El TSJ ratifica la petición del pasaporte para entrar en hostelería y ocio en Andalucía
Considera que la medida planteada por la Junta de Andalucía cumple con los requisitos de proporcionalidad, necesidad e idoneidad, según ha informado el TSJA
![Foto: Bares en Sevilla. (EFE/Jose Manuel Vidal)](https://images.ecestaticos.com/kxE1guq_Stpk-yd9oGJgB3AtR2w=/0x0:2272x1334/1200x900/filters:fill(white):format(jpg)/f.elconfidencial.com%2Foriginal%2Fe24%2F3cd%2Fc79%2Fe243cdc790ba9c02d779f2075180fc41.jpg)
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Granada, ha acordado este viernes ratificar la orden relativa al certificado covid o prueba diagnóstica para el acceso al espacio interior de establecimientos de hostelería, ocio y esparcimiento.
Considera que la medida planteada por la Junta de Andalucía cumple con los requisitos de proporcionalidad, necesidad e idoneidad, según ha informado el TSJA en una nota de prensa. La medida estará vigente hasta el 15 de enero de 2022.
![Foto: El supremo avala el uso del pasaporte covid en Euskadi. (EFE)](https://images.ecestaticos.com/6Wi3C6t0_a62XyxnGAjGoLxk_Ec=/0x0:2020x1515/1200x900/filters:fill(white):format(jpg)/f.elconfidencial.com%2Foriginal%2F662%2Fdd3%2F2fe%2F662dd32fe8af6fd73ce2f8b0205e47ed.jpg)
En el caso de la proporcionalidad, indica que cumple este requisito al ser los destinatarios de la medida las "personas usuarias" que decidan acudir a estos establecimientos.
Además, señala que es "necesaria e idónea" porque su objeto es "intentar reducir la tasa ascendente de contagios con la limitación del acceso a aquellos usuarios que poseen un mayor riesgo de transmisión".
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Granada, ha acordado este viernes ratificar la orden relativa al certificado covid o prueba diagnóstica para el acceso al espacio interior de establecimientos de hostelería, ocio y esparcimiento.