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La hipoteca se encarece hasta 1.357 euros al año si no se contratan productos vinculados
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SEGÚN UN ESTUDIO DE KELISTO.ES

La hipoteca se encarece hasta 1.357 euros al año si no se contratan productos vinculados

No contratar los productos asociados a una hipoteca como seguros de hogar o de vida o domiciliar la nómica, puede encarecer, de media, en 600 euros anuales

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No contratar los productos asociados a una hipoteca como seguros de hogar o de vida o domiciliar la nómica, puede encarecer, de media, en 600 euros anuales la cuota hipotecaria. En el mejor de los casos, la cifra se reduce hasta 300 euros pero en el peor, puede llegar incluso a superar los 1.300 euros. Así se desprende de un estudio elaborado por el portal que compara productos financieros Kelisto.es. Portal que ha detectado cómo más del 60% de los bancos españoles piden a sus clientes que contraten ciertos productos como requisito imprescindible para que la solicitud de su hipoteca sea viable.

Según este portal, las hipotecas que ofrecen actualmente las entidades que operan en España aplican un diferencial mínimo del 2,70% de media, lo que se traduce en una cuota mensual de 551,37 euros al mes para un préstamo tipo. "Ahora bien, para lograr ese diferencial mínimo, la mayor parte de los bancos exigen a sus clientes que contraten una serie de productos vinculados, como la domiciliación de la nómina, seguros de hogar o de vida, aportaciones a planes de pensiones, etc. Si el consumidor decidiera prescindir de todos estos extras, el diferencial de su hipoteca se incrementaría hasta el 3,68% de media, lo que se traduciría en una mensualidad de 600,94 euros. Es decir, pagaría 49,57 euros más al mes o 594,84 euros más al año", apunta Estefanía González, responsable de finanzas personales de Kelisto.es.

A pesar de este encarecimiento, Estefanía González advierte de que el consumidor no debe olvidar, por un lado, "que la mayoría de estos productos tienen un coste extra y que que la ley sólo obliga a contratar un seguro de hogar vinculado a la hipoteca, pero ni exige que se haga con la entidad que concede el préstamo ni que se opte por la versión más completa. Tan solo requiere que cubra contra incendios y otros elementos naturales y que la suma asegurada coincida con el valor de tasación de la vivienda”.

“Los efectos de la vinculación de productos no solo se notan en el diferencial de las hipotecas. Según hemos comprobado realizando una prueba práctica, algunas entidades obligan a sus clientes a contratar ciertos productos para poder acceder al préstamo. Tras llamar a sucursales de todas las entidades tenidas en cuenta en nuestro análisis, la conclusión es que el 66% pide a sus clientes que se vinculen para que solicitud de hipoteca sea viable. Sin embargo, para curarse en salud, ninguna habla de “obligación” sino de “requisitos para poder contratar la hipoteca”.

Click para ver la tablaLas diferencias entre entidades son evidentes. Según Kelisto.es, Bankinter y Barclays son los bancos que ofrecen las rebajas más agresivas por la contratación de productos vinculados, tal y como puede apreciarse en esta tabla. La primera aplica un descuento que puede alcanzar hasta 2,25 puntos porcentuales, mientras que la segunda descuenta hasta 1,7 puntos. Para una hipoteca media en España, estas bonificaciones supondrían, al año, un ahorro de 1.357 euros y 1.185 euros, respectivamente.

Las hay, como Catalunya Caixa, Caja España o Sabadell, que solo requieren la domiciliación de la nómina para que el préstamo sea concedido, pero otras van más allá: por ejemplo, Unicaja pide que se domicilie la nómina y se contraten un seguro de amortización, un seguro de hogar y uno de incapacidad temporal”, indica Estefanía González.

En el extremo contrario se sitúa Novagalicia, que tan solo reduce el diferencial en 0,50 puntos. Es decir, el diferencial máximo que aplica es del 2,80%, pero si se domicilia la nómina y se contrata un seguro de vida, otro de hogar, de pagos, tarjetas y se hacen aportaciones a planes de pensiones, la cifra se reduce hasta el 2,30%. Al año, esto supondría un descuento de tan solo 300 euros.

