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Por que no todos tenemos un coche eléctrico... claves de las etiquetas en Madrid
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obligatorias desde el 24 de abril

Por que no todos tenemos un coche eléctrico... claves de las etiquetas en Madrid

Los 'Vehículos A', que no disponen de etiqueta medioambiental, no tienen que llevar ningún distintivo y pueden seguir circulando sin problemas por las calles de la capital hasta el año 2025

Foto: Los coches híbridos tienen etiqueta ECO.
Los coches híbridos tienen etiqueta ECO.

¿Puedo circular en Madrid con mi coche? El Ayuntamiento de Madrid ha establecido este 24 de abril como primer día obligatorio para circular con la respectiva etiqueta mediombiental pegada en un lugar visible del vehículo. Al respecto se ha generado cierta confusión -sobre todo con los más antiguos- con el temor de no poder circular porque no tienen derecho a etiqueta... ¡Error! Vamos a ordenar las ideas, salvo que tengas un coche eléctrico o híbrido, que lo tendrás muy claro.

¿Qué vehículos NO tienen que llevar distintivo?

La Comunidad de Madrid dispone de un parque de 4.746.526 vehículos -tal y como describe AEA Club-, de los cuales un 37% (1.792.208) son coches que por su antigüedad la DGT los ha clasificado como 'Vehículos A' ye no disponen de etiqueta medioambiental. Por eso, sus propietarios no tienen que colocar ningún distintivo en el parabrisas, o en un lugar visible en el caso de las motos, y pueden seguir circulando sin problemas por las calles de la capital hasta el año 2025.

Restricciones excepcionales para vehículos sin etiqueta

Existen dos supuestos excepcionales en los que los coches sin etiqueta tienen restringida su circulación por determinadas calles de la capital:

1º) Cuando se active el Protocolo para episodios de Alta Contaminación, no podrán estacionar en las plazas del SER, con el Escenario 2, y no podrán circular por ninguna calle de Madrid a partir del Escenario 3.

2º) Circulación por “Madrid Central”: Solo pueden acceder los vehículos de los residentes en esta zona hasta el 2025 y los invitados por estos, así como los que dispongan de una plaza de aparcamiento (en alquiler, en propiedad o en un PAR) hasta el 31/12/2019.

Fuera de estos dos supuestos pueden circular SIN ETIQUETA por el resto de calles de Madrid.

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¿Qué vehículos SÍ tienen que llevar distintivo?

Todos los vehículos clasificados por la DGT como “0”, “ECO”, “C” o “B”.

¿Dónde se coloca la etiqueta?

Si el vehículo dispone de parabrisas en el ángulo inferior derecho. Si no, en cualquier lugar visible.

¿Qué pasa si no lo exhibo?

La Ordenanza de Movilidad de Madrid prevé una multa de hasta 100 €. No obstante, AEA ha dispuesto un servicio de asesoramiento gratuito para defender los legítimos derechos de los Socios, dado que se han detectado numerosas irregularidades en la clasificación medioambiental de los vehículos y en la puesta en marcha de la nueva Ordenanza de Movilidad por parte del Ayuntamiento de Madrid.

¿Y los turistas qué?

La norma municipal no establece ninguna excepción a la obligación de exhibir el distintivo ambiental para los residentes en otros municipios que quieran circular por el municipio de Madrid, salvo que, como hemos indicado anteriormente, se trate de vehículos que por su antigüedad la DGT no les concede el distintivo ambiental.

¿Puedo circular en Madrid con mi coche? El Ayuntamiento de Madrid ha establecido este 24 de abril como primer día obligatorio para circular con la respectiva etiqueta mediombiental pegada en un lugar visible del vehículo. Al respecto se ha generado cierta confusión -sobre todo con los más antiguos- con el temor de no poder circular porque no tienen derecho a etiqueta... ¡Error! Vamos a ordenar las ideas, salvo que tengas un coche eléctrico o híbrido, que lo tendrás muy claro.

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