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Los Inspectores de Hacienda reiteran que ellos deben ‘comprobar’ las Sicav y podrían recurrir el nuevo Reglamento de fondos
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Los Inspectores de Hacienda reiteran que ellos deben ‘comprobar’ las Sicav y podrían recurrir el nuevo Reglamento de fondos

Ya ha llegado la respuesta de los Inspectores de Hacienda a la noticia de que la CNMV será la encargada de verificar la naturaleza de los

Ya ha llegado la respuesta de los Inspectores de Hacienda a la noticia de que la CNMV será la encargada de verificar la naturaleza de los partícipes de las sociedades de inversión (Sicav). Los inspectores, aunque no rechazan las competencias del regulador, reiteran las suyas con firmeza. Además, avisan que aunque cambiara el marco de la inversión colectiva, ello no tendría efectos retroactivos y anuncian que podrían recurrir el esperado Reglamento de inversión colectiva “si se limitan las facultades de comprobación de la inspección”.

Los Inspectores de Hacienda iniciaron una investigación este año a varias Sicav (la cifra, no confirmada oficialmente, estaría comprendida entre las 200-300, según comentarios de mercado), denunciando en varios casos que la cifra mínima de 100 accionistas era falsa, ya que contenía “partícipes de paja, en muchos casos procedentes de la misma gestora”. La inspección señala que en esos casos, la Sicav no debe beneficiarse de impuesto de sociedades del 1% y debería aplicársele el 35% ordinario.

En un documento presentado hoy, la Asociación de Inspectores de Hacienda recuerda que hace unos años, se pusieron en contacto con la CNMV, trasladándole las irregularidades que se detectaban en las primeras investigaciones sobre algunas Sicav (por entonces, Simcav). Sin embargo, “la única preocupación para dicho organismo era que no se produjera ningún perjuicio económico para los inversores, resultándole indiferente si las Simcav tributaban correctamente o no”, por el incumplimiento de los requisitos para poder gozar del régimen tributario especial.

Así, a la CNMV “le hubiera preocupado la situación si hubiera podido producirse un fraude o estafa a un numeroso grupo de pequeños inversores que hubieran depositado sus ahorros en un chiringuito financiero y los hubieran perdido”. Pero en las Simcav no se producía dicha situación, “y el único posible perjudicado era la Hacienda Pública, pero esta es lo suficientemente poderosa para defender por sí misma sus intereses”, comentan.

Los inspectores insisten en que “nos corresponde comprobar que la tributación de esos beneficios al tipo impositivo del 1% se efectúa porque realmente se ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la normativa vigente y realmente se trata de instituciones de inversión colectiva”.

Y esto no significa ninguna injerencia, en su opinión. “Los requisitos que han de cumplir las Sicav pueden ser comprobados tanto por la CNMV como por la inspección de Hacienda, pero con fines diferentes. En el caso de la Inspección, el examen tendrá efectos exclusivamente fiscales en relación con su régimen tributario especial”.

Asimismo, también recurren a antecedentes como “el caso conocido como las primas únicas”, en el que sentencias del Tribunal Supremo confirmaron “la procedencia de las liquidaciones efectuadas por la Inspección”. Así, los tribunales confirmaron las corrección de las inspecciones, “aún reconociendo la competencia de supervisión tanto de la Dirección General de Seguros como del propio Banco de España”.

Mientras tanto, desde las gestoras, señalan que en España no deberían existir el criterio de una cifra mínima de partícipes para constituir fondos o Sicav y que, además, los partícipes y accionistas sufren “doble imposición”, al pagar el 15% sobre plusvalías, además de sufrir el 1% de sociedades.

Ya ha llegado la respuesta de los Inspectores de Hacienda a la noticia de que la CNMV será la encargada de verificar la naturaleza de los partícipes de las sociedades de inversión (Sicav). Los inspectores, aunque no rechazan las competencias del regulador, reiteran las suyas con firmeza. Además, avisan que aunque cambiara el marco de la inversión colectiva, ello no tendría efectos retroactivos y anuncian que podrían recurrir el esperado Reglamento de inversión colectiva “si se limitan las facultades de comprobación de la inspección”.