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El Supremo cuenta con instrumentos para bloquear una amnistía a Puigdemont
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Cuestión de inconstitucionalidad

El Supremo cuenta con instrumentos para bloquear una amnistía a Puigdemont

Tiene dos vías que paralizarían o detendrían la ejecución efectiva del olvido de los delitos durante el tiempo que tarden en resolverse

Foto: Pedro Sánchez besa a Carles Puigdemont en un grafiti de Barcelona. (Reuters/Albert Gea)
Pedro Sánchez besa a Carles Puigdemont en un grafiti de Barcelona. (Reuters/Albert Gea)
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El Tribunal Supremo tiene en sus manos la posibilidad de bloquear la aplicación de una amnistía a Carles Puigdemont, Oriol Junqueras y el resto de políticos catalanes condenados o investigados por el procés, a través de una doble vía que puede activar en el caso de que se apruebe una norma de este tipo en respuesta a las exigencias del expresident catalán para investir a Pedro Sánchez. El alto tribunal tiene la opción de presentar una cuestión de inconstitucionalidad, que paralizaría o detendría la ejecución efectiva del olvido de los delitos durante el tiempo que tarde en resolverse. También la de acudir a la Justicia europea mediante una cuestión prejudicial.

La primera de las opciones, la cuestión de inconstitucionalidad, es la más evidente, ya que se centra de forma específica en las dudas sobre el ajuste de una norma que amnistíe los delitos cometidos en relación con el proceso de independencia de Cataluña. La propia Constitución —y también la ley que regula la actividad del TC— describe con precisión tanto las condiciones como las consecuencias inmediatas de activar esta vía. La norma señala que un juez o tribunal puede recurrir a este instrumento, incluso de oficio, cuando "considere que una norma con rango de ley aplicable a su caso y de cuya validez dependa el fallo pueda ser contraria a la Constitución".

Foto: El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena. (EFE)

La ley orgánica del TC también señala que la cuestión de inconstitucionalidad originará "la suspensión provisional de las actuaciones en el proceso judicial hasta que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre su admisión". No solo eso, una vez admitida la cuestión, el proceso judicial permanecerá suspendido hasta que el TC "resuelva definitivamente sobre la cuestión". Hay otra precisión legal de relevancia si se aplica al caso de los políticos independentistas: el órgano solo podrá plantear la cuestión una vez cerrado el procedimiento. Adaptado al caso de Puigdemont, esto significaría que el juez Pablo Llarena debería dar por concluida su investigación, que quedaría así en manos de la Sala Segunda del Supremo.

Para acudir al TC, en el que actualmente la mayoría es progresista, se requiere de un escrito motivado en el que es necesario reflejar el precepto constitucional que el tribunal considera infringido y especificar o justificar "en qué medida la decisión del proceso depende de la validez de la norma en cuestión". Se recaba el criterio tanto de la Fiscalía como del resto de partes. En total, solo en el trámite y antes de que la cuestión llegue al Constitucional, el plazo mínimo probable es de un mes. A partir de allí, los tiempos quedarían al criterio del órgano de garantías que preside Cándido Conde-Pumpido. En un tema tan controvertido como la amnistía, plagado de dudas sobre su encaje en la Carta Magna, es extremadamente improbable que se rechace la admisión. Menos aún si procede de un tribunal como el TS.

Foto: Carles Puigdemont. (EFE/EPA/Olivier Matthys)

En unas recientes jornadas celebradas en Burgos, el propio juez Llarena dejó claras sus dudas sobre la constitucionalidad de la amnistía. Aseguró que, a falta de conocer los matices pendientes aún de definir, el primer paso debe ser aclarar si "cabe" en la Constitución y, de ser así, si existe una "finalidad constitucionalmente legítima" para acordarla. El magistrado prevé reactivar la orden europea de detención y entrega de Puigdemont en el momento en que confirme que no cuenta con la inmunidad de europarlamentario.

Acudir al TJUE

La otra vía, la cuestión prejudicial, es menos evidente y de resultados más inciertos. En este caso, el órgano al que se dirigiría el Supremo es el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y la duda a plantear no estaría basada en la Constitución española, sino en la necesidad de aclarar si la interpretación y aplicación de la nueva ley concuerda con el derecho de la UE y si cumple o no los principios reflejados en el Tratado de la Unión. La Unión se fundamenta en distintos valores que deben respetar todos los Estados miembros, entre ellos, la igualdad y el respeto al Estado de derecho.

La remisión de una cuestión prejudicial también paraliza el procedimiento hasta que el tribunal europeo resuelva, algo que puede dilatarse hasta dos años. Un juez o tribunal no puede actuar si tiene dudas que requieren aclaración hasta que esta se le proporciona. Prueba de ello es la reciente prejudicial que Llarena remitió para que se le aclarara si Bélgica podía denegarle la entrega de uno de los exconsellers huidos, Lluís Puig. No ha sido hasta que el tribunal ha respondido cuando el procedimiento ha vuelto a reactivarse.

Las dos vías no se anulan la una a la otra y pueden activarse tanto de forma independiente como paralela. En caso de que el TS optara por una, por otra o por las dos, Puigdemont no conseguiría una solución rápida a su situación y la del resto de condenados por hechos vinculados al 1-O y el referéndum anterior del 9-N.

El Tribunal Supremo tiene en sus manos la posibilidad de bloquear la aplicación de una amnistía a Carles Puigdemont, Oriol Junqueras y el resto de políticos catalanes condenados o investigados por el procés, a través de una doble vía que puede activar en el caso de que se apruebe una norma de este tipo en respuesta a las exigencias del expresident catalán para investir a Pedro Sánchez. El alto tribunal tiene la opción de presentar una cuestión de inconstitucionalidad, que paralizaría o detendría la ejecución efectiva del olvido de los delitos durante el tiempo que tarde en resolverse. También la de acudir a la Justicia europea mediante una cuestión prejudicial.

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