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Empieza la cuenta atrás: los ayuntamientos de Madrid tienen cuatro meses para convertir oficinas en pisos
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Empieza la cuenta atrás: los ayuntamientos de Madrid tienen cuatro meses para convertir oficinas en pisos

La CAM aprobará en el pleno de este jueves la ley de cambio de uso, pero su aplicación queda a expensas de los ayuntamientos, que tienen sólo cuatro meses para decir qué hacen

Foto: La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. (EFE/Sergio Pérez)
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. (EFE/Sergio Pérez)
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El Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobará en el pleno de este jueves una de las normas más esperadas por el sector, ya que está llamada a ser un revulsivo para dos problemas: dar una salida a miles de metros cuadrados de oficinas que están quedando obsoletos y colocar rápidamente en el mercado pisos protegidos en régimen de alquiler.

La norma se resume en que hasta un 30% de los ámbitos de suelo calificado como terciario de oficinas podrá cambiarse a residencial siempre y cuando esas viviendas sean protegidas y se destinen a alquiler durante un plazo de 15 años.

Para garantizarse la celeridad que necesita el mercado, el Ejecutivo de Isabel Díaz-Ayuso optó por registrar el proyecto de ley en la Asamblea de Madrid el pasado 5 de junio y llevarlo hoy en lectura única, figura que permite que este 20 de junio sea aprobado, gracias a la mayoría absoluta de los populares.

De este modo, la norma entrará inmediatamente en vigor (la alternativa era esperar a después de verano) y todos aquellos propietarios de suelos o edificios de oficinas de cualquier municipio de la Comunidad de Madrid podrán presentar en sus respectivos consistorios sus propuestas.

Foto: Ismael Clemente, consejero delegado de Merlin Properties. (Ana Beltrán)

A partir del Pleno de este jueves, la pelota estará en el tejado de cada alcalde, ya que como explica Javier Lacleta, socio de Andersen, “la ley queda en la práctica a expensas de lo que los ayuntamientos decidan, no sólo en relación con aplicar o no la norma, sino a qué lugares y sectores de su territorio, y en su caso, con qué condiciones”.

La ley concede a los ayuntamiento un máximo de cuatro meses (inicialmente se planteó sólo dos) para decidir si la aplican y, en el caso de que decidan seguir adelante, se cuenta con un plazo de dos años para solicitar licencia y otros tres años para ejecutar la obra.

placeholder Pleno de la Asamblea de Madrid. (EFE/Sergio Pérez)
Pleno de la Asamblea de Madrid. (EFE/Sergio Pérez)

De este modo, en cinco años deberían estar en el mercado las 20.000 viviendas que Madrid prevé conseguir con este cambio de uso. Un hito aplaudido por todo el sector que, sin embargo, ahora que se acerca el momento de llevarlo a la práctica también despierta algunas dudas.

Más allá de si alcaldes de un color u otro podrán oponerse a esta medida por razones políticas, en el sector preocupa que cuenten con sólo cuatro meses, teniendo en cuanto los dilatados plazos con los que están acostumbrados a trabajar en la administración pública.

En el sector preocupa que los alcaldes cuenten con sólo 4 meses, teniendo en cuanto los plazos de la administración pública y que es verano

Esto deja asomar el riesgo de que algunos consistorios terminen no llevándola a cabo por considerar que no llegan a tiempo para analizarlo bien, sobre todo, teniendo en cuenta que la ley entrará en vigor conforme se publique en el boletín oficial de la Comunidad de Madrid (BOCAM) y que, por tanto, la mitad de esos cuatro meses de plazo será verano.

A esto se unen dos importantes flecos que han quedado sueltos. Por una parte, cómo se selecciona ese 30% del ámbito que sí podrá cambiar de uso. "Se ha regulado de forma muy parca y hay dudas sobre cómo se va a seleccionar el 30% que podrá cambiar de uso. ¿Por orden de solicitud? Entonces, alguien podría presentarse sólo para bloquear el cupo y luego no desarrollar nada", explica Lacleta.

Foto: Un edificio de oficinas en Madrid. (Europa Press/Eduardo Parra)

El otro cabo suelto tiene que ver con que "la norma no dice qué tipo de vivienda protegida debe ser, si VPPL (más cara) o VPPB, un punto muy importante, sobre todo, tras la reciente revisión al alza del precio del módulo protegido en la Comunidad de Madrid", añade.

En los dos casos, el promotor va a conseguir una importante revalorización de su activo, que pasa de tener uso tercio a residencial, lo que a priori invita a pensar que los ayuntamientos optaran por la fórmula menos onerosa para los futuros inquilinos, que sería la VPPB, pero lo cierto es que todo queda a expensas de cada consistorio.

El Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobará en el pleno de este jueves una de las normas más esperadas por el sector, ya que está llamada a ser un revulsivo para dos problemas: dar una salida a miles de metros cuadrados de oficinas que están quedando obsoletos y colocar rápidamente en el mercado pisos protegidos en régimen de alquiler.

Isabel Díaz Ayuso Vivienda Oficinas
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