Es noticia
El TC estudia amparar a Otegi y evitar que se repita su juicio por integrar Bateragune
  1. España
Deliberación la próxima semana

El TC estudia amparar a Otegi y evitar que se repita su juicio por integrar Bateragune

El ponente de la sentencia, Juan Carlos Campo, defiende que volver a someterle a una vista oral vulneraría su derecho a la tutela judicial efectiva

Foto: Arnaldo Otegi. (Bilbao/Europa Press)
Arnaldo Otegi. (Bilbao/Europa Press)

La posibilidad de que Arnaldo Otegi vuelva a enfrentarse a un juicio por integración en organización terrorista está ahora más lejos. El Tribunal Constitucional deliberará la próxima semana sobre una ponencia del magistrado Juan Carlos Campo que propone atender el recurso de amparo presentado por el coordinador general de EH Bildu en oposición a la decisión del Tribunal Supremo de repetir el juicio en su contra por intentar reconstruir la ilegalizada Batasuna a través del proyecto Bateragune, en el que resultó condenado, cumplió condena, y que después fue anulado por la falta de imparcialidad de una magistrada.

El ponente considera que el hecho de que cumpliera ya íntegramente la condena quita sentido a la repetición del juicio y supondría incurrir en una vulneración de su derecho a la tutela judicial. Sería, argumenta Campo, vulnerar el principio de non bis in idem, que prohíbe juzgar dos veces a una misma persona por los mismos hechos. La decisión abre, además, la puerta a la reclamación de una indemnización, aseguran las fuentes jurídicas consultadas. La propuesta de Campo, que recibirá con total probabilidad el apoyo de la mayoría progresista del tribunal de garantías, coincide con la tesis de la Fiscalía del TC que hace unos meses propuso también ampararle.

Foto: El presidente de ERC, Oriol Junqueras. (EFE/Enric Fontcuberta)

El Tribunal Supremo, en cumplimiento de la sentencia del TEDH, acordó en 2020 por unanimidad de su pleno la celebración de un nuevo juicio en la Audiencia Nacional. La decisión se adoptó por el pleno de la Sala, compuesto por 16 magistrados, en cumplimiento del artículo 4.2 del protocolo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que recoge la posibilidad de repetir un juicio cuando se advierte "un vicio esencial en el proceso anterior".

Las idas y venidas del caso

En mayo de 2012, el alto tribunal ya modificó el fallo de la Audiencia Nacional al rebajar de 10 a seis años y medio la pena de cárcel de Otegi. El cambio pasaba por calificarlos como "integrantes" y no como "dirigentes" de ETA, pero mantuvo al líder de EH Bildu entre rejas hasta marzo de 2016: pese a los recursos de Otegi, el alto tribunal rechazó que la Audiencia Nacional hubiera incurrido en un sesgo contrario al acusado, decisión que se tomó con los votos en contra de los magistrados del Supremo Alberto Jorge Barreiro y Miguel Colmenero —ponente de la nueva sentencia—, quienes defendían que se debería haber apartado a la magistrada Ángela Murillo. Otegi ya cumplió la condena de prisión impuesta por la sentencia de la Audiencia Nacional y le faltaban solo unos meses cuando llegó la decisión de Estrasburgo.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos sí dio la razón a Otegi al revisar el juicio en el que se le había condenado. En una sentencia emitida en noviembre de 2018, los seis jueces concluyeron por unanimidad que "hubo una violación del derecho a un juicio justo [que recoge] el Convenio Europeo de Derechos Humanos", apuntando para ello de forma directa a la jueza Murillo. Según explicaban en su fallo, esta había preguntado a Otegi si condenaba el terrorismo en otra causa anterior y, tras su silencio, afirmó: "Ya sabía yo que no me iba a contestar a esa pregunta".

Foto: Arnaldo Otegi (EH Bildu), durante una rueda de prensa. (EFE/Javier Etxezarreta)

La frase en cuestión se remonta a 2010, cuando Otegi fue condenado entonces a dos años de prisión, pero apeló la decisión por la parcialidad que había mostrado la magistrada y logró finalmente que el Supremo ordenara repetir el proceso por el "prejuicio" de Murillo. Pese a ello, cuando dos años después la reconstrucción de Batasuna llegó de nuevo a la misma sala en la que se encontraba la jueza, Otegi volvió a objetar ante el sesgo mostrado por la jueza y sus quejas no fueron escuchadas. La cuestión fue finalmente despachada por el Tribunal Constitucional, que en 2014 sentenció que las dudas sobre la imparcialidad de la jueza no eran en este caso justificadas.

Con la negativa del Constitucional, Otegi recurrió entonces a Estrasburgo, cuya conclusión fue clara: "Los demandantes tenían temores objetivamente justificados sobre el hecho de que estos jueces carecieran de imparcialidad en su caso". El TEDH sostiene que no hay motivos subjetivos para suponer que la magistrada tenía un sesgo en este caso, es decir, no cree que haya nada en las "convicciones personales o en el comportamiento" de la jueza que funde estos temores, pero sí cree que hay motivos objetivos: aunque era por distintos cargos, ambos casos "tenían un vínculo común en el hecho de que los dos se refieren a cuestiones relacionadas con ETA".

La posibilidad de que Arnaldo Otegi vuelva a enfrentarse a un juicio por integración en organización terrorista está ahora más lejos. El Tribunal Constitucional deliberará la próxima semana sobre una ponencia del magistrado Juan Carlos Campo que propone atender el recurso de amparo presentado por el coordinador general de EH Bildu en oposición a la decisión del Tribunal Supremo de repetir el juicio en su contra por intentar reconstruir la ilegalizada Batasuna a través del proyecto Bateragune, en el que resultó condenado, cumplió condena, y que después fue anulado por la falta de imparcialidad de una magistrada.

Arnaldo Otegi Terrorismo ETA (banda terrorista) Tribunal Constitucional