Es noticia
Día 1 de la amnistía: así queda el mapa judicial tras cuatro decisiones clave de los tribunales
  1. España
DEL SUPREMO AL TSJC

Día 1 de la amnistía: así queda el mapa judicial tras cuatro decisiones clave de los tribunales

El Tribunal de Cuentas ya ha preguntado a la Fiscalía y al resto de partes personadas si debe plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea

Foto: Carles Puigdemont conversa con el cabeza de lista de Junts, Toni Comín, durante el acto de campaña de JxCAT para las elecciones europeas. (EFE/David Borrat)
Carles Puigdemont conversa con el cabeza de lista de Junts, Toni Comín, durante el acto de campaña de JxCAT para las elecciones europeas. (EFE/David Borrat)
EC EXCLUSIVO Artículo solo para suscriptores

El tira y afloja en torno a la amnistía ha empezado. Tras la entrada en vigor de la ley este martes, el Tribunal Supremo, el Tribunal de Cuentas, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y la Audiencia Nacional han dado traslado a la Fiscalía y al resto de partes para que se pronuncien sobre su posible aplicación. Estas primeras resoluciones permiten prever que la amnistía no será un camino de rosas para los independentistas.

García-Castellón y el artículo 2

El magistrado de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón lleva las riendas de la causa de Tsunami, en la que investiga la posible comisión de delitos de terrorismo. El juez mantiene imputados por estos hechos a la secretaria general de ERC, Marta Rovira, y el jefe de gabinete de Carles Puigdemont, Josep Lluís Alay, entre otros. Este martes pidió a acusaciones y defensas que se pronuncien sobre la amnistía, pero también recordó que "el propio legislador recoge en su artículo 2°" varias excepciones.

Este artículo 2 en principio se presenta como la línea roja que el PSOE ha marcado al independentismo. Bajo el título de "exclusiones", recoge los hechos que no podrán acogerse a la amnistía, los delitos que resultan imperdonables: terrorismo, tortura, tratos inhumanos... Su redacción invita a pensar que los socialistas se han mantenido firmes en algunos extremos de la negociación, pero al llevar estas "exclusiones" a la práctica, se limitan aquellos casos en los que la amnistía no sería aplicable.

En lo que se refiere al terrorismo, este artículo acota qué actos pueden encajar con esa clase de delitos y apunta a "graves violaciones de derechos humanos, en particular las reguladas en los artículos 2 y 3 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos". Esta redacción busca impedir que causas como la de Tsunami queden fuera de la amnistía, pero durante los últimos meses, García Castellón ha dictado varias resoluciones que parecen contradecir esa interpretación.

Foto: El expresidente catalán Carles Puigdemont aplaude junto a Toni Comín. (EFE/David Borrat)

Entre ellas destaca una del pasado enero, cuando incidió en la "gravedad" de las lesiones que sufrieron los policías nacionales durante las protestas de esta plataforma. La clave radica en la parte final de este auto, donde incluyó la siguiente advertencia: "No puede minimizarse esta acción ni el resultado grave que ocasionó, incompatible con el derecho a la vida e integridad física, reconocidos en (...) el artículo 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos". García-Castellón apuntaba así a esas mismas "exclusiones" de la amnistía que este mismo martes volvió a dejar caer.

El Supremo y las medidas cautelares

El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena, que instruye la causa del procés contra Puigdemont y el resto de huidos, también remarcó en su resolución de este martes que la propia ley señala en su preámbulo que "corresponde al poder judicial identificar a las concretas personas comprendidas en el ámbito de aplicación". Él mantiene una orden nacional de detención contra Puigdemont. Por el momento, no solo ha descartado levantarla, sino que ha avisado a la Policía Nacional y a la Guardia Civil de que continúa activa.

Foto: Sánchez vota en las europeas, con Begoña Gómez en segundo plano. (EFE/Ballesteros) Opinión

El magistrado considera que las medidas cautelares no deben retirarse hasta que las partes se pronuncien sobre "la aplicabilidad o inaplicabilidad" de la ley. También les advierte de que tendrán que realizar una "particular referencia" al artículo 2 y sus exclusiones a la hora de valorar sus efectos en los delitos de desobediencia y malversación: ahí cobra relevancia la letra E de este precepto, que establece que quedarán fuera de la amnistía "los actos tipificados como delitos que afectaran a los intereses financieros de la Unión Europea". Ese es uno de los argumentos que han esgrimido los fiscales del procés para descartar que sea aplicable a la malversación.

