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Llarena retira la sedición a Puigdemont y le procesa por malversación agravada y desobediencia
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FORZADO POR LA REFORMA DEL GOBIERNO

Llarena retira la sedición a Puigdemont y le procesa por malversación agravada y desobediencia

El magistrado investiga ahora a Puigdemont, Comín y Puig por la nueva malversación agravada que introduce la reforma y que fija penas de hasta 12 años de cárcel

Foto: El expresidente catalán Carles Puigdemont. (EFE)
El expresidente catalán Carles Puigdemont. (EFE)

El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena ya ha aplicado la reforma del Gobierno a Carles Puigdemont. Hasta ahora procesado por sedición y malversación, el magistrado pasa a investigarle por desobediencia y por la nueva malversación agravada que introduce el cambio legislativo. La decisión se extiende a los exconsejeros Antonio Comín y Lluis Puig, mientras que la exconsejera Clara Ponsatí y la secretaria general de ERC, Marta Rovira, ya solo se enfrentan a una condena por desobediencia, que no conlleva cárcel.

La interpretación de Llarena contradice a los líderes del procés ya condenados, que, como adelantó este martes El Confidencial, van a pedir al Supremo su absolución por la entrada en vigor de la reforma. Sus defensas sostienen que el nuevo delito de desórdenes públicos que introduce la misma en ningún caso encaja con los hechos por los que fueron condenados y, desaparecida la sedición, la malversación también debe descartarse: si decae el delito principal, sucede lo mismo con el relacionado.

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Llarena coincide con ellos en que el delito de desórdenes públicos agravados no es aplicable a los hechos del procés, pero apunta entonces a la desobediencia. Aunque este delito no se castiga con cárcel, permite mantener en pie la malversación, que sí conlleva penas de prisión.

La reforma del Gobierno también implica una rebaja en este delito de malversación, pero Llarena considera que estos cambios no afectan a los hechos investigados en el sentido de eliminar o minorar la pena prevista. Según concluye, Puigdemont, Comín y Puig deben ser ahora procesados por la nueva malversación agravada que fija penas de hasta 12 años de cárcel.

La malversación agravada

“La jurisprudencia viene sosteniendo, desde hace más de medio siglo, que el propósito de enriquecimiento no es el único posible para la realización del tipo de los delitos de apropiación", advierte el magistrado a la hora de mantener su procesamiento por malversación. "En particular, el delito de malversación es claro que no puede ser de otra manera, dado que el tipo penal no requiere el enriquecimiento del autor, sino, en todo caso, la disminución ilícita de los caudales públicos o bienes asimilados a éstos”.

Llarena argumenta que, de forma provisional, los hechos por los que se investiga a Puigdemont, Comín y Puig encajarían con la nueva malversación que el Gobierno introduce en el artículo 432 del Código Penal. Este castiga con penas de entre dos y seis años de cárcel a "la autoridad o funcionario público que, con ánimo de lucro, se apropiare o consintiere que un tercero, con igual ánimo, se apropie del patrimonio público que tenga a su cargo".

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En su segundo punto, al que el magistrado apunta de forma directa, establece entonces una versión agravada cuando se produce "un daño o entorpecimiento graves al servicio público" y el perjuicio excede los 250.000 euros. En ese caso, la pena de prisión se puede elevar hasta los 12 años y la de inhabilitación a entre 10 y 20.

"Si el dinero es un instrumento de cambio que permite concretar el contenido de la obligación recíproca de pago en algunas obligaciones onerosas, el ánimo de lucro resulta igualmente apreciable cuando se despoja a la administración de unos fondos públicos para atender obligaciones de pago que corresponden al sujeto activo del delito y que están plenamente desvinculadas del funcionamiento legítimo de la administración", concluye el magistrado para mantener su procesamiento por este delito.

Retira las euroórdenes

En su auto, el magistrado también deja sin efecto las euroórdenes y las órdenes nacionales e internacionales de detención que estaban dictadas contra Puigdemont y los otros cuatro procesados: los exconsejeros Antonio Comín, Lluis Puig y Clara Ponsatí, así como la secretaria general de Esquerra Republicana de Catalunya, Marta Rovira.

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En el caso de los tres primeros, procesados ahora por malversación y desobediencia, acuerda una nueva orden de captura e ingreso en prisión, pero solo a nivel nacional. En lo que se refiere a la emisión de nuevas euroórdenes y órdenes internacionales contra ellos, pospone la decisión hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea resuelva la cuestión prejudicial sobre el procés y, como adelantó este jueves El Confidencial, exigiría reformular las mismas. En el caso de Rovira y Ponsatí, que solo están procesadas por desobediencia y no se enfrentan ya a penas de cárcel, Llarena pide su detención a nivel nacional para tomarles declaración.

La "despenalización" del procés

Llarena destaca en su auto que la reforma del Gobierno dibuja un “contexto cercano a la despenalización” para hechos como los del procés. Por un lado, la sedición no solo "ha visto rebajadas sus penas, sino que se ha derogado y resulta actualmente inexistente". Por otro, los delitos de desórdenes públicos no contemplan "actuaciones como la investigada" y la versión agravada que introduce el Gobierno no sería aplicable "a hechos cometidos con anterioridad a su entrada en vigor".

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Según argumenta el magistrado, la reforma “ha encontrado su génesis" en la propia sentencia del procés, pero esto no quita que Puigdemont y el resto de investigados "desplegaron e impulsaron una desobediencia civil y una insurrección institucional orientada a alterar el orden constitucional sin ninguna llamada a la violencia”. Consecuentemente, el cambio legislativo en ningún caso impide reorientar el procesamiento a otro delito que ya contempla el Código Penal: la desobediencia.

En cuanto al argumento esgrimido por el Gobierno de que la sedición debía derogarse porque los países europeos no contemplan este delito, Llarena se muestra tajante: "Al margen del nomen iuris específico con el que cada Estado criminaliza hechos de similar naturaleza a los que esta Sala declaró probados en su sentencia, su carácter delictivo es incuestionable en todos los países de nuestro entorno, como lo es la relevancia de las penas previstas para comportamientos de esa naturaleza".

El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena ya ha aplicado la reforma del Gobierno a Carles Puigdemont. Hasta ahora procesado por sedición y malversación, el magistrado pasa a investigarle por desobediencia y por la nueva malversación agravada que introduce el cambio legislativo. La decisión se extiende a los exconsejeros Antonio Comín y Lluis Puig, mientras que la exconsejera Clara Ponsatí y la secretaria general de ERC, Marta Rovira, ya solo se enfrentan a una condena por desobediencia, que no conlleva cárcel.

Carles Puigdemont