Es noticia
La banca no te puede obligar a contratar un seguro de vida con la hipoteca
  1. Mercados
  2. Finanzas personales
PERO ES CONVENIENTE

La banca no te puede obligar a contratar un seguro de vida con la hipoteca

Hasta hace apenas unos años, era práctica habitual de la banca vincular la contratación de una hipoteca a otros productos financieros, entre ellos, el seguro de vida

Foto: Los bancos no te pueden obligar a contratar el seguro de vida con la hipoteca. (Foto: iStock)
Los bancos no te pueden obligar a contratar el seguro de vida con la hipoteca. (Foto: iStock)
EC EXCLUSIVO Artículo solo para suscriptores

A la hora de contratar una hipoteca son muchas las preguntas que pasan por la cabeza del futuro hipotecado. ¿Es mejor a tipo fijo o variable?, ¿a 25 o 30 años?, ¿es obligatorio contratar también un seguro de hogar, un seguro de vida, un plan de pensiones o domiciliar la nómina?

Hasta hace apenas unos años, era práctica habitual de la banca vincular la contratación de una hipoteca a otros productos financieros, entre ellos, el seguro de vida. Sin embargo, la práctica de los seguros vinculados quedó expresamente prohibida en la nueva Ley Hipotecaria de 2019, que entró en vigor en junio de aquel año y que es la trasposición de una directiva europea en la materia.

La banca no puede obligar a un cliente o empresa a contratar un seguro con la hipoteca

Es decir, la banca no puede obligar a ningún ciudadano ni a ninguna empresa a contratar un seguro cuando le vende otros productos financieros como, por ejemplo, una hipoteca. Y, a pesar de ello, los seguros, tanto de vida como de hogar están muy presentes en toda la oferta hipotecaria. No en vano, aunque el cliente no está obligado a contratarlos con la hipoteca con el mismo banco que le ofrece la hipoteca, de hacerlo, puede conseguir un diferencial o un tipo de interés más ventajoso, de ahí que sea más que habitual que junto con la hipoteca, el cliente contrate un seguro de vida y otro de hogar.

En el momento en que un cliente potencial se acerca a un banco a solicitar una hipoteca, lo más probable es que, "a continuación, reciba, invariablemente, una serie de ofertas de esas que no se pueden rechazar", asegura a El Confidencial Carlos Lluch, mediador de seguros y director técnico en Lluch & Juelich Brokers.

Foto: Radiografía del mercado hipotecario: menos hipotecas, de menos importe y más caras. (iStock)

"Da igual que la Legislación de Consumidores y Usuarios prohíba la colocación de productos accesorios no solicitados, o que la Ley 5/2019 le prohíba al banco vincular cualquier producto al préstamo, seguros incluidos. O que el Real Decreto 3/2020 le prohíba al banco —un distribuidor más de seguros— imponer directa o indirectamente un contrato de seguro: toda ley va a ser burlada y todo derecho pisoteado, salvo honrosas excepciones", lamenta este experto.

"Eso no es un problema menor, si tenemos en cuenta que solo en 2022 se firmaron en España más de 463.000 hipotecas y en muchas de ellas se engañó al cliente, pues no hay seguro obligatorio. Si leemos el artículo 248 del Código Penal, veremos que cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno".

¿Es obligatorio contratar un seguro de vida?

El seguro de vida no es obligatorio para conseguir una hipoteca. Y, a pesar de ello, su contratación, así como la de otros productos vinculados, puede ser un arma con la que juega la banca para dar luz verde o carpetazo a una operación. El único seguro obligatorio al contratar una hipoteca es el seguro de daños, tal y como lo determina la Ley Hipotecaria y, a pesar de ser obligatorio, no es necesario que su contratación se haga con el mismo banco que concede la hipoteca. Es decir, los clientes tienen libertad para contratar el seguro con el banco o con una aseguradora.

Según la Dirección General de Seguros (DGS), "la legislación vigente no impone con carácter general y de forma directa al deudor de un préstamo hipotecario la obligación de contratar seguros sobre el inmueble hipotecado. La normativa reguladora del mercado hipotecario establece determinados requisitos para que las entidades financieras puedan emitir títulos en el citado mercado. Por tanto, si una entidad de crédito desea emitir cédulas o bonos hipotecarios con base en los préstamos con garantía hipotecaria concedidos a propietarios de inmuebles hipotecados, puede condicionar la concesión del préstamo a que el deudor se comprometa a suscribir un seguro de daños para el citado inmueble, pero, en todo caso, la obligación para el deudor tendrá siempre carácter contractual y no legal".

