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Condenan a cinco años de prisión a un abuelo por abusar sexualmente de su nieta menor
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Condenan a cinco años de prisión a un abuelo por abusar sexualmente de su nieta menor

El fallo de la Audiencia de Sevilla inhabilita además al anciano para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidas, que conlleve contacto con menores

Foto: Imagen de archivo de un agente de la Guardia Civil junto a un vehículo oficial. (Europa Press)
Imagen de archivo de un agente de la Guardia Civil junto a un vehículo oficial. (Europa Press)

Un hombre de 85 años ha sido condenado a 5 años de prisión por abusar sexualmente de su nieta, cuando la menor tenía 11 años y pernoctaba en casa de su abuelo, en un pueblo de Sevilla, los fines de semana alternos en cumplimiento de un régimen de visitas establecido a favor del padre en sentencia de divorcio.

El fallo de la Audiencia de Sevilla, al que ha tenido acceso EFE y contra el que cabe recurso de apelación, inhabilita además al anciano para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidas, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad durante 10 años.

También le prohíbe aproximarse y comunicarse con su nieta durante diez años y le impone libertad vigilada durante cinco, una vez cumplida la pena de prisión.

La resolución de la Sección Tercera considera probado que el abuelo, aprovechando que su nieta de 11 años se encontraba en su casa por el régimen de visitas establecido a favor de su padre, que convivía con el acusado, actuó "con ánimo libidinoso valiéndose de la influencia y la superioridad derivada" de su relación de parentesco.

Foto: Foto de archivo de un coche de la Policía Nacional. (Europa Press/Andrés Rodríguez)

En enero de 2021, a las 23:00 horas aproximadamente, en el salón de la vivienda, cuando la menor estaba sentada en el sofá y el acusado en un sillón a su lado, con animo de obtener satisfacción sexual, efectuó diversos tocamientos.

Este hecho se repitió más adelante, igualmente en el salón de la vivienda, mientras visualizaban en la televisión imágenes de contenido sexual.

En febrero de 2021, aprovechando la misma situación, cuando el padre de la menor se había marchado a su dormitorio y ella se encontraba tumbada en el sofá, con igual ánimo libidinoso, volvió a efectuar algunos tocamientos.

La menor sufre hipervigilancia y aislamiento, disminución del rendimiento académico, baja autoestima y conducta autolesiva

El acusado le decía a su nieta que no dijera nada de lo ocurrido, lo que ella cumplió hasta el tercer episodio descrito, cuando puso los hechos en conocimiento de su madre quien seguidamente formuló denuncia, recoge la sentencia.

A consecuencia de estos hechos, la menor presenta sintomatologia de tipo postraumática como signos de vergüenza, culpa, confusión y dudas, miedo, tristeza, recuerdos recurrentes, trastornos del sueño y pesadillas. También sufre hipervigilancia y aislamiento, disminución del rendimiento académico, baja autoestima y conducta autolesiva ante conflicto ocasional.

Un hombre de 85 años ha sido condenado a 5 años de prisión por abusar sexualmente de su nieta, cuando la menor tenía 11 años y pernoctaba en casa de su abuelo, en un pueblo de Sevilla, los fines de semana alternos en cumplimiento de un régimen de visitas establecido a favor del padre en sentencia de divorcio.

El fallo de la Audiencia de Sevilla, al que ha tenido acceso EFE y contra el que cabe recurso de apelación, inhabilita además al anciano para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidas, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad durante 10 años.

También le prohíbe aproximarse y comunicarse con su nieta durante diez años y le impone libertad vigilada durante cinco, una vez cumplida la pena de prisión.

La resolución de la Sección Tercera considera probado que el abuelo, aprovechando que su nieta de 11 años se encontraba en su casa por el régimen de visitas establecido a favor de su padre, que convivía con el acusado, actuó "con ánimo libidinoso valiéndose de la influencia y la superioridad derivada" de su relación de parentesco.

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