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Si tienes ascensor en tu edificio, esto te interesa: la tecnología que debe tener antes del 1 de julio
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Si tienes ascensor en tu edificio, esto te interesa: la tecnología que debe tener antes del 1 de julio

El próximo 1 de julio entra en vigor una nueva normativa respecto al uso de ascensores en comunidades de vecinos. Hay muchas exigencias en materia de seguridad

Foto: Muchos ascensores tendrán que someterse a procesos de reparación (Pexels)
Muchos ascensores tendrán que someterse a procesos de reparación (Pexels)

A partir del 1 de julio entra en vigor una nueva normativa para ascensores en España, impulsada por el Real Decreto 355/2024. Esta regulación, conocida como ITC AEM 1, tiene como objetivo principal mejorar la seguridad de los ascensores más antiguos y reducir la incidencia de accidentes. Con más de 1.180.000 ascensores en España, esta medida impactará significativamente en la vida de muchas comunidades de vecinos.

Los ascensores afectados, especialmente aquellos con entre 25 y 40 años de antigüedad, tendrán diferentes plazos para adaptarse, que varían entre los seis meses y los diez años. La responsabilidad de realizar estas adaptaciones recae en los titulares de los ascensores, que pueden ser comunidades de vecinos, propietarios individuales, centros públicos, comercios y hospitales.

La nueva normativa establece una serie de modificaciones técnicas obligatorias para todos los ascensores. Entre estas, se incluye la nivelación precisa de la cabina con el piso para evitar tropiezos, la instalación de sensores en las puertas automáticas para detectar obstáculos a diferentes alturas y la incorporación de pesacargas en la cabina para controlar el peso máximo permitido. Además, se exige la implementación de un sistema de comunicación bidireccional para situaciones de emergencia.

¿Cuánto costarán las adaptaciones?

El coste de estas adaptaciones es la preocupación central de muchas comunidades de vecinos. Según la Federación Empresarial Española de Ascensores (FEEDA), las inversiones necesarias variarán significativamente dependiendo de la tecnología y del estado de conservación de cada ascensor. Los costes pueden oscilar entre los 800 y los 8.000 euros, aunque podrían llegar hasta los 40.000 euros si fuese necesaria una sustitución completa.

Foto: Ascensor en un portal residencial. (iStock)

Por su parte, FEEDA también asegura que la principal motivación detrás de esta normativa es la prevención de accidentes, logrando potencialmente eliminar alrededor del 95% de los que se producen actualmente. Las mejoras incluyen la instalación de barreras fotoeléctricas para evitar golpes de puertas y atrapamientos, así como la mejora en la nivelación de la cabina.

Los ascensores deberán someterse a inspecciones periódicas realizadas por un Organismo de Control Autorizado (OCA). Tras la primera inspección, se determinará si el ascensor cumple con los nuevos estándares o si necesita adaptaciones. Si las deficiencias no se corrigen dentro del plazo establecido, se iniciará un expediente que podría culminar en la clausura del ascensor.

Aunque el sector enfatiza que el objetivo de la normativa es mejorar la seguridad y no sancionar, la Ley 21/1992, de Industria, prevé multas que pueden oscilar entre los 60.000 y los 100.000 euros en caso de infracción grave.

A partir del 1 de julio entra en vigor una nueva normativa para ascensores en España, impulsada por el Real Decreto 355/2024. Esta regulación, conocida como ITC AEM 1, tiene como objetivo principal mejorar la seguridad de los ascensores más antiguos y reducir la incidencia de accidentes. Con más de 1.180.000 ascensores en España, esta medida impactará significativamente en la vida de muchas comunidades de vecinos.

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