La Justicia de Cataluña avala las reuniones de 10 personas y el aforo del 50% en misas
Respecto a los actos religiosos y las ceremonias civiles, las que sean al aire libre o en espacios cerrados bien ventilados podrán reunir hasta 3.000 personas
![Foto: La noche del pasado 15 de mayo, en una calle del Born, en Barcelona. (EFE)](https://images.ecestaticos.com/-lrGf6T7_axXA4INw6-O2ndl4lQ=/0x0:2272x1515/1200x900/filters:fill(white):format(jpg)/f.elconfidencial.com%2Foriginal%2F77f%2F223%2F115%2F77f2231151ed9aa9baacaf66367f1ac8.jpg)
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha avalado las medidas de la Generalitat para ampliar de 6 a 10 el número máximo de personas en las reuniones y restringir el aforo de los actos religiosos y las ceremonias civiles al 50%, con un máximo de 1.000 personas.
En un auto, consultado por Europa Press, la Sala Contenciosa da la autorización judicial a estas medidas frente al covid-19, solicitada ya que afectan a derechos fundamentales.
Respecto a los actos religiosos y las ceremonias civiles, las que sean al aire libre o en espacios cerrados bien ventilados podrán reunir hasta 3.000 personas.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha avalado las medidas de la Generalitat para ampliar de 6 a 10 el número máximo de personas en las reuniones y restringir el aforo de los actos religiosos y las ceremonias civiles al 50%, con un máximo de 1.000 personas.