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El Supremo critica los estereotipos de género contra una víctima de violación: son "caducos y erróneos"
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El Supremo critica los estereotipos de género contra una víctima de violación: son "caducos y erróneos"

En la sentencia del caso, el Supremo considera que se tiene una concepción "errónea y censurable" de cómo ha de ser una víctima de estos delitos sexuales

Foto: Tribunal Supremo. Foto: EP
Tribunal Supremo. Foto: EP

Fue asaltada el 10 de junio del año 2013 en un portal en pleno centro de Madrid. Allí, dos hombres que desconocía la sujetaron con fuerza por los brazos y las piernas mientras un tercero la violó. Tenía entonces 32 años. Cinco años después, identificaron al principal autor de la agresión que acabó siendo condenado por los tribunales de Madrid, no sin antes hacer que la víctima volviera a pasar por los mismos trámites que cuando denunció. Ante esto, el Tribunal Supremo — que ha hecho firme la sentencia ante la que presentaron recurso — ha criticado el trato de la Justicia hacia la denunciante y ha destacado que en los delitos sexuales es "caduco y erróneo" pensar que la víctima tiene que denunciar de inmediato y ha achacado que este tipo de pensamientos tienen una misma raíz: los estereotipos de género.

El Alto tribunal ha advertido, en una sentencia por agresión sexual, de las revictimización o victimización secundaria que sufren las mujeres que han sido sometidas a este delito, durante la relación que se ha producido "entre ella y el resto de operadores sociales". La sentencia del Supremo, recogida por Europa Press, recoge especialmente la relación de la víctima con los trabajadores de "la administración de Justicia que han intervenido en su proceso de atención/recuperación de la agresión sexual sufrida".

Así, el texto ve "innecesario" el reconocimiento que el médico forense realizó a la víctima al reabrirse la causa, más de cinco años después de la agresión — cuando se identificó al acusado —, tanto por el hecho de que la víctima "siempre ha dicho que no le causaron lesiones", como porque después de ese tiempo "ninguna lesión podría tener ni serle apreciada". Esta sentencia confirma la dictada por la Audiencia Provincial de Madrid, que condenó a trece años y seis meses de prisión a P.E.R.D., de 30 años, por violar a una mujer de 32 mientras la víctima era sujetada por los brazos y las piernas por otros dos hombres, el 10 de junio de 2013 en un portal del centro de Madrid.

Los estereotipos contra la víctima

Por otra parte, el documento recoge como "lógico" que una víctima de agresión no acuda a la policía a denunciar "llevando la ropa interior que vestía en el momento de la agresión". Para el Supremo, esta suposición solo puede plantearse desde "una errónea y censurable concepción de cómo ha de ser una víctima de estos delitos, influida por caducos y erróneos estereotipos de género conforme a los cuales la víctima de un ataque contra su libertad sexual denuncia siempre y de inmediato, sale tras la agresión pidiendo ayuda a cualquiera que se encuentre".

La sentencia también rechaza la creencia de quienes creen que estas víctimas se someten "de inmediato a todas pruebas y diligencias de investigación sin importar su angustia o dolor y cuenta el abuso a cuantos le rodean". "Obviamente no es así", indica.

Fue asaltada el 10 de junio del año 2013 en un portal en pleno centro de Madrid. Allí, dos hombres que desconocía la sujetaron con fuerza por los brazos y las piernas mientras un tercero la violó. Tenía entonces 32 años. Cinco años después, identificaron al principal autor de la agresión que acabó siendo condenado por los tribunales de Madrid, no sin antes hacer que la víctima volviera a pasar por los mismos trámites que cuando denunció. Ante esto, el Tribunal Supremo — que ha hecho firme la sentencia ante la que presentaron recurso — ha criticado el trato de la Justicia hacia la denunciante y ha destacado que en los delitos sexuales es "caduco y erróneo" pensar que la víctima tiene que denunciar de inmediato y ha achacado que este tipo de pensamientos tienen una misma raíz: los estereotipos de género.

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