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El Supremo reactiva las sanciones a colegios de abogados por recomendar honorarios
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tras una denuncia de bankia

El Supremo reactiva las sanciones a colegios de abogados por recomendar honorarios

La Audiencia Nacional volverá a pronunciarse sobre los recursos de los colegios de abogados de Valencia, Ávila, Barcelona, Albacete y A Coruña, sancionados por la CNMC, por recomendar baremos de honorarios

Foto: Sede de Bankia en Madrid. (Reuters/Sergio Pérez)
Sede de Bankia en Madrid. (Reuters/Sergio Pérez)
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El Tribunal Supremo ha dado la razón a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y ha ordenado a la Audiencia Nacional que dicte nuevas sentencias referidas a los recursos presentados por los colegios de abogados de Valencia, Ávila, Barcelona y A Coruña, que fueron sancionados por la CNMC por realizar una recomendación colectiva sobre honorarios. Esto último es algo expresamente prohibido por la Ley de Colegios Profesionales.

Hace seis años, la CNMC sancionó a nueve colegios de abogados de España con 1,47 millones de euros tras acreditar que elaboraron, aplicaron y difundieron baremos de honorarios, algo prohibido desde 2009. Los colegios sancionados fueron los de Barcelona (620.000 euros), Valencia (315.000 euros), Sevilla (145.000 euros), Vizcaya (125.000 euros), La Rioja (90.000 euros), A Coruña (65.000 euros), Santa Cruz de Tenerife (65.000 euros), Albacete (20.000 euros) y Ávila (10.000 euros).

El origen de este caso parte de una denuncia de Bankia, con motivo de las costas de los pleitos masivos que presentaron los accionistas reclamando la inversión hecha en la salida a Bolsa en 2011. No obstante, la CNMC apuntó que durante la investigación confirmó que estos nueve colegios habían difundido estos baremos “con carácter general”.

Las sanciones fueron recurridas por los nueve colegios, aunque con resultado desigual. Por un lado, la Audiencia Nacional dio la razón a aquellos colegios en los que entendía que la CNMC no era competente para sancionar, sino las autoridades de competencia autonómicas. Es el caso de los colegios de Valencia, Ávila, Barcelona, A Coruña, Sevilla, Vizcaya y Santa Cruz de Tenerife. Contra estas sentencias, la CNMC recurrió y ha logrado que el Supremo las revoque tras entender que el regulador sí era competente. Por ahora, la CNMC ya ha ganado en esta 'segunda vuelta' en la Audiencia Nacional a los colegios de Sevilla y Santa Cruz de Tenerife. El resto de sentencias están pendientes.

La AN dio la razón a la CNMC desde el principio en aquellos casos en los que los colegios no contaban con una autoridad de competencia

Por otro lado, la Audiencia Nacional dio la razón a la CNMC desde el principio en aquellos casos en los que los colegios no contaban con una autoridad de competencia, por lo que no había dudas sobre la competencia del organismo que encabeza Cani Fernández para actuar. Es el caso de Albacete, que presentó un recurso ante el Tribunal Supremo que está admitido a trámite pero todavía pendiente de resolución. Respecto al colegio de La Rioja, la sanción ya es firme.

En las nuevas sentencias pendientes, la Audiencia Nacional podría volver a anular las sanciones, pero ya no podrá alegar la falta de competencia de la CNMC. A este respecto, cabe recordar que en las sentencias anuladas la Sala de lo Contencioso-Administrativo no cuestionó las prácticas multadas por el regulador.

El Tribunal Supremo ha dado la razón a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y ha ordenado a la Audiencia Nacional que dicte nuevas sentencias referidas a los recursos presentados por los colegios de abogados de Valencia, Ávila, Barcelona y A Coruña, que fueron sancionados por la CNMC por realizar una recomendación colectiva sobre honorarios. Esto último es algo expresamente prohibido por la Ley de Colegios Profesionales.

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