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Exigir fotos sexuales a menores en redes bajo amenazas es agresión sexual, según el TS
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eleva la pena a un acusado

Exigir fotos sexuales a menores en redes bajo amenazas es agresión sexual, según el TS

El Supremo considera que, pese a la distancia física entre acusado y víctima, hubo intimidación al atentar contra la libertad sexual de la menor, de 12 años, por lo que es agresión sexual

Foto: Vista de la fachada del Tribunal Supremo. (EFE)
Vista de la fachada del Tribunal Supremo. (EFE)

El Tribunal Supremo ha tipificado como un delito de agresión sexual la obtención de vídeos sexuales de una menor mediante intimidación en las redes sociales. Así lo ha decretado en una condena contra un hombre que chantajeó a una menor vía Tuenti para que le enviase fotos suyas íntimas bajo amenazas. Es por ello que el alto tribunal ha considerado que, pese a la distancia física entre ambos, el acusado atentó contra la libertad sexual de la víctima mediante la intimidación.

El Supremo considera como hechos probados que el acusado, J.L.A.I., se hizo pasar por una joven en la red social Tuenti y, en 2012, envió una petición de amistad a la víctima, de 12 años. Tres días después, una vez conseguido el móvil de la misma, habló con ella a través de WhatsApp y le envió imágenes de una menor desnuda, haciéndose pasar por la joven que supuestamente le había agregado a la red social.

Con este pretexto, le instó a la menor a que hiciera lo mismo y le enviara vídeos y fotos sexuales de ella, a lo que esta se negó. Fue entonces cuando comenzaron las amenazas por parte del acusado, diciéndole que "era un delito poseer la fotografía y que, de no acceder a su pretensión la denunciaría a ella y a sus padres". Ante esto, la víctima le envió fotografías sexuales en las que se la veía desnuda y en posturas íntimas, así como un vídeo en el que se la veía masturbándose.

En lugar de cesar en sus exigencias, el acusado le pidió más contenidos de este estilo e insistió en que, de negarse, metería a sus padres en la cárcel y enviaría las imágenes que le había remitido a todos sus contactos de Tuenti.

No fue hasta unas semanas más tarde cuando el padre de la víctima sorprendió a su hija masturbándose en el baño de su casa para enviarle otro vídeo al acusado. Tras contarle la joven lo que ocurría, ambos se dirigieron al cuartel de la Guardia Civil para presentar una denuncia. Días después, el procesado continuó enviando mensajes a la menor, en los que decía "ya estoy arta", "me prometiste un video y nada", "mañana os denuncio". Más tarde, envió más mensajes en los que mencionaba 'El ciempiés humano' y 'A serbian film'.

Por estos hechos, la Audiencia Provincial de Valencia condenó al hombre a una pena de dos años y 9 meses por un delito de corrupción de menores y le absolvió del delito de agresión sexual. Sin embargo, tras la última decisión del Supremo, el tribunal ha decidido elevar la condena a cinco años y cuatro meses por considerarlo también responsable de un delito de agresión sexual.

El alto tribunal considera que "la distancia física entre victimario y víctima no desnaturaliza los requisitos de la agresión sexual puesto que mediante intimidación se atenta contra la libertad sexual de la víctima en un escenario, el de las redes sociales, con mayor impacto nocivo y duradero". Para la Sala, la obtención de imágenes de contenido pornográfico de una menor tocándose su propio cuerpo, grabadas por ella misma, a consecuencia de la intimidación ‘on line’ ejercida por el autor constituye un delito de agresión sexual. Este delito –reitera la Sala— no exige que el agresor realice los actos directa y físicamente sobre la víctima.

El Tribunal Supremo ha tipificado como un delito de agresión sexual la obtención de vídeos sexuales de una menor mediante intimidación en las redes sociales. Así lo ha decretado en una condena contra un hombre que chantajeó a una menor vía Tuenti para que le enviase fotos suyas íntimas bajo amenazas. Es por ello que el alto tribunal ha considerado que, pese a la distancia física entre ambos, el acusado atentó contra la libertad sexual de la víctima mediante la intimidación.

Tribunal Supremo Agresión sexual
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