este caso, "una relación de causalidad entre la defectuosa organización del servicio público sanitario y las secuelas" de la mujer.

Foto: Javier Rodrigo de Santos. (EFE)

Según detalla la asociación Defensor del Paciente en un comunicado, debido a esta "insuficiente" organización, tras el incidente, el servicio de enfermerías se ha modificado, y hoy es obligatoria la presencia de, al menos, una de las enfermeras del turno nocturno en el mostrador donde se reciben las alertas luminosas.

El Tribunal Superior de Castilla y León (TSJCyL) ha condenado a la Consejería de Sanidad de dicha comunidad a indemnizar con 600.000 euros a una paciente del Hospital Río Hortega de Valladolid, que, en julio de 2016, en su habitación, entró en parada cardiorrespiratoria y el timbre con el que su cuidadora trató de avisar a las enfermeras del centro sanitario no funcionó.

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