No es obligatorio, pero sí aconsejable

El hecho de que contratar un seguro de vida no sea obligatorio, no quiere decir que no sea conveniente. Tal y como explican los expertos, el seguro de vida es bueno para el cliente porque se protege a sí mismo de una posible invalidez y a su familia de un posible fallecimiento. De forma que el seguro, en este tipo de situaciones, sirve para amortizar el préstamo, pero también es bueno para la entidad financiera, porque en estas situaciones, de no existir un seguro, podría tener problemas para recuperar la deuda. Eso sí, recuerdan los expertos, en ningún caso el banco puede determinar con quién —aseguradora o mediador— se ha de firmar el seguro.

Según Carlos Lluch, "los seguros que uno puede comprar en el banco no son iguales que los que puede hallar en el mercado libre. Numerosos estudios de Mystery Shopper han obtenido como resultado que el seguro de vida puede ser entre un 60 y un 300% más caro en el banco que en el mercado libre. Si hablamos de seguro de hogar el sobreprecio ronda entre un 40 y el 150%. Pero eso no es lo peor, puesto que, cuando aterrizamos en la cobertura también cambian las cosas y a peor. Eso arroja márgenes de negocio escandalosos y de ahí el interés en colocarlos".

El seguro de vida puede ser entre un 60% y un 300% más caro en el banco al compararlo con el mercado libre

Y pone un ejemplo. "El seguro de una de las aseguradoras punteras en España contiene una cláusula por la que el banco tiene el derecho preferente a cobrar toda indemnización que afecte a la edificación, esto es, al continente. Si miramos el mismo seguro, de la misma compañía, pero comercializado por un banco observaremos que este tiene derecho también a cualquier indemnización que afecte al contenido (muebles, ropa, electrodomésticos, etc.). En otro contrato, emitido por una conocida aseguradora telefónica con acuerdo bancario, no tendremos derecho a cobrar nada si no perdemos más del 85% del contenido asegurado. Hallaremos titulares relativamente lindos como Responsabilidad Civil, 300.000 euros, que se transforman en un máximo de 30.000 euros por siniestro en la famosa letra pequeña. ¿Por qué habría de elegir esto para protegerse un consumidor inteligente e informado? ¿Sabe eso el pobre asegurado…a la fuerza? ¿Tuvo opción de elegir cómo asegurarse y a qué renunciar a cambio de acceder al préstamo o a un mejor diferencial?".

A pesar de todo ello, según los expertos, contratar un seguro de vida es conveniente porque es una cobertura que, si bien no es obligatoria, es una de las más recomendables a la hora de comprar una casa, ya que asegura el pago de la hipoteca en caso de fallecimiento, incapacidad u otros imprevistos, lo que supone una protección clave para los familiares o herederos del tomador, que podrán seguir disfrutando de la vivienda con tranquilidad", destacan desde Life5, startup española pionera en insurtech.

Además, el cliente debe tener la posibilidad, siempre, de elegir, con quién contratar dicho seguro, valorando precios y coberturas. El consumidor, además, debe saber que la ley le da el derecho de dar marcha atrás en todo seguro de vida de duración superior a seis meses sin tener que dar explicación alguna y tendrá derecho a la devolución de la prima que hubiera pagado, excepto la parte correspondiente al periodo de tiempo en que el contrato hubiera tenido vigencia.

¿Qué hay que tener en cuenta al contratarlo?

Los expertos aseguran que elegir un seguro no es solo cuestión de precio, sino que el cliente tiene que tener claro qué tipo de coberturas necesita. Para ello, dan algunas recomendaciones. Por ejemplo, preguntar si el seguro de vida es de capital decreciente. Es decir, si se va a ajustando al saldo del préstamo mensual o fijo por el montante inicial. O si se trata de un seguro en el que la prima se paga a plazos de una sola vez en el momento de abrir la hipoteca.

Ningún banco puede obligar a sus clientes a adquirir otros productos a la hora de solicitar un préstamo hipotecario

Como estos seguros suelen suponer un desembolso importante de dinero, en caso de pedir financiación al banco para abonar su coste, los expertos recomiendan tener en cuenta que se acabará realizando un importante desembolso en concepto de intereses. Al fin y al cabo es un préstamo para pagar dicho seguro.

"Son los famosos PUF", destaca Carlos Lluch, que no son otra cosa que seguros de vida que el seguro cobra de una sola vez por toda la duración del préstamo. ¿A quién beneficia? Pues al banco, que con ello impide que durante décadas puedas cambiar de seguro y cobra de una tacada una comisión que supera el 50%, normalmente. A ti te obligará a pagar un seguro carísimo, que tendrás que financiar pagando intereses y que te encorsetará por lo que puede que no sea adecuado si hay cambios en tu vida. ¡O seguros que cubren baja laboral y desempleo a funcionarios!".

Foto: La hipoteca de la casa de la playa: más difícil de conseguir, pero ¿es mucho más cara? (iStock)

¿Se debe contratar en el banco que da la hipoteca?

