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El Tribunal de Cuentas abre la vía para que Europa paralice la amnistía por malversación
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Cuestión prejudicial

El Tribunal de Cuentas abre la vía para que Europa paralice la amnistía por malversación

La consejera se dirige a las partes para que se pronuncien sobre la procedencia de consultar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Foto: Acto de cierre de campaña de Junts. (EFE / David Borrat)
Acto de cierre de campaña de Junts. (EFE / David Borrat)
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El Tribunal de Cuentas (TCu) acaba de abrir la vía de las cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea frente a la ley de amnistía y, en concreto, sobre la malversación. La consejera del Departamento Segundo de la Sección de Enjuiciamiento ha dictado una providencia en que se dirige a las partes para que se pronuncien sobre la procedencia de consultar a la Justicia Europea. En su opinión, la norma "puede oponerse a la interpretación que el TJUE viene realizando de determinados preceptos del Derecho de la Unión Europea". El TCu está a cargo del procedimiento contable por el desvío de fondos del procés.

Los preceptos del Derecho de la Unión Europea cuya interpretación podría pedirse al TJUE por el Tribunal de Cuentas mediante el planteamiento de la cuestión prejudicial son los relativos a la "lucha contra el fraude y toda actividad ilegal que afecte a los intereses financieros de la UE", al "principio de cooperación leal”, a los “principios de igualdad y de no discriminación” y a los “principios de seguridad jurídica y confianza legítima” y al “principio del Estado de derecho”. El plazo para dictar sentencia ha quedado en suspenso hasta que se resuelva definitivamente sobre el planteamiento de la cuestión prejudicial.

El Tribunal de Cuentas mantiene en el banquillo a Puigdemont y otros 34 ex altos cargos catalanes, entre los que destacan el también expresidente catalán Artur Mas y el líder de ERC Oriol Junqueras. Su procedimiento se centra en el presunto desvío de fondos para el referéndum del 1-O y la acción exterior del independentismo. La Fiscalía les reclama tres millones de euros por estos hechos, mientras que la acusación que ejerce Sociedad Civil Catalana (SCC) eleva la cifra hasta los cinco. La consejera en ningún caso puede condenar por un importe superior al que solicitan, por lo que el máximo posible queda fijado por la demanda de estos últimos.

Foto: Los expresidentes Carles Puigdemont y Artur Mas, en una imagen de archivo. (EFE/Alberto Estévez)

La ley que ha entrado en vigor este martes sostiene que "la amnistía se aplicará por el Tribunal de Cuentas en cualquier fase del proceso". El 13.3 concreta a su vez la forma de llevar a cabo esa aplicación: "Si el proceso de exigencia de responsabilidad contable tramitado por el Tribunal de Cuentas se hallara en fase de primera instancia o de apelación, los órganos competentes de dicho tribunal, previa audiencia del Ministerio Fiscal y de las entidades del sector público perjudicadas por el menoscabo de los caudales o efectos públicos relacionados con los hechos amnistiados, dictarán resolución absolviendo de responsabilidad contable a las personas físicas o jurídicas demandadas".

Al plantear ahora la posibilidad de presentar una cuestión prejudicial ante el TJUE, la consejera apunta de forma directa a ese artículo 13.3 y cuestiona su encaje con el derecho de la Unión Europea. En la misma línea, cuestiona el artículo 1, que aborda el "ámbito objetivo" de la amnistía; el 2.E, que menciona precisamente "los intereses financieros de la Unión Europea"; el 8.3, que contempla el inmediato "alzamiento de las medidas cautelares", y el 10, que regula la "tramitación preferente y urgente" de la propia ley.

La malversación, flanco débil

Las dudas que plantea el Tribunal de Cuentas se unen a las que ya han hecho públicas los fiscales del procés respecto al delito de malversación por motivos coincidentes. Sus dudas sobre la malversación se centran en la interpretación de que la Unión Europea prohíbe, ya desde 2017, eliminar delitos que atenten contra los intereses financieros de la Unión Europea. Estos ilícitos se encuentran, además, expresamente excluidos en el texto de la norma que se publicará en los próximos días en el BOE. Los cuatro fiscales sí ven aplicable la ley a los delitos de desobediencia y desórdenes públicos.

Foto: Puigdemont en un acto de campaña en Francia. (EFE / David Borrat)

Respecto a la malversación, los fiscales señalaban, además, una de las últimas variaciones que se introdujo en la ley: el hecho de que no puedan ser amnistiados aquellos que malversen para obtener un enriquecimiento personal. Aseguran que Puigdemont y Junqueras resultaron beneficiados de forma patrimonial. Con el dinero sustraído de las arcas públicas "se pagaron servicios y contratos públicos que daban cobertura, respaldo y solvencia a un proyecto político exclusivo de los autores beneficiados", decían. Además, se despojó a la Administración de unos fondos públicos para atender pagos que eran delictivos.

El Tribunal de Cuentas (TCu) acaba de abrir la vía de las cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea frente a la ley de amnistía y, en concreto, sobre la malversación. La consejera del Departamento Segundo de la Sección de Enjuiciamiento ha dictado una providencia en que se dirige a las partes para que se pronuncien sobre la procedencia de consultar a la Justicia Europea. En su opinión, la norma "puede oponerse a la interpretación que el TJUE viene realizando de determinados preceptos del Derecho de la Unión Europea". El TCu está a cargo del procedimiento contable por el desvío de fondos del procés.

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