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La Audiencia Nacional duda ante la UE del control de los jueces sobre la Fiscalía Europea
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Cuestión prejudicial

La Audiencia Nacional duda ante la UE del control de los jueces sobre la Fiscalía Europea

El juez Gadea se dirige al TJUE a la vista de las dificultades que ha encontrado para resolver una impugnación presentada por personas investigadas por este organismo

Foto: Día de Europa en Madrid. (EFE/Comunidad de Madrid)
Día de Europa en Madrid. (EFE/Comunidad de Madrid)

La Fiscalía Europea acaba de nacer hace solo unos meses y su encaje en el sistema judicial español ha comenzado ya a plantear conflictos. Un juez de la Audiencia Nacional acaba de dirigir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea una cuestión prejudicial a la vista de las dificultades que ha encontrado para resolver una impugnación presentada por una persona investigada por este organismo. En España, donde los fiscales aún no instruyen, los jueces actúan exclusivamente como una figura de garantías y no pueden resolver este tipo de cuestiones ante la falta de sustento legal.

La Fiscalía Europea es un órgano independiente de la Unión Europea encargado de investigar los delitos que atenten contra los intereses financieros de la UE y de ejercer la acción penal contra sus autores y llevarlos a juicio, en particular en lo que afecta al fraude, la corrupción y el blanqueo. Comenzó a funcionar el 1 de junio de 2021 y actúa al margen de la Fiscalía General del Estado.

Foto: El llamado Tito Berni, en un burdel. (Cedida)

Los fiscales europeos delegados en los 22 países participantes de la UE se encargan de investigar los delitos y ejercer la acción penal al respecto. Actúan con total independencia de sus autoridades nacionales. Al juez de garantías asignado a una investigación de esta Fiscalía le corresponde exclusivamente autorizar las diligencias de investigación restrictivas de derechos fundamentales, como pueden ser las entradas y registros o la intervención de comunicaciones. También acuerda medidas cautelares respecto de los investigados. Nada más.

A lo largo de 22 páginas, el magistrado Joaquín Gadea explica que esta limitación de funciones excluye del control jurisdiccional diligencias de peso acordadas por el fiscal europeo delegado en el ejercicio de sus facultades. El sistema carece, además, de cualquier relación de equivalencia con las normas procesales nacionales que rigen la impugnación de las resoluciones dictadas por los jueces de instrucción. Cuando los casos se investigan en instrucción, los afectados pueden recurrirlos ante instancias superiores, pero si es la Fiscalía Europea quien investiga, esa capacidad de revisión de sus decisiones queda anulada.

Foto: David Madí, en una fotografía de archivo. (EFE/Toni Albir)

La cuestión prejudicial también duda de si esta forma de proceder atenta contra el derecho a la tutela judicial efectiva que la misma Carta de Derechos Fundamentales de la UE protege y, en definitiva, contra los valores inherentes al Estado de derecho sobre los que se fundamenta la Unión. Impide, defiende, un sistema de control jurisdiccional de los actos de los fiscales europeos delegados, dado que quedan extremadamente limitados los supuestos de impugnación a un número cerrado de supuestos.

En el caso concreto que ha motivado la decisión de consulta del magistrado, la impugnación se encuentra fuera de los contados casos previstos. La investigación concreta trata de averiguar si dos empleados de una empresa española inflaron trabajos para percibir una subvención. La instrucción se llevaba en inicio por un juzgado de Getafe. El conflicto se produjo cuando los sospechosos fueron citados por la Fiscalía como testigos, pese a que existen serias posibilidades de que acaben siendo imputados, a la vista de su posible participación en los hechos.

Foto: El magistrado Pablo Ruz Gutiérrez. (EFE)

El juez asegura que ve afectación en el derecho de defensa debido a que, como testigos, deben jurar o prometer decir todo lo que sepan y están obligados a ser veraces en sus manifestaciones, tanto cuando les pregunte el fiscal como el resto de partes que quieran interrogar. Durante la declaración, el testigo no cuenta, además, con asistencia de un abogado, al no estar prevista esta posibilidad en la ley procesal española.

El magistrado explica que se dirige al TJUE para reclamar aclaraciones de interpretación del derecho de la Unión que puedan serle útiles para determinar los límites del control jurisdiccional por parte del juez de garantías de determinados actos procesales de los fiscales europeos delegados "que pueden producir efectos frente a terceros". El hecho es excepcional, ya que es el primer asunto de esta naturaleza, en España, que se suscita por un juez. La norma es muy reciente y, hasta el momento, se había aplicado desde una óptica estrictamente nacional.

La Fiscalía Europea

Desde el nacimiento de la institución, la delegación de la Fiscalía Europea en España ha abordado casos de repercusión mediática. Hace solo unos días asumió, por ejemplo, la parte del caso Mediador que afecta a la gestión del general retirado de la Guardia Civil Francisco Espinosa con los contratos vinculados al proyecto Gar-Si Sahel. La magistrada instructora acepta y asume la competencia del órgano supranacional.

Foto: Isabel Díaz Ayuso. (EFE/Comunidad de Madrid)

Los fiscales europeos también investigaron durante meses el caso sobre la presunta malversación de fondos europeos en el contrato de suministro de 250.000 mascarillas por 1.512.500 euros del que se benefició Tomás Díaz Ayuso, hermano de la presidenta de la Comunidad de Madrid. La Fiscalía acabó archivando estas pesquisas al concluir que no había indicios suficientes de delito en esa adjudicación.

La Fiscalía Europea acaba de nacer hace solo unos meses y su encaje en el sistema judicial español ha comenzado ya a plantear conflictos. Un juez de la Audiencia Nacional acaba de dirigir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea una cuestión prejudicial a la vista de las dificultades que ha encontrado para resolver una impugnación presentada por una persona investigada por este organismo. En España, donde los fiscales aún no instruyen, los jueces actúan exclusivamente como una figura de garantías y no pueden resolver este tipo de cuestiones ante la falta de sustento legal.

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