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Los fiscales del 'procés' desafían a García Ortiz y se niegan a amnistiar la malversación
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APUNTAN YA AL ARTÍCULO 27

Los fiscales del 'procés' desafían a García Ortiz y se niegan a amnistiar la malversación

Consideran que su aplicación a este delito "es improcedente y contraria a las leyes por no ajustarse a los criterios más elementales de lógica jurídica y de legalidad penal"

Foto: El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. (EFE / Román Ríos)
El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. (EFE / Román Ríos)
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Los fiscales del procés han entregado este miércoles al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, el informe en el que defienden que la amnistía no es aplicable al delito de malversación, lo que dejaría fuera del 'perdón' a Carles Puigdemont y Oriol Junqueras. "La malversación de caudales públicos supuso un beneficio patrimonial para los autores, pues destinaron los mismos a la elaboración, desarrollo y concreción de su ilegal proyecto que les produjo un indudable beneficio patrimonial", sostienen en su dictamen, al que ha tenido acceso El Confidencial.

García Ortiz les pidió este martes que elaboraran un informe "alternativo" al que ya le habían entregado previamente con esta misma postura, pero el nuevo documento solo cambia en la forma, no en el fondo. También avisan de que si se les impone un criterio que no comparten recurrirán al artículo 27 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, en el que se establece que, si reciben una orden o instrucción que consideren contraria a las leyes, podrán elevar la cuestión a la Junta de Fiscales de Sala.

"Si considera vuestra excelencia que debe aplicarse en todo caso la ley, prescindiendo del análisis del hecho concreto y de los argumentos jurídicos expuestos en los informes que se adjuntan, deberá ordenarlo por escrito de manera motivada y fundada, y a continuación proceder conforme a lo dispuesto en el artículo 27—convocando la audiencia preceptiva de la Junta de Fiscales de Sala—, ya que estimamos que su aplicación en lo que concierne al delito de malversación de fondos públicos es improcedente y contraria a las leyes por no ajustarse a los criterios más elementales de lógica jurídica y de legalidad penal exigibles en la interpretación y aplicación de la norma", advierten.

Sea cual sea el criterio final de esa posible junta, García Ortiz podrá imponer el suyo, para lo que cuenta a su vez con la vía alternativa que establece el artículo 25: "El fiscal general del Estado podrá impartir a sus subordinados las órdenes e instrucciones convenientes al servicio y al ejercicio de las funciones, tanto de carácter general como referidas a asuntos específicos". La aplicación de la amnistía a Puigdemont y Junqueras quedaría entonces en manos de "quien designe a tales efectos" García Ortiz, dando un paso atrás los cuatro fiscales que han llevado la causa del procés hasta ahora: Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal, Jaime Moreno y Fidel Cadena.

Foto: Acto de cierre de campaña de Junts. (EFE / David Borrat)

Hasta entonces, la posición de la Fiscalía en la causa del procés será la de rechazar la aplicación de la amnistía al delito de malversación, un dictamen que ellos ya piden trasladar tanto al magistrado Pablo Llarena —que instruye la causa contra Puigdemont— como la Sala de lo Penal —de la que dependen Junqueras y los otros condenados—: "Adjuntamos a tales efectos los informes justificativos de nuestra posición y que deben presentarse a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo y al Magistrado del Tribunal Supremo instructor de la presente causa para dar cumplimiento a los traslados acordados por sendas providencias de 11 de junio de 2024", concluye su informe.

Llarena y la Sala de lo Penal han dado cinco días a la Fiscalía y al resto de partes para que se pronuncien sobre la aplicación de la amnistía en sus respectivas causas, por lo que si García Ortiz quiere ahora imponer su criterio, deberá activar de manera inmediata la vía del artículo 27 o la del 25.

Los argumentos de los fiscales del 'procés'

A lo largo de nueve páginas, los fiscales destacan que la ley de amnistía "excluye de su aplicación los actos de malversación que implican un enriquecimiento personal o un beneficio patrimonial". Según argumentan, "resulta indudable" que Puigdemont y Junqueras encajan con esa exclusión: "No recurrieron a la conducta pasiva de comisión por omisión de consentir que otros sustrajesen, sino que ellos mismos sustrajeron caudales públicos en forma de millones de euros para ejecutar contra las decisiones del Tribunal Constitucional y del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña un proyecto inconstitucional de desintegración de España y proclamación de independencia".

Su dictamen subraya a su vez que "esos fondos no han sido restituidos", lo que refuerza esa misma tesis. "De las dos modalidades de malversación, los procesados rebeldes presumiblemente realizaron, como los consejeros condenados e indultados, la activa de la apropiación, no la pasiva y garante de consentir que otro sustraiga", explican. "Fueron ellos quienes se apropiaron de fondos públicos. Cuando se habla de la conducta activa, el ánimo de lucro debe existir en quien sustrae, mientras que en la pasiva el ánimo de enriquecimiento se sitúa en quien se apropia de los bienes con consentimiento de los ímprobos gestores públicos".

Con base a este razonamiento, su conclusión es clara: "En nuestro caso ese beneficio patrimonial existió, pues con ánimo de lucro se apropiaron de los fondos públicos y asumiendo sobre ellos, extraídos de su función pública y legal, facultades de titularidad los destinaron al pago de quienes ellos mismos habían contratado en contratos públicos ilícitos para realizar las actividades que conformaban el procés en su globalidad".

Foto: Puigdemont en un acto de campaña en Francia. (EFE / David Borrat)

Otro de sus argumentos se centra en el artículo 2 de la ley de amnistía, que excluye de su aplicación aquellos hechos que afecten "a los intereses financieros de la Unión Europea". Para los cuatro fiscales, no hay duda de que el procés también encaja con esa exclusión: "La malversación de fondos públicos para financiar un proceso secesionista dentro de un Estado que forma parte de la Unión Europea, con el consiguiente riesgo de fractura territorial de la UE y la consiguiente disminución de los ingresos y fondos que forman parte de su presupuesto, repercute negativamente en los propios intereses financieros de la Unión".

Los fiscales del procés han entregado este miércoles al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, el informe en el que defienden que la amnistía no es aplicable al delito de malversación, lo que dejaría fuera del 'perdón' a Carles Puigdemont y Oriol Junqueras. "La malversación de caudales públicos supuso un beneficio patrimonial para los autores, pues destinaron los mismos a la elaboración, desarrollo y concreción de su ilegal proyecto que les produjo un indudable beneficio patrimonial", sostienen en su dictamen, al que ha tenido acceso El Confidencial.

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