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Presidente, vocal, apoderado… Quién es quién en las mesas de las elecciones en Madrid
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Presidente, vocal, apoderado… Quién es quién en las mesas de las elecciones en Madrid

Aunque en todas las elecciones los protagonistas suelen ser los votantes, hay otras figuras que son imprescindibles para que el sufragio se pueda llevar a cabo de manera correcta

Foto: Mesa electoral. (EFE)
Mesa electoral. (EFE)

La ciudadanía madrileña con edad y facultades para votar está llamada a las urnas este martes, 4 de mayo. Y aunque ninguna persona está obligada a acudir a sus colegios electorales a ejercer su derecho a voto, algunos de ellos sí que han tenido que personarse y estar allí durante todo el día. Estos serán los encargados de mantener un control sobre el sufragio, habiendo en cada uno de los lugares elegidos para tal proceso, un presidente o presidenta de mesa y dos vocales, que serán los que lleven a cabo la tarea de la verificación y la validez de los votos de los electores de todos los municipios de la Comunidad de Madrid.

Las personas elegidas para tales fines, a las que se les notificará con varios días de antelación que han sido seleccionados, tanto a los principales como a los suplentes, deberán de estar a las 8:00 horas en el colegio electoral que les corresponda para conformar las mesas y ponerse en marcha con la tarea asignada, decidida mediante sorteo, a la que dedicarán todo el tiempo que duren los comicios. La labor de cada uno de los que forman las mesas electorales son las siguientes.

Foto: Los miembros seleccionados en una mesa electoral deben acudir por ley, salvo por determinadas causas justificadas. Foto: Efe

Presidencia

Lo primero que deberá hacer el presidente o presidenta de la mesa, junto a los vocales, es comprobar desde primera hora de la mañana que el local donde se lleva a cabo el proceso electoral dispone de todo lo necesario para que se pueda ejercer la actividad. También se encargará de dar el anuncio del comienzo y el final del proceso, además de tener que firmar el acta de constitución de la mesa y comprobar los sobres en el momento en el que los votantes los vayan a depositar en las urnas. Leerá y contará todas las participaciones cuando se haga el escrutinio y se encargará de comunicar los resultados cuando termine. Antes del recuento, la presidencia será quien introduzca en la urna los votos emitidos por correo.

Una vez finalizado el conteo, los presidentes o presidentas de las mesas tendrán la responsabilidad de entregar los sobres con los votos en el Juzgado de Primera Instancia o de Paz de la circunscripción en estipulada para cada mesa. La persona que ejerza la presidencia, por tanto, será la mayor autoridad dentro del local electoral durante las elecciones y tendrá la potestad de solicitar la ayuda de las fuerzas y cuerpos de seguridad si en algún momento puntual ocurre alguna situación que así lo requiera.

Vocales

Los vocales, como se ha explicado, también deben comprobar que el local electoral cuenta con el material necesario para que se realicen las elecciones una vez hagan acto de presencia, así como tendrán que estampar su firma en el acta de constitución de la mesa. Entre sus actividades, durante la jornada será la de cerciorarse de que los votantes que van a ejercer su derecho están inscritos en la lista del censo electoral, así como se dedicarán a comprobar su identidad mediante la revisión de los datos de identificación que les entreguen, ya sea el Documento Nacional de Identidad, el Pasaporte o el permiso de conducir. Después de ello anotarán en la lista numerada el nombre y apellidos de los que ya hayan votado en el orden en el que hayan emitido su voto y, finalmente, tendrán que firmar dicha lista.

Durante el escrutinio, los vocales tendrán que corroborar que la información que les muestran desde la presidencia en cuanto al voto es correcta, así como comprobar que el número de sobres que haya en las urnas coincida con el de las personas apuntadas en la lista numerada. Al cerrarse el periodo de votación, uno de los vocales tendrá que permanecer en el colegio electoral hasta que un empleado del servicio de correos se persone allí para recibir uno de los sobres con los resultados.

Interventores

Los interventores e interventoras son designados hasta tres días antes de llevarse a cabo el proceso electoral, y serán los representantes de cada candidatura los encargados de esa designación. Son los responsables de las candidaturas en las mesas electorales y tendrán derecho a la participación en ellas, eso sí, tienen voz, pero no voto en las deliberaciones de la mesa. Es decir, tendrán la posibilidad de hacer reclamaciones o protestas y pedir certificaciones, pero no pueden tomar ninguna decisión con respecto a los votos o los votantes.

Tienen la potestad de pedir la identificación a los votantes que se personen en el colegio electoral para comprobar su identidad. También tendrán que firmar la lista numerada al final de la jornada y el acta de constitución de la mesa electoral, además, si lo desean, pueden acompañar a la presidencia al momento de la entrega de los sobres en el juzgado.

Apoderados

Los apoderados son representantes de los partidos y están presentes en todos los actos y operaciones electorales. Acceden libremente a los colegios electorales con el fin de examinar cómo va el desarrollo de la votación y el escrutinio. Al igual que ocurre con los apoderados, ellos pueden presentar quejas o reclamaciones, así como observar el recuento de los votos en el momento en el que el presidente o la presidenta los enseña a los miembros de la mesa.

La ciudadanía madrileña con edad y facultades para votar está llamada a las urnas este martes, 4 de mayo. Y aunque ninguna persona está obligada a acudir a sus colegios electorales a ejercer su derecho a voto, algunos de ellos sí que han tenido que personarse y estar allí durante todo el día. Estos serán los encargados de mantener un control sobre el sufragio, habiendo en cada uno de los lugares elegidos para tal proceso, un presidente o presidenta de mesa y dos vocales, que serán los que lleven a cabo la tarea de la verificación y la validez de los votos de los electores de todos los municipios de la Comunidad de Madrid.

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