El efecto de los productos vinculados también es distinto en función de la comunidad autónoma, ya que la hipoteca media contratada también varía en cada región. Madrid es la comunidad donde más se encarecería el préstamo de no contratarse los productos asociados (805,3 euros al año), seguida de País Vasco (703,5 euros) y Cataluña (698,6 euros). En cambio, Canarias (406,8 euros), La Rioja (412,68 euros) y Extremadura (422,7 euros) es donde menos subiría la cuota anual.

Nueva directiva europea sobre hipotecas

En España, la regulación de estos productos vinculados figura en la Orden de Transparencia y protección del cliente de servicios bancarios. Esta normativa determina que las entidades que comercialicen productos bancarios que conlleven la contratación de otros, deberán informar al cliente sobre la posibilidad o no de contratar ese servicio, de las condiciones del mismo, así como del coste que corresponde a cada servicio y de las consecuencias de no contratarlos o cancelarlos de forma anticipada. En el caso de los préstamos hipotecarios, no hay límite para las condiciones que se pueden incluir en el contrato (siempre y cuando no vayan contra la ley o la moral). Es decir, nada impide que una entidad exija requisitos adicionales a un cliente, como domiciliar una nómina o contratar un seguro.

La directiva que ha aprobado hoy mismo el Parlamento Europeo incluye algunos cambios al respecto. Entre otras cosas, esta norma distingue entre dos tipos de productos vinculados:

- Las “prácticas de venta vinculada”: todas aquellas ofertas de un paquete formado por uno o varios servicios auxiliares y un contrato de crédito, si este contrato no se ofrece por separado al consumidor.

- Las “prácticas de venta combinada”: son similares a las de venta vinculada pero, en este caso, el contrato de crédito también se ofrece al consumidor por separado, aunque no necesariamente en las mismas condiciones que combinado con los servicios auxiliares.

“La norma europea prohibirá las prácticas de venta “vinculada”, pero no la combinada, por lo que no se terminará del todo con la posibilidad de que se ofrezcan productos extra que rebajen el diferencial. Además, se permitirán prácticas de vinculación si lo que exige el banco es que se abra o mantenga una cuenta o un producto de ahorro cuya única finalidad sea acumular dinero para pagar el crédito”, destaca Estefanía Gonzalez.

La nueva legislación también permitirá que la entidad exija al consumidor que contrate una póliza o le deniegue el crédito si no suscribe una póliza con características similares a las que le ofrece el banco. Es decir, se le podrá obligar a contratar un seguro, pero el consumidor podrá hacerlo con quien quiera, siempre que las características sean parecidas.

La nueva directiva europea también detalla cómo deberá informar la entidad a sus clientes sobre esa oferta de productos “combinada” de forma que el consumidor pueda saber si lo que le ofrecen se adaptará o no a sus necesidades. En concreto, la norma dice que se le tendrá que informar sobre la posibilidad de poner fin a cada uno de los productos y las condiciones para hacerlo.

Además, el banco tendrá que informar a sus clientes sobre si, para obtener el préstamo en las condiciones establecidas, debe contratar servicios accesorios y si debe hacerlo a través de la entidad, cosa que quedaría prohibida en el caso de los seguros. También se tendrán que indicar las características principales de esos productos y establecer claramente en qué condiciones y qué consecuencias tendría el hecho de que se prescindiera de ellos.

No contratar los productos asociados a una hipoteca como seguros de hogar o de vida o domiciliar la nómica, puede encarecer, de media, en 600 euros anuales la cuota hipotecaria. En el mejor de los casos, la cifra se reduce hasta 300 euros pero en el peor, puede llegar incluso a superar los 1.300 euros. Así se desprende de un estudio elaborado por el portal que compara productos financieros Kelisto.es. Portal que ha detectado cómo más del 60% de los bancos españoles piden a sus clientes que contraten ciertos productos como requisito imprescindible para que la solicitud de su hipoteca sea viable.

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