De forma paralela, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, presidida por el magistrado Manuel Marchena, ha dado cinco días a las partes para que se pronuncien sobre la aplicación de la amnistía a Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa, quienes siguen inhabilitados por el delito de malversación agravada. La Sala recuerda en esta resolución que la ley recoge que “solo podrá entenderse amnistiado un acto determinante de responsabilidad penal (…) cuando así haya sido declarado por resolución firme dictada por el órgano competente para ello, con arreglo a los preceptos de esta ley”.

La última providencia que el alto tribunal notificó este martes fue la de la magistrada Susana Polo, quien también investiga a Puigdemont por las protestas de Tsunami: “Informen sobre la aplicabilidad o inaplicabilidad de la norma, conforme a los artículos 1 y 2 de la Ley, a los distintos hechos que en la presente causa", ordenó.

El Tribunal de Cuentas y Europa

El Tribunal de Cuentas ha ido un paso más allá y ya ha preguntado tanto a la Fiscalía como al resto de partes personadas si debe plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE), lo que implicaría contraponer la amnistía con el derecho de la UE. Esta figura también obliga a paralizar el procedimiento hasta que el TJUE resuelva la duda y los plazos pueden dilatarse hasta dos años.

La consejera del Tribunal de Cuentas ha apuntado a esta posibilidad en el procedimiento que mantiene en el banquillo a Puigdemont y otros 34 ex altos cargos catalanes, entre los que destacan Artur Mas y Junqueras. Su causa se centra en el presunto desvío de fondos para el referéndum del 1-O y la acción exterior del independentismo. La Fiscalía les reclama tres millones de euros por estos hechos, mientras que la acusación que ejerce Sociedad Civil Catalana (SCC) eleva la cifra hasta los cinco. La consejera en ningún caso puede condenar por un importe superior al que solicitan, por lo que el máximo posible queda fijado por la demanda de estos últimos.

Tras la entrada en vigor de la amnistía, la consejera considera que varios de sus artículos "podrían oponerse a la interpretación que el TJUE viene realizando de determinados preceptos". En concreto, el artículo 1 de la ley, que aborda el "ámbito objetivo" de la amnistía; el 2.E, que menciona "los intereses financieros de la UE"; el 8.3, que contempla el inmediato "alzamiento de las medidas cautelares", y el 10, que regula la "tramitación preferente y urgente" de la ley. Si las partes apoyan ahora la idea de presentar una cuestión prejudicial, el pronunciamiento del TJUE superaría su procedimiento y afectaría también al debate en torno a la malversación.

Foto: El expresidente catalán Carles Puigdemont en Bruselas. (EFE/Olivier Matthys)

El paso que ha dado el Tribunal de Cuentas abre a su vez un segundo debate, pues algunas defensas de los independentistas argumentan que no está legitimado para hacerlo: al tratarse de un órgano que no forma parte del Poder Judicial, consideran que no puede optar por esa vía ni por la de acudir al Tribunal Constitucional.

El TSJC y sus causas por desobediencia

El último que movió ficha este martes fue el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que preguntó por la aplicación de la amnistía en cinco causas: cuatro de ellas en las que ya hay condenas por delitos de desobediencia, entre ellas las de Artur Mas y Quim Torra, y una quinta que está pendiente de juicio contra los cargos de ERC Josep Maria Jové y Lluís Salvadó por prevaricación y malversación. La Fiscalía pide más de seis años de cárcel para ellos.

En el caso de la desobediencia, todo apunta a que los fiscales no pondrán pegas a la amnistía. Este delito no conlleva cárcel, pero sí multa e inhabilitación. Al mismo tiempo, la pena que se impuso a algunos políticos como Artur Mas ya se ha extinguido, por lo que solo queda por ver si su defensa considera que la ley puede beneficiarle de alguna otra forma, ya sea para tratar de recuperar el importe de la multa —posibilidad que en principio descarta la ley— o para la cancelación de sus antecedentes.

En el caso del TSJC y la desobediencia se abre así la puerta a amnistiar causas de valor más simbólico que práctico. No se trata de evitar penas de cárcel o de inhabilitaciones que ya se han cumplido, sino de que el independentismo pueda afirmar que algunos hechos nunca merecieron condena. En el caso de Mas, la consulta del 9 de noviembre de 2014 y, en el de Torra, su negativa a retirar los lazos amarillos de los edificios de la Generalitat durante la campaña electoral de 2019.

El tira y afloja en torno a la amnistía ha empezado. Tras la entrada en vigor de la ley este martes, el Tribunal Supremo, el Tribunal de Cuentas, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y la Audiencia Nacional han dado traslado a la Fiscalía y al resto de partes para que se pronuncien sobre su posible aplicación. Estas primeras resoluciones permiten prever que la amnistía no será un camino de rosas para los independentistas.

Amnistía
El redactor recomienda