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El ICAM reclama en el Congreso regular los criterios orientativos sobre honorarios
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también reforzar el amparo colegial

El ICAM reclama en el Congreso regular los criterios orientativos sobre honorarios

El ICAM reclama a los grupos parlamentarios que regulen los criterios orientativos sobre honorarios a efectos de tasación de costas en la nueva Ley orgánica de Derecho de Defensa

Foto: Eugenio Ribón, decano del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. (Europa Press)
Eugenio Ribón, decano del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. (Europa Press)
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El Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) mueve ficha para regular los criterios orientativos de honorarios en la abogacía, un asunto espinoso para el sector que se ha saldado con sanciones de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a colegios de toda España, incluido el ICAM, por entender que se trata de una práctica que atenta contra la competencia.

El ICAM defiende que la publicación de criterios orientativos sobre honorarios profesionales se usaría exclusivamente a efectos de tasación de costas y jura de cuentas y que servirá para ofrecer certidumbre sobre los costes de un litigio.

"Urge establecer criterios claros y transparentes en los honorarios profesionales para garantizar el derecho a la información de los consumidores, tal como reconoce el artículo 51 de la Constitución española. Ahora mismo, los usuarios de la justicia no pueden conocer de manera aproximada los costos de un proceso judicial, lo que les impide evaluar adecuadamente los riesgos y beneficios de emprender acciones legales", señala Eugenio Ribón, decano del ICAM.

El ICAM quiere aprovechar la tramitación del Proyecto de Ley Orgánica del Derecho de Defensa, que esta semana encara su fase final en la Comisión de Justicia del Congreso con la votación en los próximos días del Dictamen que se remitirá al Pleno, para regular una cuestión que, a su juicio, no queda clara en la actual Ley de Colegios Profesionales. El informe de la ponencia, por ahora, no recoge esta cuestión.

Foto: Sede de Bankia en Madrid. (Reuters/Sergio Pérez)

La Ley de Colegios Profesionales establece, por un lado, que "los Colegios Profesionales y sus organizaciones colegiales no podrán establecer baremos orientativos ni cualquier otra orientación, recomendación, directriz, norma o regla sobre honorarios profesionales" y, en una de las disposiciones adicionales, que "los Colegios podrán elaborar criterios orientativos a los exclusivos efectos de la tasación de costas y de la jura de cuentas de los abogados. Dichos criterios serán igualmente válidos para el cálculo de honorarios y derechos que corresponden a los efectos de tasación de costas en asistencia jurídica gratuita". Una redacción global que el ICAM considera "ambigua" y que conviene precisar.

Ribón va a remitir cartas a todos los grupos parlamentarios para que apoyen una enmienda al artículo 6 de la nueva normativa de manera que quede claro que los usuarios tienen derecho a conocer "los costos generales del proceso, el procedimiento para la fijación de los honorarios profesionales y las consecuencias de una eventual condena en costas, para cuya determinación se fijarán criterios orientativos de cuantía específica y determinada por los Colegios de la Abogacía".

Amparo colegial

De forma paralela, el ICAM también empuja para introducir otra enmienda en el artículo 20 de la nueva ley referido al amparo colegial. En este caso, el colegio de abogados quiere reforzar el amparo colegial, dándole un mayor desarrollo y efectividad, para que no quede en un mero apoyo institucional y los colegios puedan llevar a cabo "todas aquellas actuaciones que conduzcan a la desaparición de las causas de perturbación".

El colegio asegura que la introducción de estas enmiendas "no solo beneficiará a los usuarios sino también a determinados grupos de profesionales como los abogados de empresa, los abogados del Estado, así como los de las comunidades autónomas y municipales que necesitan los criterios orientativos para informar a sus responsables institucionales sobre las posibles consecuencias económicas de una sentencia adversa con condena en costas" e insiste en que estos criterios orientativos "no tendría efectos en cuanto a competencia, dada la amplísima pluralidad y variedad de la oferta en el sector legal, y la gran elasticidad en los precios".

Por último, la abogacía de Madrid también reclama a los grupos parlamentarios que esta ley incluya una referencia a la Justicia Gratuita y a la necesidad de regular el Estatuto del Turno de Oficio.

El Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) mueve ficha para regular los criterios orientativos de honorarios en la abogacía, un asunto espinoso para el sector que se ha saldado con sanciones de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a colegios de toda España, incluido el ICAM, por entender que se trata de una práctica que atenta contra la competencia.

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