La CNMC multa con 200.000 euros a RTVE por exceso de autopromociones
El ente público ha incumplido la norma que dice que no pueden superarse los cinco minutos por hora
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado con 203.508 euros a la Corporación de Radio Televisión Española (CRTVE) por superar el límite de tiempo de emisión dedicado a las autopromociones, es decir, a los anuncios publicitarios de sus propios programas.
Según explicó este miércoles 7 de Diciembre de 2016, la Comisión en un comunicado, el artículo 13.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA) establece que "para la comunicación audiovisual televisiva, el tiempo dedicado a los anuncios publicitarios sobre sus propios programas y productos no podrá superar los cinco minutos por hora de reloj y sus contenidos estarán sujetos a las obligaciones y prohibiciones establecidas con carácter general para la publicidad comercial".
RTVE podrá interponer recurso contencioso-administrativo
Las infracciones detectadas en RTVE tuvieron lugar en marzo de 2016 en sus canales de televisión 1 y 2, indicó la CNMC.
Contra esta decisión, expuso la Comisión, la Corporación de Radio Televisión Española podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en un plazo de dos meses.
Esta sanción es fruto de un expediente que la CNMC abrió a la Corporación pública en junio, y ante el que ésta interpuso alegaciones. Al final estas explicaciones han sido desestimadas.
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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado con 203.508 euros a la Corporación de Radio Televisión Española (CRTVE) por superar el límite de tiempo de emisión dedicado a las autopromociones, es decir, a los anuncios publicitarios de sus propios programas.