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El Supremo tumba los recursos de los tres sicarios que atentaron con explosivos en Málaga
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CONDENADOS A MÁS DE 34 AÑOS DE CÁRCEL

El Supremo tumba los recursos de los tres sicarios que atentaron con explosivos en Málaga

Las defensas denunciaban que la policía colocó dispositivos de geolocalización en los vehículos sin autorización judicial previa y pedían su absolución por la nulidad de las pruebas

Foto: El lugar del primer atentado que los condenados perpetraron en Benahavís. (EC)
El lugar del primer atentado que los condenados perpetraron en Benahavís. (EC)

El Tribunal Supremo ha rechazado los recursos de los tres sicarios que en octubre de 2018 intentaron asesinar con explosivos a un hombre y su familia en el municipio malagueño de Benahavís. El ataque consistió en la colocación de una "nevera tipo playa" con más de diez kilos de explosivos en la entrada de su vivienda, donde residía junto a su pareja y sus dos hijos de ocho y tres años. El crimen organizado de la Costa del Sol quería ajustar cuentas por una supuesta deuda que tenía con ellos. La explosión destrozó el inmueble, pero no lograron matar a ningún miembro de la familia.

Los tres responsables del ataque fueron Karim Abdul Karim, Rami El Mohamad y Perparim Vejseli. En una sentencia, a la que ha tenido acceso este diario, el Supremo descarta que la policía vulnerara sus derechos durante la investigación y mantiene las penas de más de 34 años de cárcel para cada uno de ellos.

Como desveló El Confidencial, los condenados tienen nacionalidad sueca y están vinculados al peligroso sicariato nórdico que en 2018 acabó con la vida de David Ávila Ramos, alias 'Maradona', y Sofian Ahmed Barrak, conocido como 'el Zocato'. El primero fue acribillado a la salida de la comunión de su hijo en Marbella, mientras que el segundo era alcanzado por su ejecutor cuando salía de su vivienda de Estepona.

La sentencia explica que esta vinculación con el conocido como el clan de los suecos facilitó la investigación sobre el atentado con explosivos. Los tres sicarios "elaboraron un minucioso plan con un sincronizado reparto de funciones entre ellos", pero, al ponerlo en marcha, utilizaron un Mercedes Clase A y un Opel Corsa a los que la Policía Nacional ya había colocado dispositivos de geolocalización por la investigación paralela sobre los otros dos asesinatos.

Al recurrir su condena ante el Tribunal Supremo, las defensas trataron de tumbar estas pruebas. "Ha habido una vulneración del derecho fundamental porque la fuerza policial instaló dos dispositivos de geolocalización en dos vehículos por razones de urgencia, sin previa autorización, que, aunque validadas por la autoridad judicial, lo fueron con posterioridad al plazo de 24 horas previsto en la ley", alegaron.

El Supremo considera que este razonamiento no se sostiene: "Si la razón de la decisión judicial está en el control sobre la actuación policial, no cabe la menor duda de que el legislador ha comprendido que la fuerza policial puede encontrarse ante situaciones de urgencia". De hecho, los magistrados también destacan que ni siquiera pasaron 24 horas entre la colocación de los dispositivos y la solicitud de autorización judicial.

En la sentencia previa que dictó la Audiencia Provincial de Málaga, las defensas sí lograron convencer a uno de los magistrados del tribunal, que emitió un voto particular en el que abogó por su absolución. El Supremo reconoce la "racionalidad de la línea argumental del voto", pero se inclina por seguir la postura del "voto mayoritario" y confirma sus condenas por los siguientes delitos: pertenencia a grupo criminal, tenencia de explosivos, daños continuados, falsedad en documento oficial, cuatro delitos de "asesinato intentados" y maltrato animal.

Primero la casa y después su negocio

Ese último delito se basa en que la deflagración causó la muerte de los tres perros de la familia. También provocó "enormes destrozos" en la planta baja de la vivienda, pero ellos se salvaron "porque acababan de subir a la planta superior". Una vez perpetrado este primer ataque, Perparim Vejseli siguió el "plan urdido junto con Rami El Mohamad y Karim Abdul Karim" y se dirigió al negocio de la víctima para colocar una segunda nevera con explosivos.

Foto: Momento en que el sicario perpetró el crimen. (Cedida)

"Se bajó del coche vestido con la misma ropa deportiva de color negro, la cara tapada con una capucha, pañuelo sobre la cara y guantes en las manos y, con una mecha en la mano, se dirigió al maletero donde manipuló una nevera pesada de tipo playa de color azul que depositó junto a la puerta de la nave y prendió la mecha, dándose inmediatamente a la fuga en el vehículo referido, provocando una violenta explosión instantes después, incendiando la nave", explica la resolución.

Tras este último atentado, los tres quedaron en una "zona despoblada, sin inmuebles, comercios, viviendas, construcción o instalación alguna". La última parte del plan consistía en incendiar el vehículo que Vejseli había utilizado durante la noche para "eliminar y destruir cualquier evidencia en torno a la autoría de las explosiones". El coche era un BMW y "apareció totalmente calcinado en un carril forestal", pero lo que no sabían es que el verdadero problema lo tenían con el vehículo que iban a utilizar para abandonar el lugar: el Opel Corsa al que la Policía Nacional había colocado un dispositivo de geolocalización aquella misma mañana.

El Tribunal Supremo ha rechazado los recursos de los tres sicarios que en octubre de 2018 intentaron asesinar con explosivos a un hombre y su familia en el municipio malagueño de Benahavís. El ataque consistió en la colocación de una "nevera tipo playa" con más de diez kilos de explosivos en la entrada de su vivienda, donde residía junto a su pareja y sus dos hijos de ocho y tres años. El crimen organizado de la Costa del Sol quería ajustar cuentas por una supuesta deuda que tenía con ellos. La explosión destrozó el inmueble, pero no lograron matar a ningún miembro de la familia.

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