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El TS ve amnistiable los desórdenes públicos del 'procés', pero plantea consultar al Constitucional
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Dos casos estudiados

El TS ve amnistiable los desórdenes públicos del 'procés', pero plantea consultar al Constitucional

Los magistrados dan 10 días a la Fiscalía y las defensas para que presenten alegaciones sobre la pertinencia de plantear una cuestión de inconstitucionalidad

Foto: Exterior de la sede del Tribunal Constitucional. (EFE/Javier Lizón)
Exterior de la sede del Tribunal Constitucional. (EFE/Javier Lizón)

El Tribunal Supremo ha determinado que son amnistiables los delitos de desórdenes públicos y de atentado a la autoridad investigados de manifestantes del procés, pero ha planteado la posibilidad de consultar al Tribunal Constitucional al considerar que la ley puede resultar discriminatoria por, entre otros motivos, vulnerar el derecho a la igualdad ante la ley.

Los magistrados han dado un plazo de 10 días a la Fiscalía y las defensas involucradas en los dos casos estudiados para que presenten sus alegaciones sobre la pertinencia de plantear una cuestión de inconstitucionalidad.

El tribunal ha adoptado esta decisión tras estudiar dos casos: el de dos ciudadanos condenados por desórdenes públicos por unos hechos ocurridos en Girona tras la sentencia del Supremo sobre la causa del procés; y el de una persona condenada por atentado a la autoridad en unas protestas en Barcelona contra el mismo fallo.

El Tribunal Supremo ha determinado que son amnistiables los delitos de desórdenes públicos y de atentado a la autoridad investigados de manifestantes del procés, pero ha planteado la posibilidad de consultar al Tribunal Constitucional al considerar que la ley puede resultar discriminatoria por, entre otros motivos, vulnerar el derecho a la igualdad ante la ley.

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