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El Congreso eleva al 20% el mínimo de participación en gestoras de fondos que requiere supervisión de la CNMV
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El Congreso eleva al 20% el mínimo de participación en gestoras de fondos que requiere supervisión de la CNMV

La Comisión de Economía del Congreso aprobó hoy remitir al Senado el proyecto de Ley para la reforma del régimen de participaciones significativas en bancos y

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El Congreso eleva al 20% el mínimo de participación en gestoras de fondos que requiere supervisión de la CNMV

La reforma del régimen de participaciones significativas en empresas de servicios de inversión, entidades de crédito y entidades aseguradoras aprobada por el Gobierno en diciembre señala que deberán notificarse para su evaluación previa las adquisiciones que igualen o superen el 10% del capital o los derechos de voto de una entidad financiera, frente al umbral del 5% vigente hasta ahora.

Ahora, el texto remitido a la Cámara Alta asume dos enmiendas presentadas por PSOE y CiU que afectan a la ley de Instituciones de Inversión Colectiva, simplificando los diferentes umbrales que determinaban el deber de notificación de las entidades ante incrementos o reducciones de las participaciones significativas, que hasta ahora estaban fijados en 10%, 15%, 20%, 25%, 33%, 40%, 50%, 66% o 75%, para equipararlos al texto aprobado por el Gobierno, reducidos a tres tramos, de 20%, 30% y 50%.  

En todo caso, rebasados estos umbrales habrá que notificar a la CNMV la cuantía exacta de la participación, la fórmula de la operación y el plazo en que pretende llevarse a cabo. Asimismo, siempre que una persona física o jurídica que haya adquirido una participación igual o superior al 5%, deberá comunicarlo inmediatamente tanto a la CNMV como a la propia sociedad objeto de la operación.

Solución de CIU a los embargos en las OPAS

También prosperó, con el respaldo unánime de todos los grupos, la enmienda de CiU que planteaba que, si en un proceso de Oferta Pública de Adquisición (OPA), los valores objeto de la compra o venta forzosa se encuentran embargados como consecuencia de actos administrativos o de resoluciones judiciales, se enajenarán libres de cargas, pasando éstas a aplicarse sobre el precio pagado o los valores entregados por el comprador como pago.

Con esta modificación, se plantea una fórmula para resolver el problema planteado por la existencia de valores gravados por embargos practicados por órganos judiciales o administrativos, un supuesto no contemplado en el proyecto de ley original del Gobierno ni en el actual régimen de OPAs incluido en la Ley del Mercado de Valores.

El PP quiere romper el límite del 30% en OPAS

Por su parte, La Comisión rechazó la propuesta del PP de reformar al Ley de OPAs para que la CNMV obligue a lanzar una Oferta Pública de Adquisición (OPA) sobre la totalidad de las acciones de una sociedad cuando, aún sin alcanzar el 30% de los derechos de voto, la posición alcanzada sea superior a la suma de los derechos de voto correspondientes a los restantes socios de referencia.  

En este sentido, el PP planteaba que se hable también de posición de control si la CNMV considera que, aunque no otorgue una posición superior  al 30%, el precio de adquisición del paquete de acciones incorpora una prima por control de la sociedad. En cualquiera de estos supuestos, la obligación de lanzar la OPA corresponderá de forma solidaria a cuantos hayan participado en dicho concierto.

La reforma del régimen de participaciones significativas en empresas de servicios de inversión, entidades de crédito y entidades aseguradoras aprobada por el Gobierno en diciembre señala que deberán notificarse para su evaluación previa las adquisiciones que igualen o superen el 10% del capital o los derechos de voto de una entidad financiera, frente al umbral del 5% vigente hasta ahora.

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