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Tsunami, Voloh y 'procés': las causas que explican los últimos retoques de la amnistía
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Tsunami, Voloh y 'procés': las causas que explican los últimos retoques de la amnistía

Carles Puigdemont ha logrado que el PSOE aplique nuevos cambios respecto a los delitos alta traición, malversación y terrorismo, que son los que le afectan a él en estos momentos

Foto: El expresident de la Generalitat Carles Puigdemont, durante un acto del Consejo por la República, este sábado en Francia. (EFE/David Borrat)
El expresident de la Generalitat Carles Puigdemont, durante un acto del Consejo por la República, este sábado en Francia. (EFE/David Borrat)
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El Gobierno dio a conocer el jueves su versión definitiva de la ley amnistía. Tras más de seis meses de negociaciones y tres redacciones distintas, los últimos retoques buscan reforzar el blindaje de Carles Puigdemont ante las causas judiciales que le arrinconan en estos momentos: Tsunami, Voloh y procés.

"Quiero agradecer los esfuerzos del equipo negociador de Junts per Catalunya y la disposición del PSOE a efectuar las mejoras necesarias en la ley para resolver las dudas y temores que nos llevaron a votar que no a la propuesta inicial", celebró el expresidente catalán tras el acuerdo. Esas "dudas y temores" se basaban precisamente en las tres clases delitos que le afectan a él: alta traición, malversación y terrorismo.

La causa de Voloh y la alta traición

La investigación del Juzgado de Instrucción Número 1 de Barcelona aborda los contactos de Puigdemont con el entorno de Vladímir Putin para tratar de sumar el apoyo de Rusia a la causa independentista. Bautizado como caso Voloh, el expresident no consta como imputado formalmente, pero la posibilidad de que se le abra otro frente por sus contactos con una potencia extranjera ha llevado al PSOE y Junts per Catalunya a cambiar la redacción de uno de los artículos de la amnistía.

La clave se centra en que tanto la primera como la segunda versión del texto dejaba fuera "los delitos de traición y contra la paz o la independencia del Estado y relativos a la defensa nacional". Entre ellos, el 592 del Código Penal, que castiga con "la pena de prisión de cuatro a ocho años los que, con el fin de perjudicar la autoridad del Estado o comprometer la dignidad o los intereses vitales de España, mantuvieran inteligencia o relación de cualquier género con gobiernos extranjeros".

Foto: Pedro Sánchez, al fondo de la imagen, escucha la intervención de Carles Puigdemont en el Parlamento Europeo. (EFE/Ronald Wittek)

La versión definitiva matiza ahora que esos delitos de alta traición solo resultarán imperdonables cuando "se haya producido tanto una amenaza efectiva y real como un uso efectivo de la fuerza". Y para limitar la interpretación final que puedan hacer los jueces, añaden otra coletilla: "En los términos establecidos en la Carta de las Naciones Unidas o en la Resolución 2625 (XXV) de la Asamblea General de Naciones Unidas de 24 de octubre de 1970, que contiene la declaración relativa a los principios de derecho internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas".

La causa de Tsunami y el terrorismo

El Tribunal Supremo abrió el pasado 29 de febrero una causa contra Puigdemont por delitos de terrorismo en Tsunami Democràtic. La posibilidad de que el alto tribunal diera este paso ha marcado las negociaciones de la amnistía en todo momento, lo que se refleja en que el PSOE y Junts han propuesto hasta tres versiones distintas de aquellos delitos de terrorismo que no entran en la amnistía. En todos los casos, el objetivo consistía en que Puigdemont no cumpliera esos requisitos y pudiera beneficiarse de la ley.

Foto: Carles Puigdemont (EFE)

El primer texto que presentaron en noviembre apuntaba para ello a que el terrorismo resultaba imperdonable, pero el expresident evitaba ese escenario al añadir a continuación siete palabras: "Siempre y cuando haya recaído sentencia firme". Tsunami ni siquiera ha llegado a juicio, por lo que, en la práctica, esta supuesta promesa de dejar fuera el terrorismo carecía de efecto alguno. Lo mismo ocurría con la otra causa vinculada al procés en la que se abordan esta clase de delitos, que es la de los CDR.

Ante el temor de que ese requisito resultara insuficiente para proteger a Puigdemont, PSOE y Junts pactaron otra redacción en enero. El nuevo artículo comenzaba haciendo referencia al Código Penal, pero después dejaba atrás las referencias a "sentencia firme" para insistir en que solo quedaban fuera del perdón aquellos actos que "de forma manifiesta e intención directa" causen "violaciones graves de derechos humanos". Para limitar una vez más la interpretación de los jueces, el artículo apuntaba entonces a una directiva europea y a los artículos 2 —derecho a la vida— y 3 —prohibición de torturas— del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos (CEDH).

La versión definitiva mantiene esas referencias a la directiva europea y el CEDH, pero trata de limitar aún más la interpretación de los jueces al eliminar la referencia inicial al Código Penal. El último acuerdo entre PSOE y Junts evita así enmarcar el terrorismo en función del "Capítulo VII del Título XXII del Libro II del Código Penal". Como ya informó El Confidencial este viernes, este cambio no quita que la ley siga flaqueando en su intento de neutralizar una acusación contra Puigdemont por esa clase de delitos.

La causa del 'procés' y la malversación

La misma causa por la que Puigdemont huyó de España en octubre de 2017 ha provocado también otro retoque final en la ley de amnistía. En negociaciones previas con los partidos independentistas, el Gobierno ya concedió los indultos, derogó la sedición y reformó el delito de malversación, pero Puigdemont aún se enfrenta a hasta 12 años de prisión en este procedimiento. La amenaza para él se encuentra en el delito de malversación agravada y la versión definitiva de ley de amnistía también busca frenarla.

Foto: El expresidente catalán Carles Puigdemont. (EFE)

En este caso, el principal reto para el PSOE consistía en encontrar una fórmula que le permitiera perdonar un delito que se vincula de forma directa con la corrupción y, al mismo tiempo, lanzar al mensaje a Europa de que no estaba perdonando la corrupción. El Gobierno trata de solventar esa contradicción a través del artículo uno de la ley, en el que sostiene que la amnistía se extenderá a los delitos de malversación siempre y cuando no se cumplan unos requisitos que, en su opinión, Puigdemont no cumpliría.

La versión inicial que presentaron en noviembre apuntaba para ello a que la amnistía incluiría aquellos delitos de "malversación dirigidos a financiar, sufragar o facilitar la realización de cualesquiera de las conductas" vinculadas con el procés, ya fuera "directamente o a través de cualquier entidad pública o privada". Ante el riesgo de que esta redacción resultara demasiado amplia, la versión definitiva añade dos aclaraciones: se perdonarán los delitos de malversación "únicamente cuando estén dirigidos a financiar" esa clase de conductas y "siempre que no haya existido propósito de enriquecimiento". El mensaje de fondo consiste en sostener una vez más que el desvío de fondos públicos que se llevó a cabo durante el procés no puede enmarcarse como corrupción, una idea que el Tribunal Supremo ha rechazado en todo momento.

El Gobierno dio a conocer el jueves su versión definitiva de la ley amnistía. Tras más de seis meses de negociaciones y tres redacciones distintas, los últimos retoques buscan reforzar el blindaje de Carles Puigdemont ante las causas judiciales que le arrinconan en estos momentos: Tsunami, Voloh y procés.

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