Aunque la Ley Hipotecaria española establece que ningún banco puede obligar a sus clientes a adquirir otros productos a la hora de solicitar un préstamo hipotecario, muchas entidades facilitan su gestión y ofrecen bonificaciones vinculadas a su contratación.

Sin embargo, señalan desde Life5, "en la mayoría de los casos, la gestión con otras entidades, como las aseguradoras tradicionales o las insurtech, tiene otras ventajas de alto impacto en lo que respecta a las condiciones y que afectan directamente al precio o las coberturas finales. Esta posibilidad, que en muchos casos pasa desapercibida, permite a los usuarios optar a opciones más flexibles dentro del sector asegurador, en las que la digitalización, la flexibilidad, el conocimiento del nuevo consumidor o la simplificación de las condiciones, como la ausencia de permanencias, son la clave para adaptarse a cada tipo de cliente".

¿Quién es el beneficiario?

Si se contrata un seguro de vida vinculado a una hipoteca, en estos casos, el beneficiario, es decir, quien recibe el capital asegurado contratado en caso de fallecimiento, incapacidad o similar, es la propia entidad bancaria con la que se ha contratado la hipoteca, ya que su finalidad es cubrir la deuda pendiente.

¿Cuánto tiempo hay que tenerlo contratado?

Si bien no existe una pauta de duración establecida, lo ideal es mantener dicho seguro durante todo el tiempo en que el préstamo hipotecario esté vigente. De esta manera, los herederos y familiares, así como posibles avalistas, estarán cubiertos y protegidos hasta que el pago del préstamo haya sido completamente satisfecho.

"Teniendo en cuenta que la posibilidad de mantener un seguro de vida de por vida supone un extra de seguridad y protección para cualquier usuario, y considerando el contexto económico-inmobiliario actual, hoy en día la flexibilidad, la cercanía y la facilidad son condiciones que consideramos esenciales para ser realmente útiles para el nuevo consumidor, más aún en los casos en los que se encuentran inmersos en un préstamo hipotecario", explica Guillermo Alén, CEO de Life5.

Por otro lado, según esta insurtech, en aquellos casos en los que la hipoteca cuenta con algún tipo de aval, como suele suceder en los productos hipotecarios pensados para jóvenes, es recomendable mantener el seguro de vida, al menos, hasta que finalice la duración de dicho aval, lo que permitirá proteger a los avalistas, los padres y otros familiares directos en muchos casos, ante posibles imprevistos o impagos.

Edad mínima y máxima para contratarlo

Con respecto a la edad mínima, es de 18 años, con la excepción de mayores de 14 años que podrían ser los asegurados, siempre y cuando su tutor legal dé conformidad y el tomador sea mayor de edad. Por su parte, la edad máxima para la contratación de un seguro de vida asociado a una hipoteca es de 65-70 años por norma general, sin embargo, existen algunas aseguradoras que ofrecen seguros hasta los 74 años.

Lo ideal es mantener dicho seguro durante todo el tiempo en que la hipoteca esté vigente

¿Cuánto cuesta un seguro?

Como en la mayoría de productos de este tipo, no existe un coste estipulado y éste depende de diversos factores, especialmente vinculados al riesgo que suponga para la entidad aseguradora la cobertura de un usuario en concreto. En este sentido, es importante tener en cuenta que las primas de los seguros de vida se calculan, entre otras cosas, atendiendo a cuestiones como la edad o el estado de salud, por lo que, en general, el coste suele aumentar a medida que se tiene mayor edad.

Asimismo, la prima a pagar también vendrá marcada por cuestiones como el capital asegurado o las garantías adicionales, así como por la entidad con la que se decida contratar el seguro, ya que los precios pueden variar mucho, entre las ofertas del sector bancario o el asegurador, como indica el estudio realizado por Inese Data y la consultora independiente Global Actuarial del que se hace eco Life5.

"El cebo, la lombriz que se pone en el anzuelo, es el diferencial. Para conseguir un tipo de interés normal, tienes que morder el anzuelo. Lo que pasa es que poca gente calcula qué sacrificio en cobertura asume, cuántos recargos pagará y qué intereses le costarán esas vinculaciones. Podrá deshacerse de cualquier seguro de vida con el artículo 83.a.1 de la Ley 50/1980 dentro de los primeros 30 días, pero cualquier otra vinculación va a ser como una condena que arrastrará", advierte Lluch, quien recomineda "pensar antes de firmar y, desde luego, si hay dudas, acudir a un corredor y obtener consejo será lo más prudente, sensato y —desde el punto de vista de la seguridad patrimonial— certero".

A la hora de contratar una hipoteca son muchas las preguntas que pasan por la cabeza del futuro hipotecado. ¿Es mejor a tipo fijo o variable?, ¿a 25 o 30 años?, ¿es obligatorio contratar también un seguro de hogar, un seguro de vida, un plan de pensiones o domiciliar la nómina?

Ley Hipotecaria Gastos hipoteca
El redactor recomienda